Norma Legal Oficial del día 06 de junio del año 2013 (06/06/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 87

El Peruano Jueves 6 de junio de 2013

PROYECTO

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solicitantes presentaran ademas una declaracion jurada en la que se detalle la relacion de personas eximidas de la obligacion, sus representantes, socios o accionistas segun formato aprobado. 31.2 En el caso de personas juridicas sin fines de lucro, cuando el numero de sus miembros sea superior a diez (10), la MORDAZA de los documentos MORDAZA indicados, estara a cargo unicamente de los miembros del consejo directivo u organo que haga sus veces. Igual criterio se aplicara cuando la persona juridica tenga la calidad de asociado de la persona juridica solicitante." "Articulo 32.- Admision de la solicitud El solicitante presentara su solicitud de otorgamiento de autorizacion al Ministerio, cumpliendo con los requisitos previstos en el articulo 29. Si faltase alguno de los requisitos exigidos, la administracion dejara expresa MORDAZA de ello, en la solicitud presentada o en una notificacion adjunta, otorgandole un plazo MORDAZA de cuarenta y ocho (48) horas para su subsanacion. Subsanada la omision, se entendera admitida la solicitud en la fecha en que se presentaron los requisitos faltantes. Cumplido el plazo otorgado sin que se hubiera efectuado la subsanacion respectiva, el organo competente considerara no admitida la solicitud y pondra a disposicion del interesado la documentacion presentada por el plazo de cuarenta y cinco (45) dias calendario, vencido el cual se procedera a su eliminacion. Una vez admitida la solicitud, no se podra modificar la localidad y banda de frecuencia solicitada. El Ministerio facilitara los mecanismos de seguimiento de las solicitudes de otorgamiento de autorizacion en linea." "Articulo 34.- Publicidad de la solicitud Admitida la solicitud conforme lo dispuesto en el articulo 29, se notificara al solicitante a efectos que publique un extracto de su solicitud, por unica vez, en el Diario Oficial El Peruano y en un diario de circulacion en la localidad materia del pedido o, en su defecto, en la provincia a la cual pertenece. Dichas publicaciones deberan observar el formato que apruebe la Direccion de Autorizaciones y presentarse dentro de un plazo de quince (15) dias, contado a partir del dia siguiente de efectuada la notificacion. Este plazo se entendera automaticamente prorrogado, por unica vez y por un plazo de diez (10) dias, con el pedido del solicitante ingresado MORDAZA del vencimiento del plazo inicial. El extracto de la publicacion debera contener, como minimo, la siguiente informacion: 1. Nombre del solicitante. 2. Modalidad del servicio. 3. Banda de frecuencia. 4. Localidad a servir. 5. Ubicacion de la planta transmisora. 6. Finalidad del servicio. En caso de incumplimiento en la MORDAZA de los extractos de las publicaciones dentro del plazo MORDAZA senalado, se denegara la solicitud." "Articulo 35.- Evaluacion de la solicitud Admitida la solicitud se inicia una etapa de evaluacion, cuyo plazo no podra ser superior a noventa (90) dias. En esta etapa, la administracion podra requerir la informacion y/o documentacion que considere necesaria para la emision de su informe, el que contendra la evaluacion efectuada y la recomendacion por el otorgamiento o la denegatoria de la solicitud presentada. De considerarse procedente la solicitud, el expediente conteniendo el informe y el proyecto de Resolucion Viceministerial respectivos seran remitidos al Viceministro de Comunicaciones, quien de considerarlo procedente, expedira la resolucion correspondiente. La denegatoria y el abandono de una solicitud seran declaradas mediante resolucion de la Direccion de Autorizaciones."

"Articulo 40.- Otorgamiento de autorizaciones por Concurso Publico Las autorizaciones del servicio de radiodifusion se otorgan obligatoriamente mediante Concurso Publico, cuando la cantidad de frecuencias o MORDAZA disponibles en una misma banda y localidad, es menor al numero de solicitudes admitidas. Asimismo, las nuevas autorizaciones para el servicio de radiodifusion por television se otorgaran por Concurso Publico. Excepcionalmente, siempre que no hubiera restricciones de espectro, se podra otorgar a pedido de parte, nuevas autorizaciones para la prestacion del servicio de radiodifusion por television con tecnologia analogica, cuando esta decision promueva el desarrollo del servicio en areas rurales, de preferente interes social o en zonas de frontera, de acuerdo a las condiciones, plazos y en las localidades que establezca el Ministerio." "Articulo 41.- Declaracion de las bandas y localidades en situacion de restriccion Dentro de los diez (10) dias siguientes de admitida la solicitud con la cual se configura la situacion prevista en el articulo precedente, la Direccion de Autorizaciones expedira una resolucion senalando que las autorizaciones de la respectiva banda de frecuencias y localidad seran otorgadas por Concurso Publico, debiendo publicarse en el Diario Oficial El Peruano. En un plazo MORDAZA de diez (10) dias, la Direccion de Autorizaciones denegara las solicitudes correspondientes a las bandas y localidades contenidas en la resolucion MORDAZA mencionada. Dicho plazo se computara a partir de la fecha de publicacion del resolutivo o de la MORDAZA de la solicitud, segun corresponda." "Articulo 42.- Publicacion de listado de localidades y bandas de frecuencias a concursar, conduccion de los Concursos Publicos y convocatoria En el mes de enero de cada ano, la Direccion de Autorizaciones publicara en la pagina Web del Ministerio, el listado de localidades y bandas de frecuencias materia de concursos publicos durante el respectivo ano. Los Concursos Publicos para el otorgamiento de autorizaciones del servicio de radiodifusion se realizan bajo la conduccion de la Direccion de Autorizaciones. La convocatoria se realizara a traves de avisos publicados por dos (2) dias consecutivos, en el diario oficial "El Peruano" y en un diario de circulacion en la localidad materia de la convocatoria o, en su defecto, en el respectivo departamento; asi como en la pagina web del Ministerio. La convocatoria contendra el cronograma del respectivo concurso." "Articulo 43.- Bases del concurso publico Las Bases del Concurso Publico contendran, como minimo, lo siguiente: 1. Cronograma. 2. Objeto. 3. Localidades y bandas. 4. Frecuencias o MORDAZA a ser asignados y potencias. 5. Documentos legales, tecnicos, economicos y el proyecto de comunicacion, los cuales seran como minimo los consignados en el articulo 29, segun se trate de persona natural o juridica. 6. Monto base de la propuesta economica. 7. Criterios y pautas para la evaluacion y calificacion de los postores y propuestas presentadas, asi como para la asignacion de puntaje y, de ser el caso, los documentos requeridos para ello. Tratandose de los concursos publicos a que se refiere el MORDAZA parrafo del articulo 40, la propuesta economica podra consistir en una oferta economica y/o en el desarrollo e implementacion de un proyecto integral para promover el desarrollo de la television digital terrestre, conforme a los criterios que se establezcan para tal fin. 8. Monto y plazo de vigencia de las cartas fianzas garantizando el pago de la propuesta economica.

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