Norma Legal Oficial del día 17 de julio del año 2013 (17/07/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 32

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El Peruano Miercoles 17 de MORDAZA de 2013

ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA
Aprueban modificacion del "Procedimiento para Exoneracion de Compensaciones por Interrupciones Programadas"
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA OSINERGMIN Nº 104-2013-OS/CD MORDAZA, 4 de junio de 2013 VISTO: El Memorando N° GFE-2013-456 de la Gerencia de Fiscalizacion Electrica, por el cual se solicita al Consejo Directivo del Organismo Supervisor de la Inversion en Energia y Mineria, la aprobacion de la modificacion del "Procedimiento para Exoneracion de Compensaciones por Interrupciones Programadas". CONSIDERANDO: Que, segun lo establecido por el inciso c) del articulo 3° de la Ley N° 27332 ­ Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos, la funcion normativa de los Organismos Reguladores, entre ellos OSINERGMIN, comprende la facultad exclusiva de dictar, entre otros, en el ambito y en materia de su respectiva competencia, los reglamentos de los procedimientos a su cargo, normas de caracter general referidas a actividades supervisadas o de sus usuarios; Que, el articulo 22° del Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado mediante Decreto Supremo N° 054-2001-PCM, establece que la funcion normativa de caracter general es ejercida de manera exclusiva por el Consejo Directivo a traves de resoluciones; Que segun lo dispuesto por el Articulo 3° de la Ley N° 27699 ­ Ley Complementaria de Fortalecimiento Institucional de OSINERGMIN, el Consejo Directivo esta facultado para aprobar procedimientos administrativos vinculados, entre otros, a la Funcion Supervisora; Que, mediante Resolucion de Consejo Directivo N° 106-2010-OS/CD se aprobo el "Procedimiento para Exoneracion de Compensaciones por Interrupciones Programadas", el cual establecio los criterios basicos para la evaluacion de las solicitudes de exoneracion de compensaciones presentadas por las empresas concesionarias ante supuestos de reforzamiento a ampliacion de las instalaciones de transmision; Que, el proyecto de modificacion al procedimiento tiene por finalidad establecer las instancias para resolver estas solicitudes en el MORDAZA de calificacion que realiza la Gerencia de Fiscalizacion Electrica, a fin de simplificar la tramitacion de estas solicitudes en el sector electrico; Que, en ese sentido, en ejercicio de las atribuciones otorgadas al Consejo Directivo de OSINERGMIN MORDAZA senaladas, corresponde modificar los numerales 4.5 y 7.4 de la Resolucion de Consejo Directivo N° 106-2010-OS/ CD y establecer las instancias que resolveran los pedidos de exoneracion de compensaciones por interrupciones programadas que formulen las entidades supervisadas; Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 26734, Ley de Creacion del Organismo Supervisor de la Inversion en Energia y Mineria; la Ley Nº 27332, Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos, y estando a lo acordado por el Consejo Directivo del OSINERGMIN en su Sesion Nº 15;

Con la opinion favorable de la Gerencia General, de la Gerencia Legal y de la Gerencia de Fiscalizacion Electrica; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Aprobar la modificacion de los numerales 4.5 y 7.4 del "Procedimiento para Exoneracion de Compensaciones por Interrupciones Programadas", el cual como anexo forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo 2°.- Disponer la publicacion de la presente Resolucion y de las modificaciones respectivas en el Diario Oficial El Peruano. Asimismo, disponer su publicacion en el MORDAZA de internet de OSINERGMIN (www.osinergmin.gob.pe), conjuntamente con su exposicion de motivos. Articulo 3°.- La presente resolucion entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. Los procedimientos iniciados MORDAZA de la vigencia de la presente MORDAZA, se regiran conforme a la normativa anterior hasta su conclusion. MORDAZA TAMAYO MORDAZA Presidente del Consejo Directivo OSINERGMIN MODIFICACION DEL "PROCEDIMIENTO PARA EXONERACION DE COMPENSACIONES POR INTERRUPCIONES PROGRAMADAS" DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO 4. Tramite de la solicitud (...) 4.5 La Unidad de Calidad del Servicio de la Gerencia de Fiscalizacion Electrica, es la instancia competente para resolver la solicitud, en un plazo no mayor de diez (10) dias calendario, contados a partir del dia siguiente de haberse presentado. (...) 7. Impugnacion de actos (...) 7.4 El recurso de reconsideracion sera resuelto por la Unidad de Calidad del Servicio de la Gerencia de Fiscalizacion Electrica, en tanto que el organo competente que resolvera el recurso de apelacion sera la Gerencia de Fiscalizacion Electrica. (...) 962858-1

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Encargan las funciones de Jefe de la Oficina Regional del Indecopi de MORDAZA y de la Secretaria Tecnica de la Comision adscrita
RESOLUCION DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL INDECOPI Nº 139-2013-INDECOPI/COD MORDAZA, 3 de MORDAZA de 2013

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