Norma Legal Oficial del día 24 de julio del año 2013 (24/07/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano Miercoles 24 de MORDAZA de 2013

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Que, para el ejercicio de sus funciones, el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil mantiene estrecha y permanente coordinacion con diversas entidades, como las Municipalidades Provinciales y Distritales, Municipios de Centro Poblado Menor (hoy Municipalidades de Centro Poblado), Comunidades Campesinas y Nativas reconocidas y cualquier otra dependencia, instancia o entidad, publica o privada, cuando ello fuese necesario, conforme lo establece el articulo 8º de la Ley Nº 26497Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil; Que, mediante la Guia de Procedimientos GP-348GPRC/SGIRC/005, Delegacion de Funciones Registrales e Incorporacion al Sistema Registral de Oficinas de Registros del Estado Civil de Centros Poblados y Municipalidades de Centros Poblados y Oficinas Auxiliares de Municipalidades, aprobada por Resolucion Secretarial N° 093-2012-SGEN/RENIEC, se han regulado los procedimientos registrales relativos a Centros Poblados, Municipalidades de Centros Poblados o Municipalidades Distritales o Provinciales cuyas OREC u Oficinas Auxiliares han sido incorporadas al Sistema Registral; Que, la Oficina de Registros del Estado Civil que funciona en la Municipalidad del Centro Poblado de Las Viejas, Distrito de San MORDAZA, Provincia de San MORDAZA, Departamento de MORDAZA, se encuentra incorporada al Sistema Registral por Resolucion Jefatural N° 1269-2006JEF/RENIEC de fecha 20 de Diciembre de 2006; Que, conforme a los informes de vistos, el Jefe de la Oficina de Registros del Estado Civil de la referida Municipalidad del Centro Poblado comunica la variacion de su denominacion a Municipalidad del Centro Poblado MORDAZA MORDAZA, anexando los documentos correspondientes; habiendo sido calificado positivamente por la Sub Gerencia de Integracion de Registros Civiles, por la Gerencia de Registros Civiles, organo tecnico de Registros del Estado Civil; y por la Gerencia de Procesos de Registros Civiles, organo encargado de supervisar y controlar el MORDAZA de autorizacion de delegacion de funciones de las Oficinas de Registros del Estado Civil en Centros Poblados y Comunidades Nativas; Que, atendiendo a lo expuesto corresponde modificar la Resolucion Jefatural N° 1269-2006-JEF/RENIEC de fecha 20 de Diciembre de 2006 en lo que respecta a la denominacion de la Municipalidad del Centro Poblado de Las Viejas; ahora denominada Municipalidad del Centro Poblado MORDAZA Blanca; entendiendo la autorizacion de delegacion de funciones a la Oficina de Registros del Estado Civil de la Municipalidad del Centro Poblado MORDAZA MORDAZA, Distrito de San MORDAZA, Provincia de San MORDAZA, Departamento de Cajamarca; y Estando a lo opinado por la Gerencia de Procesos de Registros Civiles; en uso de las facultades conferidas por Ley Nº 26497 -Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, el Decreto Supremo N° 01598-PCM y el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Institucion, aprobado mediante Resolucion Jefatural Nº 124-2013/JNAC/RENIEC (10ABR2013) y lo dispuesto por el numeral 1) del articulo 10° del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS (15ENE2009); SE RESUELVE: Articulo 1°.- Modificar la Resolucion Jefatural N° 1269-2006-JEF/RENIEC de fecha 20 de Diciembre de 2006 en lo que respecta a la denominacion de la Municipalidad del Centro Poblado de Las Viejas, ahora denominada Municipalidad del Centro Poblado MORDAZA Blanca; entendiendo la autorizacion de delegacion de funciones a la Oficina de Registros del Estado Civil de la Municipalidad del Centro Poblado MORDAZA MORDAZA, Distrito de San MORDAZA, Provincia de San MORDAZA, Departamento de Cajamarca. Articulo 2°.- Mantener la delegacion de las funciones registrales establecidas en los literales a, b, c, e, i, l, m, n, o y q del articulo 44° de la Ley N° 26497; y conferidas a la citada Oficina de Registros del Estado Civil, a traves de la Resolucion Jefatural N° 1269-2006-JEF/RENIEC de fecha 20 de Diciembre de 2006. Articulo 3°.- El RENIEC, a traves de la Gerencia de Operaciones Registrales, Sub Gerencia de Integracion de Registros Civiles de la Gerencia de Procesos de Registros Civiles, Sub Gerencia de Procesamiento de Identificacion de la Gerencia de Registros de Identificacion y Sub Gerencia Tecnica de Registros Civiles de la Gerencia de

