Norma Legal Oficial del día 17 de julio del año 2013 (17/07/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano Miercoles 17 de MORDAZA de 2013

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del Peru en calidad de ente rector de la gestion de los bienes integrantes del Patrimonio Cultural de la Nacion tiene la facultad para dictar las normas que MORDAZA necesarias para la gestion y uso sostenible del Patrimonio Cultural de la Nacion, comprendiendo ello que para el registro, declaracion y proteccion le corresponde aprobar las normas administrativas necesarias; Que, mediante Informe Nº 031-2013-BNP/DT-BNP, la Direccion Tecnica de la Biblioteca Nacional del Peru y la Direccion General del Centro de Servicios Bibliotecarios Especializados informan que la Biblioteca Nacional del Peru cuenta con material bibliografico, documental, hemerografico y materiales especiales y colecciones que por su importancia, valor y significado requieren ser declarados Patrimonio Cultural de la Nacion, precisando que el acervo bibliografico reune existencias incluso de mayor antiguedad al ano de fundacion de la Biblioteca que data de 1821; Que en el referido informe se precisa que la Biblioteca Nacional del Peru dispone de material bibliografico y documental, asi como material hemerografico y materiales especiales, los mismos que se encuentran identificados en los registros de compra-venta, registros de Deposito Legal, registros contables, documentos administrativos y de gestion de la Biblioteca Nacional del Peru que acreditan su adquisicion via compra- venta, canje, donacion o por mandato legal via Deposito Legal, asi como los materiales que se encuentran identificados en el Inventario realizado en el ano 2011 que esta conformado por cuarenta y tres (43) tomos de libros y folletos y trece (13) tomos de manuscritos que obran en la Direccion Nacional de la Biblioteca Nacional del Peru, donde se encuentra descrito el material bibliografico antiguo, denominado Fondo Antiguo, asi como en los "Catalogos en Linea" y en el "Catalogo Hall (Basille Hall & Co.)", el cual esta conformado por seis (6) tomos que obran en las MORDAZA de Lectura de la Biblioteca Nacional del Peru, donde se encuentran descritos los datos de identificacion del acervo Documental y Bibliografico de la BNP, en fichas elaboradas con fines de busqueda MORDAZA de la sistematizacion del servicio, asi como en las actas de control de existencias, los mismos que a continuacion se detallan: - Incunables europeos. - Incunables peruanos y americanos. - Publicaciones peruanas y extranjeras (libros y periodicos) de los siglos XVI al XIX. - Colecciones particulares: Alarco Larrabure, Rosa; Alayza Paz Soldan, Luis; MORDAZA Basombrio, Ricardo; Arguedas, MORDAZA Maria; Arredondo de Arguedas, Sybilla; MORDAZA Lingan, Alfonso; MORDAZA MORDAZA, Ricardo; Cabieses, Fernando; MORDAZA MORDAZA, Manuel; Convento de la Buena Muerte; MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Cipriano; Eguren, MORDAZA Maria; MORDAZA MORDAZA, Manuel; MORDAZA, MORDAZA Pedro; MORDAZA de Vivero, Fernando; Miro MORDAZA, Aurelio; MORDAZA, Federico; MORDAZA Soriano, Ricardo; MORDAZA Barrenechea, Raul; Raygada, Carlos; Rivet, Paul; Rocafuerte, Vicente; MORDAZA, Pedro; Sagrados Corazones; MORDAZA, MORDAZA Alberto; MORDAZA Cerro, Luis; Thorndike Losada, Guillermo; Valcarcel, Daniel; MORDAZA, Federico; Zulen Aymar, Pedro. - Coleccion general de libros y publicaciones periodicas. - Coleccion general de manuscritos. - Archivos presidenciales: MORDAZA y Rivero, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA y MORDAZA, Pierola, MORDAZA y MORDAZA Cerro. - Archivos particulares: MORDAZA, Ciro; MORDAZA de MORDAZA, Santiago; Arguedas, MORDAZA Maria; Eguren, MORDAZA Maria; MORDAZA MORDAZA, Manuel; MORDAZA, Ricardo; Unanue, Hipolito; Valdelomar, Abraham; entre otros. - Coleccion de mapas, planos, monedas y medallas. - Coleccion de musica, audio y video. - Coleccion de peliculas, fotografias, grabados, pinturas y daguerrotipos. - Coleccion de volantes, sellos y estampillas. - Coleccion de materiales especiales. Que, el articulo 3º de la Ley Nº 28296 - Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion establece que los bienes de Patrimonio Cultural de la Nacion, MORDAZA de

ORGANISMOS EJECUTORES BIBLIOTECA NACIONAL DEL PERU
Declaran diversos bienes como integrantes del Patrimonio Cultural de la Nacion
RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 071-2013-BNP MORDAZA, 13 de junio de 2013 El Director Nacional de la Biblioteca Nacional del Peru, VISTOS, el Informe Nº 0245-2013-BNP/OAL, emitido por la Direccion General de la Oficina de Asesoria Legal, Informe Nº 031-2013-BNP/DT-BNP, emitido por la Direccion Tecnica de la Biblioteca Nacional del Peru, e Informe Nº 139-2013-BNP/CSBE, emitido por la Direccion General del Centro Servicios Bibliotecarios Especializados de la Biblioteca Nacional del Peru, y; CONSIDERANDO: Que, la Biblioteca Nacional del Peru es un Organismo Publico Ejecutor conforme a lo establecido en el Decreto Supremo Nº 034-2008-PCM, por el cual se aprobo la calificacion de los Organismos Publicos de acuerdo a lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; Que, de acuerdo a lo indicado en el articulo 4º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Biblioteca Nacional del Peru y del Sistema Nacional de Bibliotecas, aprobado por Decreto Supremo Nº 024-2002-ED, la Biblioteca Nacional del Peru tiene autonomia tecnica, administrativa y economica; Que, la Biblioteca Nacional del Peru, entre otros, esta encargada de registrar, declarar y proteger el Patrimonio Cultural de la Nacion dentro de los ambitos de su competencia, de conformidad con lo senalado en el articulo VII del Titulo Preliminar de la Ley Nº 28296 Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion, y los articulos 8º y 9º de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2006-ED; Que, el Articulo II de la Ley Nº 28296 - Ley General de Patrimonio Cultural establece que se entiende por bienes integrantes del Patrimonio Cultural de la Nacion toda manifestacion del quehacer humano, material o inmaterial que por su importancia, valor y significado historico, artistico, militar, social, antropologico, tradicional, religioso, cientifico, tecnologico o intelectual, entre otras calificaciones, expresamente declarados como tal o sobre el que exista la presuncion de serlo; Que, el articulo 1º inc. 1.2 de la Ley Nº 28296 - Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion, establece una clasificacion enunciativa, no limitativa, de los bienes muebles integrantes del Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, dicha MORDAZA es concordante con lo establecido en el articulo 68 del Reglamento de la Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2006-ED, el cual precisa los bienes que integran el Patrimonio Cultural Bibliografico Documental y que no constituyen Patrimonio Documental Archivistico; Que, en el articulo 4 de la MORDAZA reglamentaria citada se establece que la proteccion de los bienes culturales es de interes social y necesidad publica, e involucra a toda la ciudadania, autoridades y entidades publicas, incluida la Biblioteca Nacional del Peru, labor de proteccion que comprende la identificacion, registro, inventario, declaracion, proteccion, restauracion, investigacion, conservacion, puesta en valor y difusion; Que, en el articulo 5º de la citada MORDAZA reglamentaria se establece que la Biblioteca Nacional

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