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El Peruano Viernes 12 de julio de 2013 499164 junio de 2013, se designó en el cargo de Asesor IV de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria a la señora Rosa María Vásquez Hidalgo, la que se ha estimado conveniente dejar sin efecto y designar a la persona que ocupará dicho cargo; En uso de las facultades conferidas por los artículos 3º y 7º de la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, los incisos i) y u) del artículo 19º del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT, aprobado por Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM y modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar la renuncia presentada por el señor Marcos Guillermo García Injoque y, en consecuencia, dejar sin efecto su designación en el cargo de Intendente Nacional de Insumos Químicos y Bienes Fiscalizados, dándosele las gracias por su desempeño en la labor realizada. Artículo 2º.- Dejar sin efecto la designación de la señora Rosa María Vásquez Hidalgo como Asesor IV de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria. Artículo 3º.- Designar a la señora Rosa María Vásquez Hidalgo como Intendente Nacional de Insumos Químicos y Bienes Fiscalizados. Artículo 4º.- Designar al señor Marcos Guillermo García Injoque como Asesor IV de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria. Regístrese, comuníquese y publíquese. TANIA QUISPE MANSILLA Superintendente Nacional 961238-1 PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Autorizan la prórroga del funcionamiento de diversos órganos jurisdiccionales en diversos Distritos Judiciales RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 112-2013-CE-PJ Lima, 19 de junio de 2013 VISTOS: El Ofi cio N° 224-2013-ETI-CPP/PJ, remitido por el Presidente del Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código Procesal Penal, y el Ofi cio N° 185-2013-P-CSJPA/PJ, cursado por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Pasco. CONSIDERANDO: Primero. Que el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Pasco mediante Ofi cio N° 185-2013-P-CSJPA/PJ, solicita a este Órgano de Gobierno la prórroga de vigencia del funcionamiento del Primer y Segundo Juzgados Penales Liquidadores Transitorios de la Provincia y Distrito Judicial de Pasco, hasta el 31 de diciembre del año en curso, para la adecuada implementación del Código Procesal Penal en dicho Distrito Judicial, sustentada en razones de carga procesal. Segundo. Que por lo expuesto en el informe del Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código Procesal Penal y, considerando que este Poder del Estado tiene como política institucional adoptar medidas en aras de un óptimo servicio de impartición de justicia, garantizando a su vez la tutela jurisdiccional efectiva, deviene en necesario dictar las disposiciones que permitan coadyuvar al logro de dicho objetivo. Tercero. Que, en ese sentido, si bien por razones del servicio de impartición de justicia en materia penal, teniendo en cuenta la implementación del Código Procesal Penal en la Corte Superior de Justicia de Pasco, se justifi ca la prórroga solicitada, es menester considerar el factor producción para una real y efectiva liquidación de expedientes. Por lo que siendo así, resulta pertinente disponer la prórroga del funcionamiento de los referidos órganos jurisdiccionales por el periodo de dos meses. Cuarto. Que los numerales 24 y 26 del artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, determinan como funciones y atribuciones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, crear órganos jurisdiccionales, así como adoptar acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y efi ciencia. Por estos fundamentos, en mérito del Acuerdo N° 439- 2013 de la vigésima cuarta sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Mendoza Ramírez, Walde Jáuregui, Ticona Postigo, Meneses Gonzales, Palacios Dextre y Chaparro Guerra. Por unanimidad; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Prorrogar el funcionamiento de los siguientes órganos jurisdiccionales: Hasta el 31 de agosto de 2013 DISTRITO JUDICIAL DE PASCO • Primer y Segundo Juzgados Penales Liquidadores Transitorios de la Provincia de Pasco. Artículo Segundo.- Disponer que los jueces de los mencionados órganos jurisdiccionales deberán emitir autos que ponen fi n al proceso y sentencias en número no menor del 50% del estándar de producción mensual. Este resultado será determinante para evaluar el funcionamiento de los referidos juzgados transitorios. Cada fi n de mes, sin perjuicio de la información que debe descargarse en los sistemas informáticos de la institución, los jueces informarán directamente al Presidente del Equipo Técnico Institucional de Implementación de Código Procesal Penal sobre los siguientes aspectos: a) Número de autos que ponen fi n al proceso y sentencias expedidas; b) Número de expedientes en trámite, pendientes de resolución fi nal; y en reserva; c) Número de expedientes en ejecución; y, d) Difi cultades presentadas en el ejercicio de sus funciones. Artículo Tercero.- Facultar al Presidente de la Corte Superior de Justicia de Pasco; así como a la Gerencia General del Poder Judicial, en cuanto sea de su competencia, adoptar las acciones y medidas administrativas que sean necesarias para el adecuado cumplimiento de la presente resolución e implementación del Código Procesal Penal. Artículo Cuarto.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, Ministerio Público, Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código Procesal Penal, Comisión Nacional de Descarga Procesal, Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Corte Superior de Justicia de Pasco, y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. S. ENRIQUE JAVIER MENDOZA RAMÍREZ Presidente 960916-1 RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 120-2013-CE-PJ Lima, 3 de julio de 2013 VISTOS: Los Ofi cios Nºs. 232, 233, 234 y 245-2013-ETI- CPP/PJ, remitidos por el Equipo Técnico Institucional de