controlar el MORDAZA de autorizacion de delegacion de funciones de las Oficinas de Registros del Estado Civil en Centros Poblados y Comunidades Nativas; Que, atendiendo a lo expuesto corresponde modificar la Resolucion Jefatural N° 104-2002-JEF-RENIEC de fecha 04 de Marzo de 2002 en lo que respecta a la denominacion de la Municipalidad del Centro Poblado Menor de Tacapisi Bellavista; ahora denominada Municipalidad del Centro Poblado de Tacapisi Challapampa; entendiendo la autorizacion de delegacion de funciones a la Oficina de Registros del Estado Civil de la Municipalidad del Centro Poblado de Tacapisi Challapampa, Distrito de Copani, Provincia de Yunguyo, Departamento de Puno; y Estando a lo opinado por la Gerencia de Procesos de Registros Civiles; en uso de las facultades conferidas por Ley Nº 26497 -Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, el Decreto Supremo N° 01598-PCM y el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Institucion, aprobado mediante Resolucion Jefatural Nº 124-2013/JNAC/RENIEC (10ABR2013) y lo dispuesto por el numeral 1) del articulo 10° del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS (15ENE2009); SE RESUELVE: Articulo 1°.- Modificar la Resolucion Jefatural N° 104-2002-JEF-RENIEC de fecha 04 de Marzo de 2002 en lo que respecta a la denominacion de la Municipalidad del Centro Poblado Menor de Tacapisi Bellavista; ahora denominada Municipalidad del Centro Poblado de Tacapisi Challapampa; entendiendo la autorizacion de delegacion de funciones a la Oficina de Registros del Estado Civil de la Municipalidad del Centro Poblado de Tacapisi Challapampa, Distrito de Copani, Provincia de Yunguyo, Departamento de Puno. Articulo 2°.- Mantener la delegacion de las funciones registrales establecidas en los literales a, b, c, e, i, l, m, n, o y q del articulo 44° de la Ley N° 26497; y conferidas a la citada Oficina de Registros del Estado Civil, a traves de la Resolucion Jefatural N° 104-2002-JEF-RENIEC de fecha 04 de Marzo de 2002. Articulo 3°.- El RENIEC, a traves de la Gerencia de Operaciones Registrales, Sub Gerencia de Integracion de Registros Civiles de la Gerencia de Procesos de Registros Civiles, Sub Gerencia de Procesamiento de Identificacion de la Gerencia de Registros de Identificacion y Sub Gerencia Tecnica de Registros Civiles de la Gerencia de Registros Civiles adoptara las acciones que correspondan de acuerdo a su competencia Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA YRIVARREN MORDAZA Jefe Nacional 966184-1 RESOLUCION JEFATURAL N° 237-2013/JNAC/RENIEC MORDAZA, 23 de MORDAZA de 2013 VISTOS: El Informe N° 000157-2013/GPRC/SGIRC/RENIEC (25MAR2013) de la Sub Gerencia de Integracion de Registros Civiles de la Gerencia de Procesos de Registros Civiles, el Memorando N° 000278-2013/GRC/RENIEC (03ABR2013) de la Gerencia de Registros Civiles, y el Informe N° 000075-2013/GPRC/RENIEC (23MAY2013) de la Gerencia de Procesos de Registros Civiles; CONSIDERANDO: Que, a traves del Decreto Supremo N° 015-98-PCM, se aprobo el Reglamento de las Inscripciones del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, el cual precisa que el Sistema Registral esta conformado por el conjunto de organos y personas del Registro, que tienen a su cargo la ejecucion de los procedimientos administrativos de inscripcion y que las Oficinas Registrales se encuentran encargadas del procesamiento registral y demas funciones inherentes al Registro de Estado Civil, facultandose a la Jefatura Nacional la creacion y autorizacion de las que fueren necesarias;

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