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El Peruano Lunes 3 de junio de 2013 496412 Autorizan Transferencia de Partidas y Transferencia Financiera en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, para el financiamiento de la continuidad de ejecución de proyectos de inversión pública de saneamiento urbano DECRETO SUPREMO Nº 110-2013-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el literal a) del artículo 4 de la Ley Nº 27792, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, establece que es función del Ministerio diseñar, normar y ejecutar la política nacional y acciones del sector en materia de vivienda, urbanismo, construcción y saneamiento; así como, ejercer competencias compartidas con los gobiernos regionales y locales en materia de urbanismo, desarrollo urbano y saneamiento, conforme a Ley; Que, el numeral 11.1 del artículo 11 de la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, establece que los recursos públicos asignados en los presupuestos institucionales de las entidades del Gobierno Nacional para la ejecución de proyectos de inversión en los gobiernos regionales o los gobiernos locales, se transfi eren bajo la modalidad de modifi cación presupuestaria en el nivel institucional, aprobada mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro del sector correspondiente y por el Ministro de Economía y Finanzas, previa suscripción del convenio correspondiente; y en el caso que el proyecto de inversión pública sea ejecutado por empresas públicas, los recursos son transferidos fi nancieramente, mediante Decreto Supremo, en cualquier fuente de fi nanciamiento, previa suscripción del convenio y se administran en las cuentas del Tesoro Público, conforme lo disponga la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público; Que, el numeral 11.2 del referido artículo, señala que previamente a la transferencia de recursos, los proyectos de inversión pública deben contar con viabilidad en el marco del Sistema Nacional de Inversión Pública (SNIP); y que las transferencias de recursos que se efectúen en el marco de dicha disposición sólo se autorizan hasta el segundo trimestre del año 2013; asimismo, dispone que cada pliego presupuestario del Gobierno Nacional es responsable de la verifi cación y seguimiento, lo que incluye el monitoreo fi nanciero de los recursos, el cumplimiento de las acciones contenidas en el convenio y en el cronograma de ejecución del proyecto de inversión pública, para lo cual realiza el monitoreo correspondiente; Que, el artículo 80 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304- 2012-EF, establece, entre otros, que las entidades que tengan a cargo programas presupuestales pueden realizar modifi caciones a nivel institucional con cargo a los recursos asignados a los programas presupuestales siempre que el pliego habilitado tenga a su cargo productos o proyectos del mismo programa; señalando que dichas transferencias se realizan mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas, previo informe favorable de la Dirección General de Presupuesto Público; Que, a través del Memorando Nº 187-2013-VIVIENDA/ VMCS/PNSU/1.3, la Jefa de la Unidad de Monitoreo y Control del Programa Nacional de Saneamiento Urbano - PNSU, solicita al Jefe de la Unidad de Planeamiento, Presupuesto y Sistemas de Información del PNSU, previa disponibilidad presupuestal, gestionar el dispositivo que autorice las trasferencias de recursos a favor de diversas entidades, informando que dichos proyectos continúan en ejecución bajo el marco del Sistema Nacional de Inversión Pública y que se han suscrito las Adendas correspondientes a los Convenios suscritos con las Unidades Ejecutoras de los proyectos; Que, mediante Informe Nº 047-2013/VIVIENDAVMCS/ PNSU/3.2, el Jefe de la Unidad de Planeamiento, Presupuesto y Sistemas de Información del Programa Nacional de Saneamiento Urbano, informa que el fi nanciamiento requerido para la transferencia de recursos solicitada para atender la continuidad de proyectos de inversión pública en el ámbito urbano a favor de diversas entidades, se atenderá con cargo a la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, Genérica de Gasto 4: Donaciones y Transferencias, del Programa 0082: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Producto 3 000001: Acciones Comunes, Actividad 5 001777: Transferencia de Recursos para Agua y Saneamiento; Que, a través del Memorándum Nº 337-2013-VIVIENDA/ VMCS/PNSU/1.0, la Directora Ejecutiva (e) del Programa Nacional de Saneamiento Urbano del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, en el marco de lo dispuesto por el artículo 11 de la Ley Nº 29951, solicita gestionar el dispositivo que autorice la transferencia de recursos antes citada, para fi nanciar la continuidad de proyectos de inversión pública de saneamiento en el ámbito urbano, con cargo a los recursos previstos en el presupuesto de la Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, precisando que dichos proyectos se encuentran en ejecución en el marco del Sistema Nacional de Inversión Pública y cuentan con las Adendas a los Convenios suscritos; Que, con el Memorándum Nº 814-2013/VIVIENDA- OGPP, la Ofi cina General de Planifi cación y Presupuesto del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, hace suyo el Informe Nº 121-2013/VIVIENDA-OGPP- UPTO, de la Unidad de Presupuesto de la citada Ofi cina General, por el cual, la referida Unidad, emite opinión favorable y propone un proyecto de Decreto Supremo que autoriza una Transferencia de Partidas de la Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano a favor de diversos Pliegos, para el fi nanciamiento de la continuidad de ejecución de proyectos de inversión pública de saneamiento urbano declarados viables en el marco del Sistema Nacional de Inversión Pública, así como, una Transferencia Financiera a favor de diversas Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento, para el fi nanciamiento de la continuidad de ejecución de proyectos de inversión pública declarados viables en el marco del Sistema Nacional de Inversión Pública, para lo cual se han suscrito las Adendas correspondientes a los Convenios, señalando, que de la revisión efectuada a la información registrada en el Módulo de Procesos Presupuestarios 2013 de la Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, se ha verifi cado que cuenta con disponibilidad presupuestal en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios para fi nanciar las transferencias de recursos requeridas; en mérito de lo cual, con Ofi cio Nº 829-2013-VIVIENDA/SG, el referido Ministerio solicita la transferencia de los recursos correspondientes; Que, en consecuencia resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas a favor diversos Gobiernos Locales por la suma de VEINTIOCHO MILLONES SETENTA Y UN MIL SETECIENTOS OCHENTA Y OCHO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 28 071 788,00), con cargo a la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios del Presupuesto Institucional 2013 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, para el fi nanciamiento de la continuidad de ejecución de siete (07) proyectos de inversión pública de saneamiento urbano; y Transferencias Financieras a favor de la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento de Lambayeque S.A. - EPSEL S.A. y del Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima S.A. - SEDAPAL S.A., por la suma de CIENTO VEINTIDÓS MILLONES TRESCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y SIETE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 122 366 557,00), para el fi nanciamiento de la continuidad de ejecución de dos (02) proyectos de inversión pública de saneamiento urbano, en el marco de lo señalado en el artículo 11 de la Ley Nº 29951; De conformidad con lo establecido por el artículo 11 de la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013 y el artículo 80 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF; DECRETA: Artículo 1º.- Objeto 1.1. Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013,