Norma Legal Oficial del día 05 de julio del año 2013 (05/07/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 48

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y operativas para la lucha contra el MORDAZA de activos, el financiamiento del terrorismo y el financiamiento de actividades de proliferacion de MORDAZA de destruccion masiva; Que, asimismo, es necesario modificar determinados articulos de las normas especiales, a efectos de especificar su aplicacion, reducir los umbrales del registro de operaciones considerando los riesgos a los que esta expuesto el sector notarial y ampliar el plazo para su remision y, adicionalmente, incluir la posibilidad de creacion de un organo centralizado de prevencion del MORDAZA de activos y del financiamiento del terrorismo, con el fin de coadyuvar a los notarios en el cumplimiento de sus obligaciones dentro del MORDAZA normativo vigente; Que, de otro lado, es necesario consolidar los anexos que contienen los formatos de declaracion jurada de antecedentes personales, laborales y patrimoniales, para facilitar su presentacion; Contando con el visto MORDAZA de la Unidad de Inteligencia Financiera del Peru y la Superintendencia Adjunta de Asesoria Juridica, y habiendose cumplido con el plazo de difusion de los proyectos de normas legales de caracter general a que se refiere el articulo 14º del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicacion de proyectos normativos y difusion de normas legales de caracter general, aprobado por Decreto Supremo Nº001-2009JUS; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 29038 y la Ley Nº 26702, en concordancia con la Ley Nº 27693 y sus normas modificatorias; RESUELVE: Articulo Primero.- Modificar el literal o) del articulo 3º, incisos 8.2.1 y 8.6 del articulo 8°, articulo 9º, numerales 10.2.1 y 10.2.2 del inciso 10.2 y el inciso 10.5 del articulo 10°, articulo 11º, inciso 14.1 del articulo 14°, articulo 18° y el articulo 22° de las Normas Especiales para la Prevencion del MORDAZA de Activos y del Financiamiento del Terrorismo aplicable a los Notarios, aprobadas por la Resolucion SBS N° 5709-2012, los que quedan redactados de la siguiente manera: "Articulo 3º.- Definiciones y abreviaturas (...) o) Personas expuestas politicamente (PEP): aquellas personas naturales, nacionales o extranjeras, que en los ultimos dos (2) anos cumplen o hayan cumplido funciones publicas destacadas o funciones prominentes en una organizacion internacional, sea en el territorio nacional o extranjero, y cuyas circunstancias financieras puedan ser objeto de un interes publico." "Articulo 8°.- Conocimiento del cliente, debida diligencia y conocimiento del MORDAZA (...) 8.2.1 En el caso de personas naturales: (...) i) Cargo, funcion publica o funcion prominente que desempena o que MORDAZA desempenado en los ultimos dos (2) anos, en el Peru o en el extranjero, indicando el nombre del organismo publico u organizacion internacional. En estos casos, adicionalmente, se requerira el nombre de sus parientes hasta el MORDAZA grado de consanguinidad, MORDAZA de afinidad y del conyuge o concubino. (...) l) Nombres y apellidos de la persona natural a la que representa, de ser el caso. (...) "8.6 El notario aplicara un regimen simplificado de debida diligencia en el procedimiento de conocimiento del cliente, cuando una de las partes en el acto o contrato actue por cuenta propia y sea una empresa del sistema financiero supervisada por la SBS o una empresa supervisada por la Superintendencia del MORDAZA de Valores; en cuyo caso el formulario a que se refiere el Anexo Nº 5 debera ser llenado por una sola vez para operaciones realizadas en un ano calendario. La informacion minima requerida sera la siguiente:

El Peruano Viernes 5 de MORDAZA de 2013

a) Denominacion o razon social. b) Registro Unico de Contribuyentes (RUC), de ser el caso. c) Domicilio, y de ser el caso, telefono. d) Nombres y apellidos y MORDAZA y numero del documento de identidad de la persona natural que representa a la persona juridica. e) El origen de los fondos, bienes u otros activos involucrados en dicha transaccion. Cuando el cliente del notario sea una empresa del sistema financiero supervisada por la SBS o una empresa supervisada por la Superintendencia del MORDAZA de Valores y la operacion sea de levantamiento de una hipoteca, garantia mobiliaria u otra carga constituida a su favor, al haber sido cancelada por un tercero que no es cliente de dicha empresa, a traves de cualquier medio de pago que no sea dinero en efectivo, debera consignar dicha circunstancia." "Articulo 9°.- Conocimiento del trabajador El conocimiento del trabajador implica que el notario debera asegurarse de que sus trabajadores tengan un alto nivel de integridad. El legajo personal de cada trabajador que debe llevar el notario contendra, al menos, la informacion siguiente: 1. MORDAZA del documento nacional de identidad o, en su caso, del documento legalmente establecido para la identificacion de extranjeros. 2. Declaracion jurada de antecedentes personales, laborales y patrimoniales. 3. Declaracion jurada de haber tomado conocimiento y cumplir con el manual y codigo de conducta para la prevencion del LA/FT. 4. MORDAZA de las constancias o certificados que acrediten la capacitacion a que se refiere el articulo 6º de las presentes normas especiales. 5. Sanciones por incumplimiento de las normas internas para la prevencion del LA/FT, impuestas por el sujeto obligado, de ser el caso. 6. Otras que determine el sujeto obligado o la SBS. El legajo de cada trabajador debera mantenerse actualizado y estara a disposicion de la SBS, a traves de la UIF-Peru, en el momento que lo solicite, asi como durante las visitas de supervision del sistema de prevencion del LA/FT. Es obligacion de cada trabajador comunicar al notario, por escrito ­con caracter de declaracion jurada, cualquier cambio respecto de la informacion provista, en un plazo MORDAZA que no excedera de los quince (15) dias de ocurrido el cambio para la actualizacion del legajo personal del trabajador." "Articulo 10°.- Registro de operaciones (RO) (...) 10.2 De los umbrales materia del RO 10.2.1 El Notario debe llevar y mantener actualizado un registro de las operaciones que realicen sus clientes, segun se indica a continuacion:
OPERACION INDIVIDUAL MORDAZA DE OPERACION OPERACIONES MULTIPLES EN UN MES

Monto igual o Monto igual o mayor a US$ o mayor a US$ o su equivalente en su equivalente en moneda nacional moneda nacional u u otras monedas, otras monedas, de de ser el caso ser el caso 2,500.00 No aplica

Transferencia u otro acto de disposicion de 1 bien inmueble a titulo oneroso o gratuito y/o garantia hipotecaria. Transferencia u otro acto de disposicion de 2 bien mueble a titulo oneroso o gratuito y/o garantia mobiliaria. Arrendamiento, usufructo, cesion en uso, 3 derecho de superficie y/u otro acto de Uso y/o Disfrute 4

2,500.00

10,000.00

2,500.00

10,000.00

Tratandose de constitucion de personas juridicas y/o actos societarios que involucren movimiento patrimonial o economico, incluyendo aumentos de capital, transferencias a titulo oneroso o gratuito de acciones, participaciones sociales o marca(s), el Notario debe registrar todas las operaciones.

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