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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE JULIO DEL AÑO 2013 (24/07/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 31

El Peruano Miércoles 24 de julio de 2013 499949 controlar el proceso de autorización de delegación de funciones de las Ofi cinas de Registros del Estado Civil en Centros Poblados y Comunidades Nativas; Que, atendiendo a lo expuesto corresponde modifi car la Resolución Jefatural N° 104-2002-JEF-RENIEC de fecha 04 de Marzo de 2002 en lo que respecta a la denominación de la Municipalidad del Centro Poblado Menor de Tacapisi Bellavista; ahora denominada Municipalidad del Centro Poblado de Tacapisi Challapampa; entendiendo la autorización de delegación de funciones a la Ofi cina de Registros del Estado Civil de la Municipalidad del Centro Poblado de Tacapisi Challapampa, Distrito de Copani, Provincia de Yunguyo, Departamento de Puno; y Estando a lo opinado por la Gerencia de Procesos de Registros Civiles; en uso de las facultades conferidas por Ley Nº 26497 -Ley Orgánica del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, el Decreto Supremo N° 015- 98-PCM y el Reglamento de Organización y Funciones de la Institución, aprobado mediante Resolución Jefatural Nº 124-2013/JNAC/RENIEC (10ABR2013) y lo dispuesto por el numeral 1) del artículo 10° del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS (15ENE2009); SE RESUELVE: Artículo 1°.- Modifi car la Resolución Jefatural N° 104-2002-JEF-RENIEC de fecha 04 de Marzo de 2002 en lo que respecta a la denominación de la Municipalidad del Centro Poblado Menor de Tacapisi Bellavista; ahora denominada Municipalidad del Centro Poblado de Tacapisi Challapampa; entendiendo la autorización de delegación de funciones a la Ofi cina de Registros del Estado Civil de la Municipalidad del Centro Poblado de Tacapisi Challapampa, Distrito de Copani, Provincia de Yunguyo, Departamento de Puno. Artículo 2°.- Mantener la delegación de las funciones registrales establecidas en los literales a, b, c, e, i, l, m, n, o y q del artículo 44° de la Ley N° 26497; y conferidas a la citada Ofi cina de Registros del Estado Civil, a través de la Resolución Jefatural N° 104-2002-JEF-RENIEC de fecha 04 de Marzo de 2002. Artículo 3°.- El RENIEC, a través de la Gerencia de Operaciones Registrales, Sub Gerencia de Integración de Registros Civiles de la Gerencia de Procesos de Registros Civiles, Sub Gerencia de Procesamiento de Identifi cación de la Gerencia de Registros de Identifi cación y Sub Gerencia Técnica de Registros Civiles de la Gerencia de Registros Civiles adoptará las acciones que correspondan de acuerdo a su competencia Regístrese, publíquese y cúmplase. JORGE LUIS YRIVARREN LAZO Jefe Nacional 966184-1 RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 237-2013/JNAC/RENIEC Lima, 23 de julio de 2013 VISTOS: El Informe N° 000157-2013/GPRC/SGIRC/RENIEC (25MAR2013) de la Sub Gerencia de Integración de Registros Civiles de la Gerencia de Procesos de Registros Civiles, el Memorando N° 000278-2013/GRC/RENIEC (03ABR2013) de la Gerencia de Registros Civiles, y el Informe N° 000075-2013/GPRC/RENIEC (23MAY2013) de la Gerencia de Procesos de Registros Civiles; CONSIDERANDO: Que, a través del Decreto Supremo N° 015-98-PCM, se aprobó el Reglamento de las Inscripciones del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, el cual precisa que el Sistema Registral está conformado por el conjunto de órganos y personas del Registro, que tienen a su cargo la ejecución de los procedimientos administrativos de inscripción y que las Ofi cinas Registrales se encuentran encargadas del procesamiento registral y demás funciones inherentes al Registro de Estado Civil, facultándose a la Jefatura Nacional la creación y autorización de las que fueren necesarias; Que, para el ejercicio de sus funciones, el Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil mantiene estrecha y permanente coordinación con diversas entidades, como las Municipalidades Provinciales y Distritales, Municipios de Centro Poblado Menor (hoy Municipalidades de Centro Poblado), Comunidades Campesinas y Nativas reconocidas y cualquier otra dependencia, instancia o entidad, pública o privada, cuando ello fuese necesario, conforme lo establece el artículo 8º de la Ley Nº 26497- Ley Orgánica del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil; Que, mediante la Guía de Procedimientos GP-348- GPRC/SGIRC/005, Delegación de Funciones Registrales e Incorporación al Sistema Registral de Ofi cinas de Registros del Estado Civil de Centros Poblados y Municipalidades de Centros Poblados y Ofi cinas Auxiliares de Municipalidades, aprobada por Resolución Secretarial N° 093-2012-SGEN/RENIEC, se han regulado los procedimientos registrales relativos a Centros Poblados, Municipalidades de Centros Poblados o Municipalidades Distritales o Provinciales cuyas OREC u Ofi cinas Auxiliares han sido incorporadas al Sistema Registral; Que, la Ofi cina de Registros del Estado Civil que funciona en la Municipalidad del Centro Poblado de Las Viejas, Distrito de San Gregorio, Provincia de San Miguel, Departamento de Cajamarca, se encuentra incorporada al Sistema Registral por Resolución Jefatural N° 1269-2006- JEF/RENIEC de fecha 20 de Diciembre de 2006; Que, conforme a los informes de vistos, el Jefe de la Ofi cina de Registros del Estado Civil de la referida Municipalidad del Centro Poblado comunica la variación de su denominación a Municipalidad del Centro Poblado Casa Blanca, anexando los documentos correspondientes; habiendo sido califi cado positivamente por la Sub Gerencia de Integración de Registros Civiles, por la Gerencia de Registros Civiles, órgano técnico de Registros del Estado Civil; y por la Gerencia de Procesos de Registros Civiles, órgano encargado de supervisar y controlar el proceso de autorización de delegación de funciones de las Ofi cinas de Registros del Estado Civil en Centros Poblados y Comunidades Nativas; Que, atendiendo a lo expuesto corresponde modifi car la Resolución Jefatural N° 1269-2006-JEF/RENIEC de fecha 20 de Diciembre de 2006 en lo que respecta a la denominación de la Municipalidad del Centro Poblado de Las Viejas; ahora denominada Municipalidad del Centro Poblado Casa Blanca; entendiendo la autorización de delegación de funciones a la Ofi cina de Registros del Estado Civil de la Municipalidad del Centro Poblado Casa Blanca, Distrito de San Gregorio, Provincia de San Miguel, Departamento de Cajamarca; y Estando a lo opinado por la Gerencia de Procesos de Registros Civiles; en uso de las facultades conferidas por Ley Nº 26497 -Ley Orgánica del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, el Decreto Supremo N° 015- 98-PCM y el Reglamento de Organización y Funciones de la Institución, aprobado mediante Resolución Jefatural Nº 124-2013/JNAC/RENIEC (10ABR2013) y lo dispuesto por el numeral 1) del artículo 10° del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS (15ENE2009); SE RESUELVE: Artículo 1°.- Modifi car la Resolución Jefatural N° 1269-2006-JEF/RENIEC de fecha 20 de Diciembre de 2006 en lo que respecta a la denominación de la Municipalidad del Centro Poblado de Las Viejas, ahora denominada Municipalidad del Centro Poblado Casa Blanca; entendiendo la autorización de delegación de funciones a la Ofi cina de Registros del Estado Civil de la Municipalidad del Centro Poblado Casa Blanca, Distrito de San Gregorio, Provincia de San Miguel, Departamento de Cajamarca. Artículo 2°.- Mantener la delegación de las funciones registrales establecidas en los literales a, b, c, e, i, l, m, n, o y q del artículo 44° de la Ley N° 26497; y conferidas a la citada Ofi cina de Registros del Estado Civil, a través de la Resolución Jefatural N° 1269-2006-JEF/RENIEC de fecha 20 de Diciembre de 2006. Artículo 3°.- El RENIEC, a través de la Gerencia de Operaciones Registrales, Sub Gerencia de Integración de Registros Civiles de la Gerencia de Procesos de Registros Civiles, Sub Gerencia de Procesamiento de Identifi cación de la Gerencia de Registros de Identifi cación y Sub Gerencia Técnica de Registros Civiles de la Gerencia de