Norma Legal Oficial del día 31 de julio del año 2013 (31/07/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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El Peruano Miercoles 31 de MORDAZA de 2013

SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Opinan favorablemente respecto a la renovacion del Primer Programa de Bonos Subordinados de Mibanco
RESOLUCION SBS Nº 4537-2013 MORDAZA, 19 de MORDAZA de 2013 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTA: La solicitud presentada por Mibanco, Banco de la Microempresa S.A., en adelante el Banco, para que esta Superintendencia emita opinion favorable sobre el MORDAZA de renovacion del "Primer Programa de Bonos Subordinados Mibanco" (en adelante el Programa) ante la Superintendencia del MORDAZA de Valores (SMV), hasta por un monto MORDAZA en circulacion de S/. 150 000 000.00 (ciento cincuenta millones y 00/100 nuevos soles) o su equivalente en moneda extranjera; CONSIDERANDO: Que, la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702 y sus modificatorias, en adelante Ley General, en su articulo 221º, numeral 14, faculta a las empresas a emitir y colocar bonos subordinados; Que, el articulo 232º de la Ley General establece que en la emision en serie de instrumentos financieros que tengan la condicion de valores mobiliarios y se emitan por oferta publica, la Comision Nacional Supervisora de Empresas y Valores (ahora Superintendencia del MORDAZA de Valores - SMV), procedera a inscribirlos en el Registro Publico del MORDAZA de Valores, previa opinion favorable expedida por resolucion de esta Superintendencia y de la documentacion precisada en la Ley del MORDAZA de Valores; Que, la emision de instrumentos financieros se encuentra regulada por la Circular Nº B-2074-2000, en adelante la Circular, la cual preve que cuando las empresas pretenden efectuar emisiones de valores mobiliarios o programas de emision de instrumentos financieros mediante oferta publica o privada en un periodo determinado, pueden hacerlos a traves del tramite anticipado, las mismas que podran ser efectuadas dentro de un periodo de dos anos siguientes a la aprobacion de esta Superintendencia, salvo que se trate de la emision mediante oferta publica, en cuyo caso el plazo establecido se computa desde la fecha de aprobacion por la SMV; Que, el articulo 3º de la Circular establece que toda solicitud de renovacion de programas de emision de instrumentos financieros en serie para los que esta Superintendencia MORDAZA emitido opinion favorable bajo la modalidad de procedimiento anticipado, debe contar necesariamente con la opinion previa favorable de este Organismo de Control MORDAZA de la MORDAZA de su solicitud a la SMV; Que, el Reglamento de Deuda Subordinada aprobado mediante Resolucion SBS Nº 4727-2009, en adelante el Reglamento, regula lo dispuesto en la Ley General, respecto a la emision y contratacion de deuda subordinada,

asi como la determinacion de la porcion computable de dicha deuda en el Patrimonio Efectivo; Que, de acuerdo con lo establecido en el articulo 4º del Reglamento, para efectos de emitir instrumentos representativos de deuda subordinada, las empresas deben presentar a la Superintendencia una solicitud de opinion favorable; Que, el articulo 20º del mencionado Reglamento establece los limites para el computo de la deuda subordinada en el patrimonio efectivo; Que, en Junta General de Accionistas del 4 de diciembre de 2012, se acordo delegar en el Gerente General, en el Gerente de la Division de Contraloria y Finanzas y en el Gerente del Area de Finanzas y Tesoreria del Banco, las facultades para que actuando individualmente cualquiera de ellos, puedan establecer los terminos, las condiciones y las caracteristicas del Programa; y, puedan efectuar todas las acciones para llevar a cabo el mismo; Que, el Banco ha cumplido con presentar la informacion requerida en el procedimiento Nº 111 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos (aprobado por Resolucion SBS Nº 3082-2011) para la emision de instrumentos representativos de deuda subordinada, observandose de MORDAZA que se ha cumplido con los requisitos exigidos en el Reglamento, para los efectos de llevar a cabo dicha operacion; Estando a lo informado por el Departamento de Supervision Microfinanciera "A", el Departamento de Supervision de Riesgos de MORDAZA, Liquidez e Inversiones y el Departamento Legal; y, con la opinion de las Superintendencias Adjuntas de Banca y Microfinanzas, de Riesgos y de Asesoria Juridica; En uso de las atribuciones conferidas por el articulo 349º de la Ley General; RESUELVE: Articulo Unico.- Opinar favorablemente respecto a la renovacion del Primer Programa de Bonos Subordinados de Mibanco, Banco de la Microempresa S.A., hasta por un monto MORDAZA en circulacion de S/. 150 000 000.00 (ciento cincuenta millones y 00/100 nuevos soles) o su equivalente en moneda extranjera, el mismo que sera computado para fines del Patrimonio Efectivo de nivel 2 de la entidad, de acuerdo con los limites establecidos en los numerales 1 y 2 del articulo 185º de la Ley General. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA SCHYDLOWSKY ROSENBERG Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 968077-1

Opinan favorablemente respecto a la renovacion del Tercer Programa de Certificados de Deposito Negociables de MiBanco
RESOLUCION SBS Nº 4556-2013 MORDAZA, 22 de MORDAZA de 2013 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA Y MICROFINANZAS VISTA: La solicitud presentada por Mibanco, Banco de la Microempresa S.A., en adelante el Banco, para que esta Superintendencia emita opinion favorable sobre el MORDAZA de renovacion del "Tercer Programa de Certificados de Deposito Negociables de Mibanco" (en adelante el Programa) ante la Superintendencia del MORDAZA de Valores (SMV), hasta por un monto MORDAZA

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