TEXTO PAGINA: 28
El Peruano Lunes 3 de junio de 2013 496414 respectivo, según corresponda, conforme a lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 034-2012-EF, previo informe favorable de la Dirección General de Presupuesto Público y de la Dirección General de Gestión de Recursos Públicos del Ministerio de Economía y Finanzas; y conforme a los criterios establecidos en el último párrafo de la citada disposición complementaria fi nal; Que, el numeral 1 de la Cuarta Disposición Transitoria del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, establece que las escalas remunerativas y benefi cios de toda índole, así como los reajustes de las remuneraciones y bonifi caciones que fueran necesarios durante el año fi scal para los Pliegos Presupuestarios comprendidos en los alcances de dicha ley, se aprueban mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas, a propuesta del Titular del Sector, siendo nula toda disposición contraria, bajo responsabilidad; Que, mediante Ofi cio Nº 621-2013-PCM/SG, la Presidencia del Consejo de Ministros remite el proyecto de decreto supremo que aprueba la escala remunerativa para el Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú - IRTP, a efectos de recabar los informes previos pertinentes con arreglo a la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, así como el refrendo del señor Ministro de Economía y Finanzas; Que, en el marco de los dispositivos citados en los considerandos precedentes, es necesario aprobar una escala remunerativa para el Pliego Nº 116: Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú - IRTP; De conformidad con lo dispuesto en la Sexagésima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, y en la Cuarta Disposición Transitoria del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF; DECRETA: Artículo 1º.- Del Objeto de la norma Apruébese la nueva escala remunerativa del Pliego Nº 116: Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú - IRTP, conforme al Anexo que forma parte del presente Decreto Supremo, el cual se publica en el portal institucional del IRTP (www.irtp.com.pe) en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 2º.- De la aplicación de la escala remunerativa 2.1 En ningún caso la remuneración fi jada para cada trabajador podrá ser diferente al monto establecido en la Escala Remunerativa aprobada en el artículo precedente. El Titular del IRTP velará por el estricto cumplimiento de lo dispuesto en el presente artículo. 2.2 El Pliego Nº 116: Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú - IRTP, sólo reconocerá a los trabajadores a su servicio doce (12) remuneraciones anuales más dos gratifi caciones, una por Fiestas Patrias y otra por Navidad, así como la bonifi cación por escolaridad, en el marco de lo establecido en la Quinta Disposición Transitoria del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF. Artículo 3º.- De la prohibición Prohíbase la percepción por parte del personal del IRTP sujeto a la escala remunerativa aprobada en el artículo 1 de la presente norma, de cualquier otro ingreso, subvención o asignación por cualquier concepto o fuente de fi nanciamiento, en especie o dineraria, en forma adicional al monto máximo establecido en dicha escala remunerativa, salvo los aprobados por norma legal expresa. Artículo 4º.- Del fi nanciamiento El presente Decreto Supremo se fi nancia con cargo al presupuesto institucional del Pliego 116: Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú - IRTP, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. Artículo 5º.- Del refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dos días del mes de junio del año dos mil trece. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO Ministro de Economía y Finanzas 945012-3 INTERIOR Designan miembros titulares y suplentes del Tribunal de Disciplina Policial RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0801-2013-IN Lima, 30 de mayo de 2013 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo N° 1150 se aprueba el Régimen Disciplinario de la Policía Nacional del Perú; Que, el artículo 42 de la citada norma señala que El Tribunal de Disciplina Policial es la última instancia administrativa en el procedimiento disciplinario iniciado por infracciones Muy Graves. Se encuentra en el ámbito de la Inspectoría General del Sector Interior y está dotado de autonomía técnica y funcional; Estando a lo señalado, resulta necesario emitir el acto administrativo por el cual se designará a los miembros titulares y suplentes que integrarán el Tribunal de Disciplina Policial del Ministerio del Interior; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que Regula la Participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos; el Decreto Legislativo N° 1135, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Decreto Legislativo N° 1150 que aprueba el Régimen Disciplinario de la Policía Nacional del Perú y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 002-2012-IN; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar como miembros titulares y suplentes de El Tribunal de Disciplina Policial del Ministerio del Interior a las siguientes personas: Miembros titulares: Dr. Marco Antonio Martínez Zamora, quien la presidirá. Dr. César Augusto Ochoa Cardich Dr. Juan Leonardo Quintana Portal. Miembros suplentes: Dr. Dante Mendoza Antonioli. Dr. Juan Enrique Pestana Uribe. Dr. Sergio Ruiz de Castilla Miyasaki. Regístrese, comuníquese y publíquese. WILFREDO PEDRAZA SIERRA Ministro del Interior 944719-1 Designan Secretaria Técnica del Tribunal de Disciplina Policial RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0802-2013-IN Lima, 31 de mayo de 2013 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo N° 1150 se aprueba el Régimen Disciplinario de la Policía Nacional del Perú;