Norma Legal Oficial del día 03 de junio del año 2013 (03/06/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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SEGUNDA.- El Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil (RENIEC) brindara la informacion de Identidad del ciudadano a las Oficinas de Registro Militar de las Instituciones Armadas y del Ministerio de Relaciones Exteriores para efectos de Inscripcion Militar de los Peruanos, hombres y mujeres en edad militar. TERCERA.- El Ministerio del Interior, por intermedio de la Policia Nacional del Peru, brindara la informacion necesaria a cada una de las Instituciones Armadas para la obtencion de los antecedentes policiales de los peruanos en edad militar, que se presenten al servicio militar. CUARTA.- Las instituciones Armadas realizaran el tamizaje en el area de TBC, VIH, SIDA y Salud Mental para determinar su personal apto para el Servicio Militar. Asimismo, deberan proporcionar al Ministerio de Salud (MINSA) la relacion del personal que son declarados inaptos para los fines sanitarios correspondientes. QUINTA.- Los diferentes Sectores y Organismos del Estado, estan en la obligacion de prestar apoyo en el desarrollo de todas las actividades del MORDAZA del Servicio Militar, debiendo presupuestar los gastos que anualmente demande su cumplimiento. SEXTA.- Las diferentes entidades del Sector Publico y Privado, estan obligadas a poner en conocimiento del personal que labora en ellas, los comunicados que sobre la Ley y el presente Reglamento se emitan o publiquen en los distintos medios de comunicacion social. SETIMA.- Para obtener el duplicado de la MORDAZA por Tiempo de Servicio que tiene valor oficial para realizar el tramite de reconocimiento de tiempo de servicios en la administracion publica, el solicitante debe pagar la tasa equivalente al 0.3% de la UIT en el Banco de la Nacion a nombre y codigo de la Institucion Armada en que realizo el Servicio Militar. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS TRANSITORIAS PRIMERA.- Del sistema digitalizado de captacion de imagenes Mientras las Oficinas de Registro Militar no dispongan de informacion de la base de datos del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil (RENIEC) y no cuenten con el sistema digitalizado de captacion de imagenes, el personal que acude a cumplir con su deber de inscribirse en el Registro Militar debera presentar dos (02) fotos de frente y una (01) fotografia de perfil tamano carne, a MORDAZA y en fondo MORDAZA a fin de ser empleadas en la Hoja de Registro y la MORDAZA de Inscripcion Militar. SEGUNDA.- Para el personal de Tropa con contrato de reenganche vencido en el ano 2013 o que este por vencerse en el presente ano que tenga entre 26 y 30 anos de edad El Personal de Tropa con contrato de reenganche que venza durante el ano 2013 y que MORDAZA tenido entre 26 y 30 anos de edad cumplidos al 10 de diciembre del 2012, podra acceder de manera excepcional y por unica vez a un MORDAZA periodo de reenganche y continuar o regresar al servicio activo en dicha condicion, unicamente hasta el 31 de diciembre del 2013, de acuerdo a los requisitos y condiciones que determine para tal efecto cada Institucion Armada. TERCERA.- Para el personal Reenganchado entre los 26 y 30 anos de edad El personal del Servicio Militar entre 26 y 30 anos de edad cumplidos al 10 de diciembre del 2012, que se encuentre en condicion de reenganchado y cuyo contrato tenga vigencia al 31 de diciembre de 2013; podra, por unica vez, acceder en el presente ano, a la jerarquia de personal subalterno en la clasificacion de personal procedente del Servicio Militar, de acuerdo a los requisitos y condiciones que determine para tal efecto cada Institucion Armada. Esta disposicion alcanza al personal involucrado en la MORDAZA Disposicion Transitoria del presente Reglamento. DISPOSICION COMPLEMENTARIA DEROGATORIA UNICA.- Derogatoria Quedan expresamente derogados a partir de la vigencia del presente Decreto Supremo, el Decreto Supremo Nº 021-2009-DE-SG y todas las disposiciones legales o administrativas que se le opongan o contradigan. 945014-1

El Peruano Lunes 3 de junio de 2013

ECONOMIA Y FINANZAS
Autorizan Transferencia de Partidas a favor del Gobierno Regional del departamento de MORDAZA y diversos Gobiernos Locales en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013 para Proyectos de inversion publica de infraestructura vial
DECRETO SUPREMO Nº 109-2013-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, se aprueban, entre otros, los creditos presupuestarios correspondientes a los pliegos presupuestarios del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales; Que, en el Presupuesto Institucional del Pliego 036 Ministerio de Transportes y Comunicaciones para el Ano Fiscal 2013, Unidad Ejecutora 010 Provias Descentralizado, se han asignado recursos publicos para la ejecucion de proyectos de inversion publica, relacionados a la construccion, mejoramiento y rehabilitacion de carreteras y caminos vecinales a cargo de Gobiernos Regionales o Gobiernos Locales; Que, el numeral 11.1 del articulo 11 de la Ley Nº 29951, establece que en el Ano Fiscal 2013, los recursos publicos asignados en los presupuestos institucionales de las entidades del Gobierno Nacional para la ejecucion de proyectos de inversion en los Gobiernos Regionales o los Gobiernos Locales se transfieren bajo la modalidad de modificacion presupuestaria en el nivel institucional, aprobada mediante decreto supremo, refrendado por el ministro del sector correspondiente y el Ministro de Economia y Finanzas, previa suscripcion de convenio; Que, el numeral 11.2 del articulo 11 de la citada Ley senala que previamente a la transferencia de recursos, los proyectos de inversion publica deben contar con viabilidad en el MORDAZA del Sistema Nacional de Inversion Publica (SNIP); y que las transferencias de recursos que se efectuen en el MORDAZA de la presente disposicion solo se autorizan hasta el MORDAZA trimestre del ano 2013. Asimismo, dicho numeral dispone que cada Pliego Presupuestario del Gobierno Nacional es responsable de la verificacion y seguimiento del cumplimiento de las acciones contenidas en el convenio y en el cronograma de ejecucion del proyecto de inversion publica, para lo cual realiza el monitoreo correspondiente; Que, el articulo 80 del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, establece, entre otros, que las entidades que tengan a cargo programas presupuestales pueden realizar modificaciones a nivel institucional con cargo a los recursos asignados a los programas presupuestales siempre que el pliego habilitado tenga a su cargo productos o proyectos del mismo programa; senalando que dichas transferencias se realizan mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas, previo informe favorable de la Direccion General de Presupuesto Publico; Que, mediante el Memorando Nº 419-2013-MTC/21, el Director Ejecutivo (e) del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Descentralizado ­ Provias Descentralizado, informa que en el Presupuesto Institucional del Ano 2013 de la Unidad Ejecutora 010 Provias Descentralizado, se tiene los recursos presupuestales para ser transferidos al Gobierno Regional del Departamento de MORDAZA y diversos Gobiernos Locales, bajo la modalidad de modificacion presupuestaria, segun lo dispuesto en el articulo 11 de la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, para la ejecucion de proyectos de inversion publica de infraestructura vial, precisando que los mismos cuentan con viabilidad en el Sistema Nacional de Inversion Publica y con los convenios debidamente suscritos entre las entidades respectivas;

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