Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE JUNIO DEL AÑO 2013 (06/06/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 80

El Peruano Jueves 6 de junio de 2013 496650 sobre el incumplimiento de las condiciones de seguridad y el plazo para su subsanación el cual no podrá exceder los cinco (5) días. Luego, el inspector en el plazo acordado con el administrado, ejecuta la diligencia de Levantamiento de Observaciones. En caso que el administrado no solicite el levantamiento de observaciones, La Jefatura de defensa Civil, emite Informe Técnico de no aprobado, notifi ca el resultado al administrado y se da por fi nalizado el procedimiento de licencia de funcionamiento. 10.10 La Jefatura de defensa Civil, remite una copia de la notifi cación del Informe Técnico al expediente y lo envía a la Sub Gerencia de Comercialización y Licencias, quien proyecta y fi rma la Resolución de improcedente; entrega la resolución al administrado y archiva expediente. Para el caso de Establecimientos mayores de 500 m2 10.11. El Sub Gerente de Comercialización y Licencias registra, evalúa y aprueba la Licencia de Funcionamiento, previo a ello remite el expediente a la Subgerencia de Catastro y Habilitaciones Urbanas para su informe con relación a la ubicación del anuncio y de ser el caso a la Subgerencia de Obras Privadas y Control urbano para la evaluación de las condiciones Estructurales y de Seguridad del toldo. Artículo 11º.- CARÁCTER OPTATIVO La autorización conjunta para la instalación de anuncio simple adosado a Fachada o toldo es de carácter optativo y podrá ser tramitada a elección del solicitante, de forma conjunta y simultánea al otorgamiento de la Licencia de Funcionamiento del establecimiento. Para dicho fi n, el administrado consignará la información pertinente en el formato solicitud Declaración Jurada para Licencia de Funcionamiento, anuncio publicitario y/o toldo, que le será proporcionado por la Municipalidad gratuitamente. Dado que las autorizaciones descritas en el presente Título constituyen procedimientos vinculados y accesorios, el funcionamiento del local comercial para el cual se solicita autorización y teniendo este carácter indeterminado, la nulidad o cese de la Licencia de Funcionamiento acarreará la pérdida de vigencia de la autorización para la instalación de anuncio publicitario adosado a la fachada y/o toldo; ello, en tanto el establecimiento no obtenga una nueva Licencia de Funcionamiento y, siempre que no se modifi quen las características y/o condiciones de dichas autorizaciones. El incumplimiento de esta disposición estará sujeto a las sanciones y acciones administrativas descritas en el correspondiente Régimen de Aplicación de Sanciones Administrativas. Artículo 12º.- PLAZO DE EMISIÓN CONJUNTA DE LICENCIA, ANUNCIOS Y/O TOLDOS Para la emisión conjunta de Licencia de Funcionamiento y autorización para la instalación de anuncio simple adosado a fachada o toldo, el plazo de otorgamiento se realizara en un plazo máximo de 15 (quince)días hábiles. Artículo 13º- VIGENCIA INDETERMINADA La autorización para la instalación de anuncio simple adosado a fachada o toldo regulado en la presente Ordenanza tiene vigencia indeterminada, salvo que se modifi quen las características del anuncio o toldo. El otorgamiento de la autorización genera la obligación del administrado de cumplir las condiciones en que ésta es otorgada, tales como mantener inalterables las características esenciales del anuncio o toldo, las condiciones de seguridad, buen estado de conservación o la de informar de cualquier variación o daño que pudiera sufrir. El incumplimiento de dichas disposiciones dará lugar a al imposición de sanciones administrativas y a la nulidad de la autorización otorgada. En cualquier caso, el cese de actividades, la pérdida de vigencia o revocatoria de la Licencia de Funcionamiento, devendrá en la correspondiente caducidad de la autorización para la instalación de anuncio publicitario y/o toldos. Artículo 14°- ÓRGANOS COMPETENTES Son órganos competentes para la tramitación de los procedimientos regulados en la presente Ordenanza, los siguientes: a.- La Sub Gerencia de Tramite Documentario y Archivo General, a través de la cual se reciben las solicitudes de Licencia de Funcionamiento y se derivan al órgano ejecutor. b-. La Subgerencia de Comercialización y Licencias es el órgano competente para resolver los procedimientos de las solicitudes de autorización conjunta de Licencia de Funcionamiento, Anuncios publicitarios y/o toldos y a su vez resuelve el Recurso de Reconsideración. c.- La Jefatura de Defensa Civil, quien emitirá el Certifi cado de inspección técnica de Seguridad en Defensa Civil cuando sea el caso. d.- La Subgerencia de Catastro y Habilitaciones Urbanas, quien emitirá informe técnico sobre la procedencia de la ubicación del anuncio publicitario. e.- La Subgerencia de Obras Privadas y Control Urbano, quien emitirá informe técnico sobre las condiciones estructurales y de Seguridad el Toldo. e.- La Gerencia de Rentas encargada de resolver el recurso impugnativo de Apelación DISPOSICIONES FINALES Y COMPLEMENTARIAS Primera.- Entrada en Vigencia La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Segunda.- Derogatoria Genérica La presente Ordenanza deroga toda norma que se le oponga o contradiga, en la jurisdicción del Distrito de Santa Anita. Tercera.- Normas Complementarias y Reglamentarias.- Facúltese a la Alcaldesa de la Municipalidad Distrital de Santa Anita, para que mediante Decreto de Alcaldía, dicte normas complementarias y reglamentarias de la presente Ordenanza. Cuarta.- Gratuidad en la Obtención de Formularios Los formularios de solicitud exigidos para la tramitación de los procedimientos regulados por la presente Ordenanza, son de libre reproducción y distribución gratuita. Toda reproducción, para ser considerada válida, deberá respetar la calidad y dimensiones del original, debiendo ser copia fi dedigna del mismo. Los Módulos de atención podrán rechazar la admisión de formularios que no cumplan con lo dispuesto en este párrafo. Los formularios, así como los modelos de llenado de uso más frecuente, deberán estar a disposición del público usuario en los Módulos de atención y a través del portal electrónico de la Municipalidad: (http://www. munisantanita.gob.pe) Quinta.- Procedimientos en Trámite Los procedimientos iniciados con anterioridad a la entrada en vigencia de la presente Ordenanza, se regirán por la normativa anterior hasta su conclusión. Regístrese, plublíquese y cúmplase. LEONOR CHUMBIMUNE CAJAHUARINGA Alcaldesa 945797-1 Aprueban cronograma del Proceso del Presupuesto Participativo para el Año Fiscal 2014 en el distrito de Santa Anita DECRETO DE ALCALDÍA Nº 00003-2013/MDSA Santa Anita, 3 de junio de 2013