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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 17 de febrero de 2013 488153 ORDENANZA QUE REGULA EL PROCESO DE PRESUPUESTO PARTICIPATIVO 2014 EN MARCO DE LA ACTUALIZACION DEL PLAN DESARROLLO CONCERTADO EN EL DISTRITO DE SAN JUAN DE LURIGANCHO Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento que regula el proceso de Formulación del Presupuesto Participativo 2014, en el Marco de la Actualización del Plan de Desarrollo Concertado, del Distrito de San Juan de Lurigancho, el mismo que consta de veinte (20) Artículos y dos (2) Disposiciones Complementarias, el mismo que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- OTORGAR facultades al Señor Alcalde para celebrar convenios con las instituciones públicas y privadas que permitan garantizar la ejecución del proceso de Formulación del Presupuesto Participativo 2014, y para dictar disposiciones complementarias que se requieran en la aplicación de la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- APROBAR las Disposiciones Reglamentarias y complementarias que se requieren para aplicación de la presente Ordenanza, serán dictadas mediante Decreto de Alcaldía. Artículo Cuarto.- DEJAR sin efecto cualquier disposición que se oponga a lo dispuesto en la presente ordenanza. Artículo Quinto.- APLICAR de manera supletoria las disposiciones contenidas en la Ley Nº 28056 y su modifi catoria, la Ley Nº 29298, el Decreto Supremo Nº 142 – 2009 – EF y su modifi catoria, y demás normas dictadas por el Ministerio de Economía y Finanzas, en los aspectos específi cos no previstos en la presente Ordenanza, y cuando correspondan. Artículo Sexto.- DISPONER la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial “El Peruano”, la misma que entrará en vigencia al día siguiente de su publicación; asimismo, se dispone en la misma fecha su publicación en la página web de esta Corporación Municipal, así como del Reglamento que regula el Proceso de Formulación del Presupuesto Participativo 2014, en el Marco de Actualización del Plan de Desarrollo Concertado, del Distrito de San Juan de Lurigancho. Artículo Sétimo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, la Gerencia de Planifi cación, la Gerencia de Desarrollo Social, la Gerencia de Desarrollo Urbano y demás unidades orgánicas pertinentes en cumplimiento de la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese y cúmplase. CARLOS JOSÉ BURGOS HORNA Alcalde 902000-1 Declaran de interés local la propuesta de cambio específico de zonificación OU (Otros Usos) a E1 (Educación Básica) en predio ubicado en el distrito ACUERDO DE CONCEJO Nº 013 San Juan de Lurigancho, 5 de febrero de 2013 EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN JUAN DE LURIGANCHO Visto el Memorándum Nº 074-2013-GM/MDSJL de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 037-2013-GAJ/MDSJL de la Gerencia de Asesoría Jurídica; Memorándum Nº 151-2013-GDU/MDSJL de la Gerencia de Desarrollo Urbano, el Memorándum Nº 1207-2012-SGPUC-GDU/ MDSJL de la Sub Gerencia de Planeamiento Urbano y Catastro, el Informe Nº 012-2013-GAJ/MDSJL de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Memorándum Nº 045- 2013-GDU/MDSJL de la Gerencia de Desarrollo Urbano, el Informe Nº 0546-2013-GAJ/MDSJL de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Informe Nº 015-2013-SGPUC/GDU/ MDSJL de la Sub Gerencia de Planeamiento Urbano y Catastro, Registro Nº 64034-C1-2012 y anexo 01 presentados por Colegios Peruanos S.A.C.; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Estado, establece que las Municipalidades son órganos de Gobierno Local que gozan de Autonomía Política, Administrativa y Económica en los asuntos de su competencia y promueven la adecuada Prestación de Servicios Públicos, así como el Desarrollo Integral de su Jurisdicción; Que, el artículo 195º de la Constitución, señala que son funciones y competencia de los