Norma Legal Oficial del día 31 de julio del año 2013 (31/07/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano Miercoles 31 de MORDAZA de 2013

500347

en circulacion de S/. 300 000 000.00 (trescientos millones y 00/100 nuevos soles) o su equivalente en moneda extranjera; CONSIDERANDO: Que, la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702 y sus modificatorias, en adelante Ley General, en su articulo 221º, numeral 14, faculta a las empresas a emitir y colocar, entre otros instrumentos financieros de deuda, certificados de deposito negociables; Que, el articulo 232º de la Ley General establece que en la emision en serie de instrumentos financieros se requiere la opinion favorable de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones; Que, la emision de instrumentos financieros se encuentra regulada por la Circular Nº B-2074-2000, en adelante la Circular, la cual preve que cuando las empresas pretenden efectuar emisiones de valores mobiliarios o programas de emision de instrumentos financieros mediante oferta publica o privada en un periodo determinado, pueden hacerlos a traves del tramite anticipado, las mismas que podran ser efectuadas dentro de un periodo de dos anos siguientes a la aprobacion de esta Superintendencia, salvo que se trate de la emision mediante oferta publica, en cuyo caso el plazo establecido se computa desde la fecha de aprobacion por la SMV; Que, el articulo 3º de la Circular establece que toda solicitud de renovacion de programas de emision de instrumentos financieros en serie para los que esta Superintendencia MORDAZA emitido opinion favorable bajo la modalidad de procedimiento anticipado, debe contar necesariamente con la opinion previa favorable de este Organismo de Control MORDAZA de la MORDAZA de su solicitud a la SMV; Que, mediante Sesiones de Directorio celebradas el 21 de agosto de 2008 y el 21 de enero de 2010, se aprobo el Programa; Que, en Sesion de Directorio Nº 199 celebrada el 20 de diciembre de 2012, se acordo, entre otros aspectos, el otorgamiento de poderes al Gerente de la Division de Contraloria y Finanzas y al Gerente del Area de Finanzas y Tesoreria del Banco, para que actuando individualmente cualquiera de ellos, puedan realizar todos los actos relacionados con el Programa; Que, el Banco ha cumplido con presentar la informacion requerida en el procedimiento Nº 25 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos (aprobado por Resolucion SBS Nº 3082-2011) para la emision en serie de instrumentos financieros, observandose de MORDAZA que se ha cumplido con los requisitos exigidos, para los efectos de llevar a cabo dicha operacion; Estando a lo informado por el Departamento de Supervision Microfinanciera "A" y por el Departamento de Supervision de Riesgos de MORDAZA, Liquidez e Inversiones; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702 y modificatorias; RESUELVE: Articulo Unico.- Opinar favorablemente respecto a la renovacion del Tercer Programa de Certificados de Deposito Negociables de Mibanco, hasta por un monto MORDAZA en circulacion de S/. 300 000 000.00 (trescientos millones y 00/100 nuevos soles) o su equivalente en moneda extranjera. Registrese, comuniquese y publiquese.

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE LURIGANCHO CHOSICA
Modifican el Articulo 1º del Decreto de Alcaldia Nº 004-2011 ALC/MDLCH
DECRETO DE ALCALDIA N°010-2013/MDLCH Chosica, 22 de MORDAZA de 2013 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LURIGANCHO - CHOSICA; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Alcaldia Nº004-2011 ALC/MDLCH, se aprueba el Programa de Segregacion en la Fuente como parte del MORDAZA de Recoleccion de Residuos Solidos Domiciliarios, que se implementaria en la Urbanizacion MORDAZA MORDAZA y casco MORDAZA, el mismo que se extenderia progresivamente en toda la circunscripcion del distrito de Lurigancho ­ Chosica. Que, mediante Informe Nº25-2013-MDLCH/GSP/ SGLP/JAPV, personal profesional de la Gerencia de Servicios Publicos, expresa que en cumplimiento de la Ley Nº29332 que crea el Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestion Municipal y del Decreto Supremo Nº002-EF-2013 que aprueba los procedimientos para el cumplimiento de Metas y Asignacion de recursos del Plan de Incentivos a la mejora de la gestion municipal para el ano 2013 de la Meta 6: Implementar un Programa de Segregacion en la Fuente y Recoleccion Selectiva de Residuos Solidos en un 12% de las Viviendas Urbanas del Distrito que forma parte del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestion y Modernizacion Municipal del ano 2013, se hace necesario la modificacion del Decreto de Alcaldia Nº004-2011 ALC/MDLCH en ese sentido; ratificado por el Gerente de Servicios Publicos mediante su Informe Nº101-2013/MDLCH/GSP. Estando a merito de lo expuesto, con aprobacion de la Gerencia Municipal y en uso de las facultades conferidas por el articulo 20°, inciso 6) de la Ley Organica de Municipalidades N°27972; SE DECRETA: Primero.- MODIFICAR el Articulo 1º del Decreto de Alcaldia Nº 004-2011 ALC/MDLCH, el mismo que queda redactado de la siguiente manera: "Articulo 1º.- Apruebese el Programa de Segregacion en la Fuente y Recoleccion Selectiva de Residuos Solidos Domiciliarios , el cual se implementara progresivamente en toda la circunscripcion del Distrito de Lurigancho ­ Chosica" Segundo.- ENCARGAR a la Sub Gerencia de Gestion Tecnologica para su publicacion en el MORDAZA de la pagina web municipal. Registrese, comuniquese y cumplase.

MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Adjunto de Banca y Microfinanzas 968065-1

MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 968113-1

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