Norma Legal Oficial del día 26 de julio del año 2013 (26/07/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 77

El Peruano Viernes 26 de MORDAZA de 2013

500131

Articulo Cuarto.- APROBAR el cuadro de Areas Acumuladas de la Habilitacion MORDAZA correspondientes al terreno de 8,381.00 m2, aprobada por Resolucion Gerencial Nº 019- 2013-MDLM-GDUPC, y las areas mencionadas en el tercer articulo del terreno de 7,278.67 m2, segun los siguientes datos: III AREA TOTAL ACUMULADAS DEL LOTE MATRIZ: 8,381.00 m2 + 7,278.67 m2 = 15,659.67 m2 Con la acumulacion de los predios descritos: · Partida Nº 45209970 (Ficha Nº 255780) SUNARP del terreno de 8,381.00 m2. · Partida Nº 12964957 SUNARP, del terreno de 7,278.67 m2. Area Bruta del terreno (Resultante de Acumulacion) = 15,659.67 m2.
DESCRIPCION AREA UTIL * AREA DE USO RESIDENCIAL (VIVIENDA) AREAS DE SERVICIOS COMUNALES * AREA DE LOCAL COMUNAL AREAS LIBRES * AREA DE JARDIN PUBLICO RECREACION * AREA DE VIAS PUBLICAS * AREA DE ARBORIZACION AREAS DE COMPENSACION * AREA DE COMPENSACION (A.C) AREA BRUTA TOTAL 585.83 2,867.60 4,893.14 197.76 AREA PARCIAL AREA TOTAL (m2) (m2) 7,064.34 51.00 8,346.57 197.76 15,659.67 1.26 100 53.30 7,064.34 51.00 45.11 %

MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA
Aprueban el "Programa de Segregacion en la Fuente y Recoleccion Selectiva de Residuos Solidos Domiciliarios en un 12% de Viviendas Urbanas del distrito de La Victoria"
DECRETO DE ALCALDIA Nº 002-2013-ALCMLV
La MORDAZA, 24 de MORDAZA de 2013 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA VISTOS; el Memorandum Nº 532-2013-GESECl/MLV de fecha 17 de MORDAZA de 2013 de la Gerencia de Servicios a la MORDAZA, y; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en el articulo 194º y 195º de la Constitucion Politica del Peru en concordancia con los articulo II y IV del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades ­ las municipalidades distritales son organos de gobierno local que tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia con sujecion al ordenamiento juridico, los cuales promueven el desarrollo, la economia local y la prestacion de los servicios publicos de su responsabilidad, en MORDAZA con las politicas y planes nacionales y regionales de desarrollo; Que, el numeral 4.1 del articulo 80º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades ­ establecen que las municipalidades distritales administran y reglamentan, directamente o por concesion el servicio de limpieza publica y tratamiento de residuos solidos, entre otros, cuando esten en capacidad de hacerlo; Que, el articulo 3º de la Ley Nº 28611 ­ Ley General del Ambiente ­ dispone que el Estado, a traves de sus entidades y organos correspondientes, disena y aplica las politicas, normas, instrumentos, incentivos y sanciones que MORDAZA necesarios para garantizar el efectivo ejercicio de los derechos y el cumplimiento de las obligaciones y responsabilidades contenidas en la ley; Que, la Ley Nº 27314 ­ Ley General de Residuos Solidos ­ senala en su articulo 10º que las municipalidades distritales son responsables por la prestacion de los servicios de recoleccion y transporte de los residuos solidos de origen domiciliario, comercial y de aquellas actividades que generen residuos similares a estos y de la limpieza de los espacios y monumentos publicos en su jurisdiccion; Que, mediante Decreto Supremo Nº 012-2009MINAM se aprueba la Politica Nacional del Ambiente, la cual establece en el Eje de Politica Nº 2 Ia Gestion Integral de la Calidad Ambiental y declarando como uno de los Lineamientos de Politica de los Residuos Solidos, el de promover la formalizacion de los segregadores y recicladores y otros actores que participan en el manejo de los mismos; Que, la Ley Nº 29419 ­ Ley que Regula Ia Actividad de los Recicladores ­ busca establecer el MORDAZA normativo para la regulacion de las actividades de los trabajadores del reciclaje, orientada a la proteccion, capacitacion y promocion del desarrollo social y laboral, promoviendo su formalizacion, asociacion y contribuyendo a la mejora en el manejo ecologicamente eficiente de los residuos solidos en el pais. Esto en el MORDAZA de los objetivos y principios de las Leyes Nº 27314 y Nº 28611, MORDAZA citadas, estableciendo a su vez que dicha actividad es regulada por los gobiernos locales como entes rectores, en el MORDAZA de sus atribuciones y que el regimen de regulacion local se orienta a incorporar a los recicladores como parte del sistema local de gestion de residuos solidos;

0.33

Articulo Quinto.- PRECISAR a la parte administrada la facultad de acumulacion que podra realizar ante el Registro de Predios de la IX MORDAZA Registral ­ Sede MORDAZA, conforme a las areas correspondientes al terreno de 8,381.00 m2, aprobada por Resolucion Gerencial Nº 019- 2013-MDLMGDUPC y a las areas mencionadas en el tercer articulo del terreno de 7,278.67 m2. Articulo Sexto.- DISPONER la inscripcion Registral del cambio de MORDAZA a MORDAZA de los lotes que conforman la Habilitacion MORDAZA de Oficio, que se detallan en los planos senalados en el MORDAZA articulo. Articulo Septimo.- HACER DE CONOCIMIENTO a la Municipalidad de MORDAZA Metropolitana, adjuntando los planos respectivos. Articulo Octavo.- NOTIFICAR, al Representante don MORDAZA HUARACHI MORDAZA, en su domicilio MORDAZA CORDILLERA NEGRA MZ. C, LT. 03 URBANIZACION ROARDI DISTRITO DE LA MOLINA. Articulo Noveno.- FORMALIZAR el acto de Habilitacion MORDAZA de Oficio y Acumulacion mediante la gestion individual del propietario ante el Registro de Predios de la IX MORDAZA Registral ­ Sede MORDAZA, precisando que los referidos planos seran publicados en la web institucional de la Municipalidad de La Molina: www. munimolina.gob.pe. Articulo Decimo.- ENCARGAR a Secretaria General la publicacion de la presente Resolucion, en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA IBARCENA Gerente de Desarrollo MORDAZA y Promocion Comercial (e)

966446-1

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