Norma Legal Oficial del día 03 de junio del año 2013 (03/06/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano Lunes 3 de junio de 2013

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S.A. y del Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de MORDAZA S.A. - SEDAPAL S.A., para el financiamiento de la continuidad de ejecucion de 02 proyectos de inversion publica de saneamiento MORDAZA, que se detallan en el Anexo II "Transferencias Financieras para el financiamiento de la continuidad de ejecucion de Proyectos de Inversion Publica de Saneamiento Urbano". 3.2.- La transferencia financiera autorizada por el presente Decreto Supremo se realizara con cargo al presupuesto aprobado en el presente Ano Fiscal del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento MORDAZA, Categoria Presupuestal 0082: Agua y Saneamiento para la Poblacion MORDAZA, Producto 3.000001: Acciones Comunes, Actividad 5.001777: Transferencias de Recursos para Agua y Saneamiento MORDAZA, Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios. Articulo 4º.- Limitacion al uso de los recursos Los recursos de las transferencias a que hacen referencia los articulos 1 y 3 del presente Decreto Supremo, no podran ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Articulo 5º.- Informacion Los Pliegos habilitados informaran al Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, la desagregacion de los recursos autorizados en el articulo 1 de la presente norma; asi mismo, conjuntamente con las entidades prestadoras de servicios de saneamiento, los avances fisicos y financieros de la ejecucion de los proyectos a su cargo, con relacion a su cronograma de ejecucion y a las disposiciones contenidas en las Adendas a los Convenios, para efectos de las acciones de verificacion y seguimiento a que se refiere el articulo 11 de la Ley Nº 29951. Articulo 6º.- Publicacion de Anexos Los Anexos I y II a que se refieren el numeral 1.2 del articulo 1 y el numeral 3.1 del articulo 3 del presente Decreto Supremo, se publican en el MORDAZA Institucional del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento (www. vivienda.gob.pe), en la misma fecha de la publicacion de la presente MORDAZA en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 7º.- Del Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento y por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los dos dias del mes de junio del ano dos mil trece. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA RUBIO Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento 945012-2

hasta por la suma de S/. 28 071 788,00 (VEINTIOCHO MILLONES SETENTA Y UN MIL SETECIENTOS OCHENTA Y OCHO Y 00/100 NUEVOS SOLES), para el financiamiento de la continuidad de ejecucion de siete (07) proyectos de inversion publica de saneamiento MORDAZA, de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA: SECCION PRIMERA PLIEGO En Nuevos Soles : Gobierno Central

037 : Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento UNIDAD EJECUTORA 004 : Programa Nacional de Saneamiento MORDAZA PROGRAMA PRESUPUESTAL 0082 : Programa Nacional de Saneamiento MORDAZA PRODUCTO 3 000001 : Acciones Comunes ACTIVIDAD 5 001777 : Transferencia de Recursos para Agua y Saneamiento MORDAZA FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO DE CAPITAL 2.4. Donaciones y Transferencias 28 071 788,00 =========== TOTAL EGRESOS 28 071 788,00 =========== En Nuevos Soles Instancias Descentralizadas : Gobiernos Locales

A LA: SECCION MORDAZA PLIEGOS PROGRAMA PRESUPUESTAL

0082 : Programa Nacional de Saneamiento MORDAZA FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO DE CAPITAL 2.6. Adquisicion de Activos no Financieros 28 071 788,00 =========== TOTAL EGRESOS 28 071 788,00 ===========

1.2. Los Pliegos habilitados en la seccion primera del presente articulo y los montos de transferencia por Pliego y proyecto, se detallan en el Anexo I "Transferencia de Partidas para el financiamiento de la continuidad de ejecucion de Proyectos de Inversion Publica de Saneamiento Urbano" que forma parte integrante del presente Decreto Supremo. Articulo 2º.- Procedimiento para la Aprobacion Institucional 2.1 El Titular de los Pliegos habilitador y habilitados en la presente Transferencia de Partidas aprueba mediante Resolucion, la desagregacion de los recursos autorizados en el articulo 1 de la presente MORDAZA, a nivel programatico, dentro de los cinco (5) dias calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. MORDAZA de la Resolucion sera remitida dentro de los cinco (5) dias de aprobada a los organismos senalados en el numeral 23.2 del articulo 23 del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF. 2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, solicitara a la Direccion General de Presupuesto Publico las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporacion de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, instruira a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificacion Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Articulo 3º.- Autoriza Transferencia Financiera 3.1.- Autorizase la Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento MORDAZA, hasta por la suma de S/. 122 366 557,00 (CIENTO VEINTIDOS MILLONES TRESCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y SIETE Y 00/100 NUEVOS SOLES), a favor de la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento de MORDAZA S.A. - EPSEL

Aprueban Escala Remunerativa del Instituto Nacional de Radio y Television del Peru - IRTP
DECRETO SUPREMO Nº 111-2013-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el literal a) del numeral 1 de la Sexagesima Octava Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, exonera de la aplicacion de la prohibicion en materia de ingresos de personal prevista en el articulo 6º de la misma ley; entre otras entidades, al Instituto Nacional de Radio y Television del Peru - IRTP, para la aprobacion de una escala remunerativa, disponiendo que dicha accion se aprueba mediante decreto supremo, a solicitud del pliego o sector

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