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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE JULIO DEL AÑO 2013 (31/07/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 23

El Peruano Miércoles 31 de julio de 2013 500345 ORGANOS AUTONOMOS DEFENSORIA DEL PUEBLO Aprueban modificación del Cuadro para Asignación de Personal - CAP de la Defensoría del Pueblo RESOLUCIÓN DEFENSORIAL Nº 013-2013/DP Lima, 26 de julio de 2013 VISTO: El proveído de Secretaría General contenido en el Informe Nº 063-2013-DP/OGDH que adjunta los Informes Nº 031-2013-DP/OPPRE y Nº 062-2013-DP/OGDH y el proyecto del Cuadro para Asignación de Personal – CAP, elaborado por la Ofi cina de Planifi cación, Presupuesto, Racionalización y Estadística, mediante el cual se solicita la elaboración del proyecto de resolución que apruebe la modifi cación del Cuadro para Asignación de Personal de la Defensoría del Pueblo; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con los artículos 161º y 162º de la Constitución Política del Perú se aprobó la Ley Nº 26520, Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo, modifi cada por la Ley Nº 29882 y mediante Resolución Defensorial Nº 0012-2011/DP se aprobó su vigente Reglamento de Organización y Funciones; Que, mediante Resolución Defensorial Nº 010- 2013/DP, se aprobó la modifi cación del Cuadro para Asignación de Personal - CAP, la misma que cuenta con 490 cargos, de los cuales 244 se encuentran ocupados y 246 se encuentran previstos y mediante Resolución Administrativa Nº 015-2013/DP se aprobó la modifi cación del Presupuesto Analítico de Personal – PAP de la Defensoría del Pueblo correspondiente al ejercicio 2013; Que, el literal a) del artículo 1º del Decreto Supremo Nº 074-95-PCM, mediante el cual se dictan disposiciones referidas a la transferencia de funciones desempeñadas por el Instituto Nacional de Administración Pública, establece que la aprobación de los instrumentos de gestión tales como el Cuadro para Asignación de Personal, Reglamento de Organización y Funciones, el Manual de Organización y Funciones y el Presupuesto Analítico de Personal, será de responsabilidad exclusiva de cada entidad del sector público, así como la fi scalización y el cumplimiento de las normas de simplifi cación administrativa; Que, mediante Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM se aprobaron los Lineamientos para la Elaboración y Aprobación del Cuadro para Asignación de Personal – CAP de las Entidades de la Administración Pública, dispositivo que de conformidad con su artículo 3º es de aplicación a la Defensoría del Pueblo; Que, el literal c) del artículo 16º de los Lineamientos para la Elaboración y Aprobación del Cuadro para Asignación de Personal – CAP de las Entidades de la Administración Pública, dispone que las entidades de la Administración Pública deberán modifi car el Cuadro para Asignación de Personal – CAP, cuando la Entidad haya sufrido modifi caciones que por motivo de un reordenamiento de cargos conlleve a una afectación de su Presupuesto Analítico de Personal - PAP, estableciendo el citado artículo que en estos casos la Entidad se encuentra obligada a aprobar un nuevo Cuadro para Asignación de Personal – CAP; Que, de acuerdo a los documentos de visto, la propuesta analizada del Cuadro para Asignación de Personal - CAP de la Defensoría del Pueblo, Informe Nº 031-2013-DP/OPPRE e Informe Nº 063-2013-DP/ OGDH, se sustentan en un reordenamiento de cargos no presentado variación con respecto al número total de cargos considerados en el Cuadro para Asignación de Personal – CAP vigente, aprobado por la Resolución Defensorial Nº 010-2013/DP; Que, en ese sentido, el Cuadro para Asignación de Personal – CAP de la Defensoría del Pueblo vigente cuenta con 244 cargos ocupados, y la propuesta de modifi cación del Cuadro para Asignación de Personal como producto del reordenamiento de cargos se plasma en 245 cargos ocupados y 245 previstos obteniendo 490 cargos, no encontrándose variación en la totalidad de cargos entre el CAP vigente y el CAP propuesto modifi cado; Que, el artículo 15º de los referidos Lineamientos establece que la aprobación del Cuadro para Asignación de Personal - CAP de la Defensoría del Pueblo corresponde al Titular del Pliego; Que, habiéndose cumplido con el procedimiento y requisitos exigidos por la normatividad vigente, es procedente aprobar la modifi cación del Cuadro para Asignación de Personal – CAP de la Defensoría del Pueblo para el año 2013; Con los visados de la Primera Adjuntía, Secretaría General y de las ofi cinas de Planifi cación, Presupuesto, Racionalización y Estadística, de Gestión y Desarrollo Humano y de Asesoría Jurídica; En uso de las atribuciones y facultades conferidas por los artículos 5º y 9º de la Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo, Ley Nº 26520; de acuerdo con lo establecido en los literales d) y n) del artículo 7º del Reglamento de Organización y Funciones de la Defensoría del Pueblo, aprobado por la Resolución Defensorial Nº 0012-2011/DP; así como las disposiciones referidas a la transferencia de funciones desempeñadas por el Instituto Nacional de Administración Pública – INAP, aprobado por Decreto Supremo Nº 074-95-PCM y conforme a lo dispuesto en los artículos 15º y 16º de los Lineamientos para la Elaboración y Aprobación del Cuadro para Asignación de Personal – CAP de las Entidades de la Administración Pública, aprobado por el Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM y estando al encargo efectuado mediante Resolución Defensorial Nº 004-2011/DP; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR LA MODIFICACIÓN del Cuadro para Asignación de Personal – CAP de la Defensoría del Pueblo, que consta de 490 cargos conforme al Anexo que constituye parte integrante de la presente resolución. Artículo Segundo.- DISPONER que se adopten las acciones correspondientes con la finalidad de publicar la presente Resolución, sin incluir el Anexo, en el Diario Oficial El Peruano - de acuerdo al Decreto Supremo Nº 004-2008-PCM - al día siguiente de su aprobación. Artículo Tercero.- DISPONER que se adopten las acciones correspondientes con la fi nalidad de publicar la presente Resolución y su Anexo constituido por el Cuadro para Asignación de Personal - CAP de la Defensoría del Pueblo en el Portal del Estado Peruano y en los Portales de Transparencia Estándar e Institucional de la Defensoría del Pueblo (www.defensoria.gob.pe), al día siguiente de su aprobación. Artículo Cuarto.- La presente resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en los portales referidos en el artículo tercero de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO VEGA LUNA Defensor del Pueblo (e) 967703-1