Norma Legal Oficial del día 24 de julio del año 2013 (24/07/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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cumplimiento de la liquidacion de la MORDAZA venta a plazo en el porcentaje que establezca el Consejo. Tambien se podran realizar operaciones de reporte respecto a una lista de valores determinada segun la metodologia a que se refiere el Articulo 27º. En estos casos, durante la vigencia de la operacion de reporte y conforme al procedimiento establecido por el Consejo, el reportado podra sustituir los valores materia de la operacion por cualquier otro del indicado grupo de valores o de un grupo de valores de menor riesgo. Los valores seran transferidos en propiedad al reportante al liquidar la venta en el plazo establecido para las operaciones al contado. En caso de sustitucion se efectuaran las correspondientes transferencias de propiedad, al reportante y al reportado respectivamente. El plazo de esta operacion no podra exceder los 360 dias calendario. El Consejo determinara los casos en que una operacion de reporte conlleva la conformidad anticipada respecto de posteriores transferencias de la posicion. Las operaciones de reporte en las que la sociedad reportante actue por cuenta de un inversionista acreditado podran sujetarse a condiciones particulares respecto a los valores materia de las operaciones. Las operaciones sujetas a dichas condiciones especiales se denominaran operaciones de reporte extendidas. El directorio determinara las condiciones que seran aplicables a dichas operaciones, de conformidad con lo dispuesto en el presente reglamento. ANEXO II SE RESUELVE: Disposiciones Complementarias al articulo 27 del Reglamento de Operaciones en MORDAZA de Bolsa de la Bolsa de Valores de MORDAZA MORDAZA de Reporte con acciones y valores representativos de derechos sobre acciones La actual metodologia de Calculo de la Tabla de Valores Referenciales TVR seguira vigente hasta la fecha que senale el Consejo Directivo, la que sera informada al MORDAZA con 10 (diez) dias de MORDAZA de Bolsa de anticipacion, por lo menos. Las operaciones de reporte con valores objeto de situaciones extraordinarias podran ser renovadas, siempre que la fecha de vencimiento de la nueva operacion no exceda la fecha de canje en los casos de fusion, escision u OPI, o la fecha de liquidacion de la oferta, en los casos de OPA u OPC. Se podra realizar operaciones de reporte extendidas con acciones o valores representativos de derechos sobre acciones que conformen la Lista 4 de la Tabla de Valores Referenciales. Esta lista se utiliza unicamente para realizar este MORDAZA de operaciones y la integran valores que no se encuentren conformando las Listas 1, 2 y 3 de la Tabla de Valores Referenciales y que presenten como minimo una frecuencia de cotizacion igual o superior a 25%. Lo indicado en el parrafo anterior no es aplicable a certificados de suscripcion preferente o cualquier otro valor representativo de derechos sobre acciones que por su naturaleza tengan vigencia temporal. (...) 962223-1 CONSIDERANDO:

El Peruano Miercoles 24 de MORDAZA de 2013

Que el articulo 127° de la Ley N.° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece el Regimen de Fedatarios de las entidades de la Administracion Publica, senalando en su numeral 1 que cada entidad debe designar fedatarios institucionales adscritos a sus unidades de recepcion documental, en numero proporcional a sus necesidades de atencion; Que el numeral 2 del mencionado articulo precisa que el fedatario tiene como labor personalisima comprobar y autenticar la fidelidad del contenido de las copias presentadas para su empleo en los procedimientos de la entidad, cuando en la actuacion administrativa sea exigida la agregacion de los documentos o el administrado desee agregados como prueba; Que mediante la MORDAZA Disposicion Complementaria Final del Decreto Supremo N.° 0162013-EF, se incorporo dentro de los alcances de los articulos 50° y 51° del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUNAT, entre otros, a la Intendencia Regional MORDAZA de Dios; en consecuencia, dada la reciente creacion de dicha Intendencia y con la finalidad de garantizar la adecuada atencion de los contribuyentes y publico en general, se ha estimado conveniente proceder a designar a sus respectivos Fedatarios Administrativos Titular y Alternos; En uso de la facultad conferida en el inciso u) del articulo 19° del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo N.° 1152002-PCM y modificatorias;

Articulo Unico.- Designar como Fedatarios Administrativos de la Intendencia Regional MORDAZA de MORDAZA, a los trabajadores que a continuacion se indican: Fedatario Administrativo Titular - MORDAZA Mendivil MORDAZA Fedatarios Administrativos Alternos - MORDAZA MORDAZA Cerdena MORDAZA - MORDAZA MORDAZA MORDAZA Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Nacional 966097-1

Designan Auxiliar Coactivo de Intendencia Regional MORDAZA
INTENDENCIA REGIONAL MORDAZA RESOLUCION DE INTENDENCIA Nº 050-024-0000575 MORDAZA, 11 de MORDAZA del 2013 CONSIDERANDO:

la

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Designan fedatarios administrativos titular y alternos de la Intendencia Regional MORDAZA de MORDAZA
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 228-2013/SUNAT MORDAZA, 23 de MORDAZA de 2013

Que, el articulo 4º de la Resolucion de Superintendencia Nº 216-2004/SUNAT faculta a los Intendentes Regionales de la SUNAT a designar a los trabajadores que se desempenaran como Auxiliares Coactivos dentro del ambito de su competencia; Que, a fin de garantizar el normal funcionamiento de la Seccion Cobranza de la Division de Control de la Deuda y Cobranza de la Intendencia Regional MORDAZA resulta necesario designar MORDAZA personal en calidad de Auxiliar Coactivo; Que, el articulo 114º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 133-2013-EF y normas modificatorias, establece los requisitos que deberan reunir los trabajadores de la Administracion Tributaria para acceder al cargo de Auxiliar Coactivo; Que, la Division de Informacion de Personal de la Intendencia Nacional de Recursos Humanos ha confirmado el cumplimiento de los mencionados requisitos, por parte del trabajador que se detalla a continuacion:

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