Norma Legal Oficial del día 03 de junio del año 2013 (03/06/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano Lunes 3 de junio de 2013

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d. MORDAZA de Alta del T-Registro, que acredite su permanencia por tiempo no menor de seis (06) meses, o MORDAZA del RUS vigente de la SUNAT. e. Otros documentos debidamente sustentados de casos particulares, que seran evaluados por las Juntas de Calificacion y Seleccion de cada Institucion Armada. 4. Los que se encuentren cursando estudios universitarios, deberan presentar cualquiera de los documentos siguientes: a. Una MORDAZA de ingreso o de estudios, expedido por la universidad, en donde se especifique que se encuentra cursando el presente ciclo o ano academico. b. MORDAZA legalizada del recibo de pago de matricula del presente ciclo o ano academico. c. MORDAZA legalizada del carnet universitario vigente. 5. Quienes se encuentren prestando servicio social voluntario a la comunidad en cualesquiera las modalidades reconocidas por la normatividad de la materia, por un periodo no menor a seis (06) meses, debiendo presentar una MORDAZA del mencionado servicio. 6. Los Residentes en el extranjero. Mediante Decreto Supremo se podran establecer otras excepciones. Toda documentacion presentada por el personal exceptuado, debera ser centralizada y remitida a las Juntas de Calificacion y Seleccion de acuerdo a la normatividad interna de cada Institucion Armada, para ser verificada y constatada en las diferentes instituciones responsables de la emision de las mismas; en caso de encontrar irregularidades en la documentacion presentada, se realizaran las denuncias pertinentes. Para tal caso, las Juntas de Calificacion y Seleccion dispondran de hasta quince (15) dias calendario para emitir sus resultados. Articulo 42º.- Del impedimento El inscrito que resulte "No Seleccionado" o "Exceptuado" para el Servicio en el Activo, esta impedido de postular a las Escuelas de Formacion de las Instituciones Armadas, Policia Nacional de Peru, Escuela Nacional de MORDAZA Mercante, Instituto Nacional Penitenciario y otras dependencias publicas que asi lo estimen conveniente, debiendo las Instituciones MORDAZA indicadas, solicitar dicha informacion a la Oficina Central de Registro Militar del Ministerio de Defensa, para los procesos de admision. Articulo 43º.- Del cambio de categoria en su calificacion Los inscritos que consideran tener derecho a cambiar su categoria de calificacion (Seleccionados, No Seleccionados, Exceptuados) del Servicio Militar, deberan presentar ante la Junta de Calificacion y Seleccion los documentos probatorios senalados en el articulo 44º del presente Reglamento. Tambien estan facultados para realizar este tramite los Directores de los Centros de Readaptacion, asi como los guardadores, tutores, curadores y quienes ejerzan la patria potestad de personas con discapacidad fisica o mental. Articulo 44º.- De los requisitos para el cambio de categoria en su calificacion Para tal efecto, los comprendidos en el articulo anterior o sus representantes legales, deberan presentar ante la Junta de Calificacion y Seleccion, lo siguiente: 1. MORDAZA de Inscripcion Militar. 2. Certificado medico que acredite su actual situacion fisica o mental visado por el Ministerio de Salud o MORDAZA certificada de la sentencia judicial firme 3. Para los que se encuentran cumpliendo pena privativa de la MORDAZA, la Hoja de Datos Personales (Anexo Nº 3) debidamente llenada, anotando la duracion de la condena impuesta y el Certificado de Antecedentes Penales emitido por el Poder Judicial. 4. Quien mantenga obligaciones familiares de caracter excepcional, la documentacion sustentatoria correspondiente legalizada por Notario Publico. 5. Certificado de estudios actualizado, visado por el Ministerio de Educacion. 6. Certificado Unico Laboral o MORDAZA de Alta del T-Registro con un record laboral no menor de seis meses, segun sea el caso.

Las Oficinas de Registro Militar actualizaran su base de datos a traves de la Oficina Central de Registro Militar del Ministerio de Defensa, adicionalmente dichas Oficinas atenderan personalmente y via Internet mantendran un acceso que permita al ciudadano actualizar sus datos a traves de su MORDAZA institucional. CAPITULO III DE LA CALIFICACION Y SELECCION Articulo 37º.- De la finalidad de la Calificacion y Seleccion La Calificacion y Seleccion es el MORDAZA por el cual se determina la condicion somatica del inscrito y la condicion psicofisica del seleccionado para prestar el Servicio en el Activo o en la Reserva; asi como a los exceptuados del Servicio Militar. Articulo 38º.- Del MORDAZA de Calificacion y Seleccion La Calificacion y Seleccion de los inscritos se MORDAZA en el lugar y fecha de la inscripcion teniendo en cuenta los aspectos siguientes: 1. Aptitud somatica. 2. Aptitud psicofisica, de acuerdo a lo normado por cada Institucion Armada. 3. Grado de Instruccion. 4. Ocupacion. 5. Destrezas o habilidades afines a las del Servicio Activo. Articulo 39º.- Del seleccionado Se calificara como "Seleccionado" al inscrito que reuna las condiciones idoneas para el Servicio en el activo de conformidad a lo establecido en el articulo anterior. Los Seleccionados que no se incorporen al Servicio en el Activo formaran parte de la Reserva de apoyo o disponible, segun corresponda. Articulo 40º.- Del no seleccionado Se calificara como "No Seleccionado" al inscrito que no reuna las condiciones idoneas para el Servicio en el activo, de conformidad con el articulo 38º del presente Reglamento. Este personal pasara a formar parte de la Reserva disponible. Articulo 41º.- Del exceptuado a) Se calificara como "Exceptuado" al inscrito que esta impedido de servir en el Activo o la Reserva, en los siguientes casos: 1. Quien adolece de incapacidad fisica o mental de caracter permanente o enfermedad incurable que lo imposibilite para llevar MORDAZA o desempenar otras funciones que la Defensa Nacional exija. 2. Quien se encuentre cumpliendo pena privativa de MORDAZA efectiva. 3. Quien mantenga obligaciones familiares de caracter excepcional debidamente sustentadas ante la Junta de Calificacion y Seleccion correspondiente, pudiendo en el tiempo revertir su categoria de calificacion. 4. Los inscritos de las Oficinas de Registro Militar de las Oficinas Consulares. b) Estan exceptuados de prestar Servicio Militar Acuartelado, los elegidos por sorteo teniendo en cuenta lo siguiente: 1. Los que adolecen de discapacidad fisica o mental grave o permanente, deberan acreditarlo mediante Certificado Oficial del Ministerio de Salud (MINSA) con una antiguedad no mayor de tres (03) meses o la Resolucion del Consejo Nacional para la Integracion de la persona con Discapacidad (CONADIS) correspondiente. 2. Los que cumplen pena privativa de la libertad; para lo cual se solicitara dicha informacion al Poder Judicial. 3. Los que acrediten ser responsables del sostenimiento del hogar, deberan presentar los documentos siguientes: a. DNI del hijo (o de los hijos). b. Partida de matrimonio civil o Testimonio de Escritura Publica de Declaracion de Union de Hecho. c. Certificado de supervivencia de los hijos y/o padres emitido por la Policia Nacional y/o gobernador de la localidad.

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