gobiernos locales el promover el desarrollo y la economía local, y la prestación de los servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y regionales de desarrollo, entre otras competencias se refi ere: Numeral 6. Planifi car el desarrollo urbano y rural de sus circunscripciones, incluyendo la zonifi cación, urbanismo y el acondicionamiento territorial; Que, la Municipalidad Metropolitana de Lima, mediante la Ordenanza Municipal Nº 1081-07-MML - aprueba el Reajuste Integral de la Zonifi cación de los usos del suelo del distrito de San Juan de Lurigancho que forma parte del Área de Tratamiento Normativo I de Lima Metropolitana -, en su Segunda Disposición Final establece que excepcionalmente podrá ser modifi cada la Zonifi cación de los usos del suelo a través de cambios específi cos que promueva la inversión pública o privada, debidamente sustentados y declarados de interés local y/o metropolitano por la Municipalidad correspondiente; estableciéndose que el procedimiento puede iniciarse en la Municipalidad distrital, evaluándose técnicamente el comportamiento de la zonifi cación y tomando en cuenta la opinión de los vecinos directamente afectados, declarará de interés local la propuesta de Cambio Específi co de Zonifi cación, mediante Acuerdo de Concejo elevándolo a la Municipalidad Metropolitana de Lima para su evaluación; Que, mediante Ordenanza Nº 1617-MML, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 17.07.2012, se aprobó la norma para Cambios de Zonifi cación para Lima Metropolitana, que en su artículo 4º dispone que los Cambios de Zonifi cación se efectuarán a través de: Peticiones de Cambio de Zonifi cación y Iniciativas de Cambio de Zonifi cación; Que, la norma municipal en su artículo 07º, señala que “la petición de Cambio de Zonifi cación, está referida al proceso técnico de evaluar y declarar procedente o no, las propuestas de cambios de zonifi cación que presenten los propietarios de predios, para modifi car las califi caciones de zonifi cación de sus predios”. Que, según el artículo 12º de la norma acotada, “las municipalidades distritales realizarán la evaluación de las peticiones de cambio de zonifi cación y elaborará un informe único, emitiendo su opinión sobre el total de las peticiones, el que seré elevado al Concejo Municipal Distrital, para la emisión del Acuerdo de Concejo respectivo, donde expresara su opinión, la misma que no tiene carácter vinculante. Que, mediante el Registro Nº 64034-C1-2012 la empresa COLEGIOS PERUANOS S.A.C. propietaria del predio y ubicado en el Sub Lote 3-B-A Mz. M – Lotización Campoy según partida Registral Nº P12420628, Distrito de San Juan de Lurigancho, solicita a la corporación municipal el cambio Específi co de Zonifi cación de OU(Otros Usos) a E1 (Educación Básica) para el desarrollo de un Centro Educativo Particular; Que, mediante Informe Nº 060-2012-BCDLCB/SGPUC/ GDU/MDSJL, de fecha 13.11.2012, se informa sobre la consulta vecinal respectiva, que de las 57 consultas vecinales realizadas, el 94.74% (53 lotes) emitieron opinión favorable, así como el 5.26% (04 lote) emitieron opinión desfavorable respecto al Cambio Especifi co de Zonifi cación propuesto; Que, mediante Informe Nº 425-2012-SGPUC/ GDU/MDSJL, de fecha 15.11.2012, la Sub Gerencia de Planeamiento Urbano y Catastro de la Gerencia de Desarrollo Urbano, en relación a la solicitud sobre Cambio Específi co de Zonifi cación, teniendo en cuenta las consideraciones técnicas y legales establecidas y en cumplimiento de lo señalado en la Ordenanza Nº 620, Ordenanza Nº 1081, Ordenanza Nº 1617-MML y su modifi catoria Ordenanza Nº 1631-MML, concluye que es factible el cambio de zonifi cación específi co propuesto, para el predio ubicado en el Sub Lote 3-B-A Mz. M – Lotización Campoy, presentado por la empresa COLEGIOS PERUANOS SAC, cambio especifi co de zonifi cación de OU (otros usos) a E1 (Educación Básica); debiéndose elevarse