Norma Legal Oficial del día 24 de julio del año 2013 (24/07/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano Miercoles 24 de MORDAZA de 2013

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Directorio de la Superintendencia del MORDAZA de Valores, en su sesion del 10 de MORDAZA de 2013; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificar los articulos 2 y 34 del Reglamento de Operaciones en MORDAZA de Bolsa de la Bolsa de Valores de MORDAZA, aprobado por Resolucion CONASEV Nº 021-99-EF/94.10, cuyos textos se detallan en el Anexo I de la presente resolucion. Articulo 2º.- Autorizar la modificacion de la Disposicion Complementaria del articulo 27 del Reglamento de Operaciones en MORDAZA de Bolsa de la Bolsa de Valores de MORDAZA, aprobado por Resolucion CONASEV Nº 02199-EF/94.10, cuyo texto se detalla en el Anexo II de la presente resolucion Articulo 3º.- La presente resolucion entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 4º.- Comunicar la presente resolucion a la Bolsa de Valores de MORDAZA S.A. y a CAVALI S.A. ICLV. Articulo 5º.- Disponer la difusion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA del MORDAZA de Valores de la Superintendencia del MORDAZA de Valores (www.smv.gob.pe). Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA ROCCA MORDAZA Superintendente del MORDAZA de Valores ANEXO I Articulo 2.- Terminos y Definiciones Para los efectos del presente Reglamento, las definiciones y terminos tendran los significados siguientes: (...) n. Inversionistas acreditados: segmento del publico que, no obstante tener un nivel de calificacion superior al de los pequenos inversionistas, aun requiere de la proteccion de la regulacion del MORDAZA de valores. Estan incluidas en este segmento las personas naturales o juridicas que cumplen con las condiciones establecidas en el Reglamento de Ofertas Publicas Primarias Dirigidas Exclusivamente a Inversionistas Acreditados. o. Ley: Ley del MORDAZA de Valores. p. Margen de Garantia: El dinero, valores u otros activos constituidos como garantia del cumplimiento de determinadas operaciones bursatiles. q. OPA: Oferta Publica de Adquisicion. r. OPC: Oferta Publica de Compra. s. OPI: Oferta Publica de Intercambio. t. Operacion: Transaccion con valores realizada en la Sesion de MORDAZA, que resulta de la aplicacion de una propuesta de compra y una de venta. u. Propuesta: Es una oferta obligatoria de compra o de venta planteada por una sociedad al MORDAZA a traves de los sistemas de negociacion de la Bolsa, que debera indicar valor, cantidad y precio. v. RBVL: Registro de Valores de la Bolsa de Valores de MORDAZA S.A. w. Sesion de Rueda: Periodo durante el cual se negocian diariamente valores en la MORDAZA de Bolsa. x. Sociedades: Sociedades Agentes de Bolsa de la Bolsa. y. Subasta: Mecanismo de colocacion de valores y formacion de precios sobre la base de propuestas planteadas por las Sociedades. z. Valor: Valor mobiliario inscrito en el RBVL. Articulo 34.- Operacion de Reporte. Es aquella que comprende una venta de valores, a ser liquidada dentro del plazo establecido para las operaciones al contado o a plazo, y una simultanea compra a ser liquidada dentro del plazo pactado, por la misma cantidad y especie de valores y a un precio determinado. A la sociedad vendedora en la primera venta se le denomina "reportado", mientras que a la sociedad compradora "reportante". Es caracteristica de las operaciones de reporte que los valores que se transfieren en propiedad, queden como margen de garantia del reportante para el

SUPERINTENDENCIA DEL MORDAZA DE VALORES
Modifican el Reglamento de Operaciones en MORDAZA de Bolsa de la Bolsa de Valores de MORDAZA, aprobado por Resolucion CONASEV Nº 021-99EF/94.10
RESOLUCION SMV Nº 016-2013-SMV/01 MORDAZA, 15 de MORDAZA de 2013 VISTOS: El Expediente Nº 2013008954, el Informe Conjunto Nº 667-2013-SMV/10 del 08 de MORDAZA de 2013 presentado por la Superintendencia Adjunta de Supervision Prudencial, la Superintendencia Adjunta de Investigacion y Desarrollo y la Oficina de Asesoria Juridica; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion CONASEV Nº 021-99EF/94.10, se aprobo el Reglamento de Operaciones en MORDAZA de Bolsa de la Bolsa de Valores de Lima; Que, el articulo 145 de la Ley del MORDAZA de Valores, aprobado por Decreto Legislativo Nº 861, senala que la Superintendencia del MORDAZA de Valores aprueba los estatutos de las bolsas y sus modificaciones, salvo aumentos de capital y otras que la Superintendencia establezca mediante normas de caracter general; asi como los reglamentos internos que dicten las bolsas y sus respectivas modificaciones; Que, sobre el particular, el articulo 5º de la Resolucion CONASEV Nº 021-99-EF/94.10, MORDAZA que aprueba el Reglamento de Operaciones en MORDAZA de Bolsa de la Bolsa de Valores de MORDAZA, establece que las disposiciones a que se refiere el articulo 13º de dicho reglamento seran comunicadas a la Superintendencia del MORDAZA de Valores conforme al ultimo parrafo del articulo 145º de la Ley del MORDAZA de Valores, salvo aquellas dictadas conforme a los articulos 5º, 9º, 18º, 21º, 26º, el primer parrafo del articulo 27º y articulo 49º, del Reglamento de Operaciones en MORDAZA de Bolsa de la Bolsa de Valores de MORDAZA, las cuales requeriran autorizacion previa de la SMV para su aplicacion; Que, la Bolsa de Valores de MORDAZA, mediante cartas GE021/2013 y GE-043/2013, solicita a la Superintendencia del MORDAZA de Valores la modificacion de los articulos 2 y 34 del Reglamento de Operaciones en MORDAZA de Bolsa de la Bolsa de Valores de MORDAZA y la modificacion de la Disposicion Complementaria del articulo 27 de la mencionada norma; Que, con relacion a las modificaciones de los articulos 2 y 34 del Reglamento de Operaciones de MORDAZA de Bolsa de la Bolsa de Valores de MORDAZA, estas propuestas tienen por finalidad establecer una nueva modalidad de operaciones de reporte, denominada "Operaciones de Reporte Extendidas", las cuales tienen por objeto permitir a las sociedades agentes de bolsa participar por cuenta de inversionistas acreditados como comitentes reportantes en operaciones de reporte con valores distintos de los que conforman la Tabla de Valores Referenciales; Que, adicionalmente, la modificacion de la Disposicion Complementaria del articulo 27 tiene por finalidad establecer una metodologia para determinar los valores que podrian ser materia de las operaciones de reporte extendidas, teniendo como criterio de seleccion la frecuencia de cotizacion; Que, analizados los argumentos presentados, corresponde aprobar las modificaciones de los articulos 2 y 34 del Reglamento de Operaciones en MORDAZA de Bolsa de la Bolsa de Valores de MORDAZA y de la Disposicion Complementaria del articulo 27 de la mencionada MORDAZA, a fin de incorporar la Operacion de Reporte Extendida; y, Estando a lo dispuesto en el articulo 9, numeral 7 del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia del MORDAZA de Valores, aprobado por Decreto Supremo Nº 216-2011-EF, articulo 145 de la Ley del MORDAZA de Valores, asi como a lo acordado por el

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