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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE JULIO DEL AÑO 2013 (17/07/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 30

El Peruano Miércoles 17 de julio de 2013 499496 propiedad pública o privada, están sujetos a las medidas y limitaciones que establezcan las leyes especiales para su efectiva y adecuada conservación y protección. El ejercicio del derecho de propiedad de estos bienes está sujeto a las limitaciones establecidas en las medidas administrativas que dispongan los organismos competentes, siempre y cuando no contravengan la ley y el interés público; Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 15, numeral 15.2 de la Ley Nº 28296 - Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, todo bien que se declare integrante del Patrimonio Cultural de la Nación será inscrito de ofi cio en el Registro Nacional de Bienes Integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación, generándose una Ficha Técnica en la que constará la descripción pormenorizada y el reconocimiento técnico del bien; Que, la presente Resolución Directoral Nacional es emitida de conformidad con la Ley Nº 28296 - Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2006-ED, el Decreto Supremo Nº 024-2002-ED, que aprueba la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones de la Biblioteca Nacional del Perú y del Sistema Nacional de Bibliotecas; y demás normas pertinentes; Que, mediante Informe Nº 245-2013-BNP/OAL, la Dirección General de la Ofi cina de Asesoría Legal, concluye que resulta pertinente emitir la correspondiente Resolución Directoral Nacional que declare los documentos detallados en los correspondientes informes técnicos, como Patrimonio Cultural Documental Bibliográfi co de la Nación; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DECLARAR como bienes integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación el material bibliográfi co, documental, hemerográfi co y materiales especiales de propiedad de la Biblioteca Nacional del Perú, tales como manuscritos raros, incunables, libros, impresos, planchas grabadas, documentos, estampillas, fotos, negativos, imágenes en movimiento y publicaciones antiguas, documentos manuscritos, digitales, fonográfi cos, cinematográfi cos, videográfi cos, cartas, certifi cados, constancias, diplomas, planotecas, hemerotecas, archivos personales, colecciones y material bibliográfi co, documental y hemerográfi co sobre zoología y botánica, mineralogía y de interés paleontológico, los bienes relacionados con la historia, en el ámbito científi co, técnico, militar, social y biográfi co, así como relacionados con la vida de los dirigentes, pensadores, sabios y artistas y con los acontecimientos de importancia nacional, las inscripciones, medallas conmemorativas, monedas, billetes, sellos, grabados, artefactos, herramientas, armas e instrumentos musicales antiguos de valor histórico o artístico, el material etnológico, los bienes de interés artístico como cuadros, lienzos, pinturas, esculturas y dibujos, composiciones musicales y poéticas hechos sobre cualquier soporte y en cualquier material, daguerrotipos, de interés especial por su valor histórico, artístico, científi co o literario; y otros que sirvan de fuente de información para la investigación en los aspectos científi co, histórico, social, político, artístico, etnológico y económico; conforme a lo establecido en el artículo 1, numeral 1.2., de la Ley Nº 28296 - Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, y en el artículo 68 del Reglamento de la Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación aprobado por Decreto Supremo Nº 011- 2006-ED, los mismos que se encuentran identifi cados en los registros contables, facturas de compra venta, adquisiciones por Depósito Legal, contratos de compra- venta, actas de control de existencias, ediciones del Boletín bibliográfi co de la Biblioteca Nacional del Perú, documentos administrativos y de gestión de la Biblioteca Nacional del Perú que acreditan su adquisición vía compra–venta, canje, donación o por mandato legal; así como los materiales identifi cados en el Inventario 2011 que está conformado por cuarenta y tres (43) tomos de libros y folletos y trece (13) tomos de manuscritos que obran en la Dirección Nacional de la Biblioteca Nacional del Perú, donde se encuentra descrito el material bibliográfi co antiguo, denominado Fondo Antiguo; así como en los “Catálogos en Línea” y el “Catálogo Hall (Basille Hall & Co.)”, el cual está conformado por seis (6) tomos que obran en las Salas de Lectura de la Biblioteca Nacional del Perú, donde se encuentran descritos los datos de identifi cación del acervo documental y bibliográfi co de la BNP, en fi chas elaboradas con fi nes de búsqueda antes de la sistematización del servicio, y conforme al detalle que consta en el Informe Técnico Nº 139-2013-BNP/ CSBE, de la Dirección General del Centro de Servicios Bibliotecarios Especializados, adjunto al Informe Nº 031- 2013-BNP/DT–BNP emitido por la Dirección Técnica de la Biblioteca Nacional del Perú. Artículo Segundo.- DISPONER que, sin perjuicio de la declaración de Patrimonio Cultural de la Nación a que se refi ere el artículo primero de la presente Resolución Directoral Nacional y de haber dejado especifi cados los documentos donde se encuentran descritos e identifi cados los bienes que conforman el Patrimonio Cultural de la Nación de propiedad de la Biblioteca Nacional del Perú tales como el Inventario 2011 que está conformado por cuarenta y tres (43) tomos de libros y folletos y trece (13) tomos de manuscritos que obran en la Dirección Nacional de la Biblioteca Nacional del Perú, donde se encuentra descrito el material bibliográfi co antiguo, denominado Fondo Antiguo; así como en los “Catálogos en Línea” y el “Catálogo Hall (Basille Hall & Co.)”, el cual está conformado por seis (6) tomos que obran en las Salas de Lectura de la Biblioteca Nacional del Perú, la Dirección General del Centro de Servicios Bibliotecarios Especializados en coordinación con la Dirección Ejecutiva de Patrimonio Documental Bibliográfi co dé cumplimiento a lo establecido en el artículo 15, numeral 15.2., de la Ley Nº 28296 - Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, inscribiéndose de ofi cio los bienes descritos en el artículo precedente declarados como Patrimonio Cultural de la Nación en el Registro Nacional de Bienes Integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación, generándose las Fichas Técnicas en las que constará la descripción pormenorizada y el reconocimiento técnico del bien; y, comunicar el contenido de la presente Resolución Directoral Nacional al Registro Nacional Patrimonial Informatizado de Bienes Integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación a cargo del Ministerio de Cultura. Artículo Tercero.- DISPONER se deje sin efecto toda Resolución Directoral Nacional que se oponga a la presente Resolución Directoral Nacional, sin perjuicio de dejar a salvo las declaraciones de Patrimonio Cultural de la Nación realizadas con anterioridad a la presente resolución. Artículo Cuarto.- DISPONER se publique la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en la Página Web institucional de la Biblioteca Nacional del Perú. Regístrese, comuníquese y cúmplase. RAMÓN ELÍAS MUJICA PINILLA Director Nacional 962880-1 SEGURO INTEGRAL DE SALUD Aprueban transferencias de la Unidad Ejecutora 002-1423 Fondo Intangible Solidario de Salud - FISSAL para las Unidades Ejecutoras RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 119-2013/SIS Lima, 26 de junio de 2013 VISTOS: El Ofi cio N° 00129-2013-SIS-FISSAL del Fondo Intangible Solidario de Salud sobre la Programación de las Transferencias a las Unidades Ejecutoras a nivel nacional por los servicios relacionados al Listado de Enfermedades de Alto Costo de atención que brindaron los establecimientos de salud a los benefi ciarios del Seguro Integral de Salud así como