Norma Legal Oficial del día 13 de junio del año 2013 (13/06/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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Articulo Tercero.- HACER de conocimiento de la Comision Calificadora designada para evaluar el PDI de la Universidad Nacional Autonoma de Alto Amazonas, la Observacion advertida en la Parte C; la misma que debera ser requerida a la Promotora ­ Ministerio de Educacion, a efectos de ser subsanada. Articulo Cuarto.- PROSIGASE con el tramite de la solicitud de Aprobacion del Proyecto de Desarrollo Institucional de la Universidad Nacional Autonoma de Alto Amazonas, bajo la Ley Universitaria - Ley N° 23733 y las normas que resulten aplicables de conformidad con la normatividad vigente del CONAFU. Articulo Quinto.- HACER de conocimiento a la Asamblea Nacional de Rectores de la presente Resolucion para los actos administrativos correspondientes. Registrese, comuniquese, publiquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente MORDAZA MORDAZA LA MORDAZA MORDAZA Secretaria General 948682-1

El Peruano Jueves 13 de junio de 2013

· Maestria en Educacion, Menciones: - Docencia y Pedagogia Universitaria - Psicologia Educativa - Psicopedagogia - Educacion Infantil - Didactica de la Literatura y Gestion Educativa Que, la Direccion General de Desarrollo Academico y Capacitacion, emite el informe de vistos, en el cual expresa que la documentacion remitida por la mencionada universidad, en relacion a la creacion y funcionamiento del programa academico citado precedentemente, cumple con las disposiciones establecidas en los articulos 24º y 92º, incisos e) y f), de la Ley Universitaria Nº 23733; por lo que, es de opinion favorable para que la Asamblea Nacional de Rectores emita la resolucion correspondiente; Que, mediante memorando de vistos, la Secretaria Ejecutiva dispone la elaboracion de una resolucion en la cual se declare que la Universidad Nacional de Ucayali, con sede en la MORDAZA de Pucallpa, ha cumplido con la normativa descrita en el considerando precedente, respecto a la creacion y funcionamiento del programa academico de posgrado descrito en el tercer considerando; Estando a la autorizacion de la Alta Direccion, y; De conformidad con la Ley Universitaria Nº 23733 y en uso de las atribuciones conferidas al Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores, en virtud de lo establecido en el Reglamento General de la Comision de Coordinacion Interuniversitaria; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Declarar que la Universidad Nacional de Ucayali, con sede en la MORDAZA de Pucallpa, ha cumplido con las disposiciones establecidas en los articulos 24º y 92º, incisos e) y f), de la Ley Universitaria Nº 23733, respecto a la creacion y funcionamiento del programa academico de posgrado siguiente: · Maestria en Educacion, Menciones: - Docencia y Pedagogia Universitaria - Psicologia Educativa - Psicopedagogia - Educacion Infantil - Didactica de la Literatura y Gestion Educativa Articulo 2°.- Registrese oficialmente en la Asamblea Nacional de Rectores lo resuelto en el articulo precedente, asimismo, dispongase la difusion de la presente Resolucion a la Direccion General de Desarrollo Academico y Capacitacion y a las Areas del Registro Nacional de MORDAZA y Titulos y Carnes Universitarios de la Secretaria General de la Institucion, para los fines que dispone la Ley. Articulo 3°.- Publiquese la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en la pagina web de la Institucion. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rector de la Universidad Nacional de MORDAZA y Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General de la Asamblea Nacional de Rectores 948681-1

ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES
Declaran que la Universidad Nacional de Ucayali ha cumplido lo dispuesto en la Ley Universitaria respecto a la creacion y funcionamiento de programa academico de posgrado
COMISION DE COORDINACION INTERUNIVERSITARIA RESOLUCION Nº 0753-2013-ANR MORDAZA, 14 de MORDAZA de 2013 EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES VISTOS: Los oficios Nº 179-2011-UNU-R, de fecha 15 de MORDAZA de 2011, Nº 531/2012-DEPG-UNU, de fecha 09 de noviembre de 2012, informe Nº 59-2013-DGDAC, de fecha 03 de MORDAZA de 2013, memorando Nº 363-2013SE, de fecha 08 de MORDAZA de 2013; y, CONSIDERANDO: Que, en el articulo 92º de la Ley Universitaria Nº 23733, se establecen las atribuciones especificas e indelegables de la Asamblea Nacional de Rectores, entre otras la de coordinar proporcionando informacion previa e indispensable, la creacion de carreras, titulos profesionales y de MORDAZA especialidad acordados por una Universidad y de las Facultades en que se hacen los estudios respectivos; asi como, tambien la de concordar en lo referente a los requisitos minimos exigibles para el otorgamiento de MORDAZA y titulos universitarios y a la unificacion de sus denominaciones, sin perjuicio de derecho privativo de cada Universidad a establecer los curricula y requisitos adicionales propios, instituido en los incisos e) y f); Que, por Resolucion Nº 1079-2008-ANR, de fecha 05 de diciembre de 2008, se aprobo la creacion y funcionamiento de la Escuela de Posgrado en la Universidad Nacional de Ucayali, con sede en la MORDAZA de Pucallpa, con los programas de Maestria en: Ciencias de la Computacion, Salud Publica, Medio Ambiente, Gestion Sostenible y Responsabilidad Social, y Gestion Publica; Que, mediante los oficios de vistos, el Rector de la Universidad Nacional de Ucayali remitio la Resolucion Nº 170-2011-UNU-CU-R, de fecha 25 de MORDAZA de 2011, por la cual se ratifico la creacion del programa de posgrado siguiente:

Declaran que la Universidad Femenina del Sagrado Corazon ha cumplido lo dispuesto en la Ley Universitaria respecto a la creacion y funcionamiento de programas de pre y posgrado, asi como la organizacion de su Estructura Organica
COMISION DE COORDINACION INTERUNIVERSITARIA RESOLUCION Nº 0754-2013-ANR MORDAZA, 14 de MORDAZA de 2013

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