Norma Legal Oficial del día 06 de junio del año 2013 (06/06/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 88

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PROYECTO
a) En el caso de personas naturales:

El Peruano Jueves 6 de junio de 2013

9. Obligaciones y compromisos a cargo de los postores y asignatario de una frecuencia o canal. 10. Plazos para impugnar la descalificacion del postor. Las Bases seran aprobadas por resolucion de la Direccion de Autorizaciones. El cronograma del concurso podra ser modificado mediante un comunicado publicado en la pagina web del Ministerio. Las Bases seran aprobadas por Resolucion Directoral, previa conformidad del Viceministro de Comunicaciones, y seran publicadas en la pagina web del Ministerio, al dia siguiente de la publicacion del ultimo aviso de la convocatoria." "Articulo 44.- Participacion de veedores Conforme a lo dispuesto en el articulo 16 de la Ley, el CONCORTV participa en calidad de veedor, en los concursos publicos. Los Gobiernos Regionales de las localidades materia de concurso, participan en calidad de veedores en los Actos Publicos de Asignacion de Frecuencias. Efectuada la convocatoria, la Direccion de Autorizaciones notificara a las entidades MORDAZA indicadas para que designen sus respectivos representantes. Su no participacion no invalidara el concurso publico." "Articulo 45.- Otorgamiento de las autorizaciones El otorgamiento de las autorizaciones se regira por las siguientes reglas: 1. Dentro de los quince (15) dias de efectuada la publicacion a que se refiere el numeral 7 del articulo 43-A, el asignatario de la frecuencia o MORDAZA debera cancelar el monto de su oferta economica y del derecho de publicacion. Dicho plazo es improrrogable. 2. Dentro de los quince (15) dias de efectuado el pago de la oferta economica, la Direccion de Autorizaciones, sobre la base del informe a que se refiere el numeral 4 del citado articulo y el Acta del Acto Publico de Asignacion de Frecuencias, emitira un informe recomendando el otorgamiento de la autorizacion, y elevara los actuados al Viceministro de Comunicaciones, quien procedera a expedir la respectiva resolucion. 3. La resolucion de autorizacion contendra, ademas de lo senalado en el articulo 23, el requerimiento de pago del canon anual, dentro del plazo y siguiendo el procedimiento establecido en el articulo 38. 4. En caso de incumplimiento del pago de la oferta economica en el plazo indicado en el numeral 1 del presente articulo, la Direccion de Autorizaciones ordenara se proceda a la ejecucion de la carta fianza otorgada para la localidad y banda de frecuencia materia de autorizacion." "Articulo 46.- Disponibilidad de frecuencias 1. Dentro de los 10 dias de culminado el MORDAZA de otorgamiento de autorizaciones por concurso publico, la Direccion de Autorizaciones informara al Viceministro de Comunicaciones los resultados del mismo y publicara en la pagina Web del Ministerio, la relacion de localidades y bandas de frecuencias declaradas desiertas, asi como las frecuencias o MORDAZA que no fueron asignados, conjuntamente con los motivos de ello. 2. De existir disponibilidad de frecuencias en aquellas localidades y bandas de frecuencias a las que se refiere el articulo 40, su asignacion se efectuara por Concurso Publico. 3. En el plazo MORDAZA de seis (6) meses, contados desde la fecha de publicacion en la pagina web del Ministerio de la relacion de localidades y bandas de frecuencias declaradas desiertas, se debera convocar a un MORDAZA Concurso Publico para su asignacion." "Articulo 48.- Requisitos de la solicitud. La solicitud de autorizacion debera presentarse acompanando la siguiente documentacion. 1. Documentacion legal:

a.1) MORDAZA simple del documento de identidad. a.2) Hoja de datos personales. a.3) Declaracion jurada de no estar incurso en la prohibicion del articulo 22 de la Ley e impedimentos del articulo 25. a.4) MORDAZA del certificado de antecedentes penales o declaracion jurada de no haber sido condenado a pena privativa de MORDAZA de cuatro (4) o mas anos, por delito doloso. a.5) Declaracion jurada de no encontrarse inhabilitado de contratar con el Estado, por resolucion con autoridad de cosa decidida. b) En caso de personas juridicas: b.1. Ficha o Partida Registral, expedida por la Oficina de Registros Publicos respectiva, con una antiguedad no mayor de seis (6) meses a la fecha de MORDAZA de la solicitud, donde conste la inscripcion y el representante legal. En caso de Comunidades Nativas o Campesinas, MORDAZA del documento que las acredite como tales. b.2. Documento legal donde conste que el objeto o finalidad de la persona juridica sea dedicarse a prestar el servicio de radiodifusion, o el acuerdo de realizar dicha prestacion. b.3. MORDAZA simple del documento de identidad del representante legal o del representante de la Comunidad MORDAZA o Campesina. b.4. Declaracion jurada consignando la relacion de los miembros. b.5. Declaracion jurada, suscrita por el representante legal, de no estar incursa en la prohibicion del articulo 22 de la Ley y no encontrarse inhabilitada de contratar con el Estado, por resolucion con autoridad de cosa decidida. b.6. La documentacion indicada en los literales b.6), b.7), b.8) y b.9) del articulo 29, sera presentada por los accionistas, socios, asociados, titular, representante legal, apoderados que cuenten con poder amplio y general o con facultades especificas relacionadas con actividades referentes al servicio de radiodifusion, y por los directores, respectivamente. En caso de comunidades nativas y campesinas, dicha documentacion, sera presentada por su representante, a nombre de la directiva u organo que haga sus veces. Tratandose de personas juridicas, en la MORDAZA de los documentos MORDAZA indicados se tendra en consideracion lo siguiente: i. De contar la persona juridica solicitante con participacion extranjera, se considerara lo senalado en el articulo 24 de la Ley y el numeral 5 del articulo 26. ii. Las universidades publicas, gobiernos regionales y locales deberan presentar el documento donde conste el acuerdo del organo facultado, por el cual la entidad preste el servicio de radiodifusion, en tanto que la documentacion consignada en el literal b.6) del presente articulo debera ser presentada por su representante legal 2. Documentacion tecnica: a. Perfil del proyecto tecnico del servicio a implementar, conforme formato aprobado por el Ministerio, autorizado por ingeniero colegiado de la especialidad, habilitado a la fecha de MORDAZA de la solicitud. b. Plano a escala 1/10,000 o MORDAZA de la Municipalidad, indicando la ubicacion de la planta, para el caso de localidades fronterizas. Este requisito no es exigible, en aquellos casos en que se comparta infraestructura con una estacion radiodifusora previamente autorizada en la misma direccion. c. En caso que se comparta la infraestructura de una estacion radiodifusora previamente autorizada, el documento donde conste el acuerdo de comparticion de infraestructura. 3. Proyecto de comunicacion indicando, de manera generica, el MORDAZA de programacion que sera emitida

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