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El Peruano Martes 25 de junio de 2013 498006 determinada, son sujetos obligados al pago del impuesto en calidad de responsables, los poseedores o tenedores, a cualquier título, de los predios afectos, sin perjuicio de su derecho a reclamar el pago a los respectivos contribuyentes”; Que, es necesario dictar las normas que regulen el procedimiento para la aplicación de lo dispuesto en la precitada Ordenanza; De conformidad con las facultades establecidas en el Artículo 109º de la Constitución Política del Perú y los Artículos 39º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, y con el voto unánime de los miembros del Concejo del Distrito de Santa María, se aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE DISPONE LA PRESENTACIÓN DE LA DECLARACIÓN JURADA EXTRAORDINARIA POR PARTE DE LOS CONTRIBUYENTES DISTRITO DE SANTA MARÍA Artículo Primero.- DISPONER que los Contribuyentes del distrito de Santa María estén obligados a presentar una DECLARACIÓN JURADA EXTRAORDINARIA dentro del período comprendido del día 17 de junio del 2013, hasta el 30 de agosto del 2013. Artículo Segundo.- PRECISAR que la DECLARACION JURADA EXTRAORDINARIA, es de cumplimiento obligatorio por los Contribuyentes de acuerdo a las normas Tributarias, el mismo que será tomado como DECLARACIÓN JURADA correspondiente al periodo 2013, en forma manual. Artículo Tercero.- DISPONER la aplicación de las multas, infracciones y sanciones establecidos en el TUO del Código Tributario D.S. Nº 135-1999-EF a quienes resultan responsables por el incumplimiento de la presente Ordenanza. Artículo Cuarto.- DISPONER el cumplimiento de la presente ordenanza a la Sub Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, Departamento de Fiscalización Tributaria y Departamento de Predios. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JUAN CARLOS GARCIA ROMERO Alcalde 954135-3 Aprueban el Reglamento de Baja de Oficio en el Registro de Contribuyentes de la Data Predial ORDENANZA Nº 009-2013-MDSM Santa María, 12 de junio del 2013 EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE SANTA MARÍA POR CUANTO: El Concejo Municipal de Santa María en Sesión Ordinaria de Concejo Municipal de fecha 12 de junio del 2013, con aprobación de dispensa de aprobación del acta; VISTO: El Informe Nº 185-2013-SGATR/MDSM referente a la Ordenanza que aprueba el Reglamento del Procedimiento de Baja de Ofi cio en el Registro de Contribuyente de la Municipalidad del Distrito de Santa María; CONSIDERANDO: Que, el artículo 191º de la Constitución Política del Perú señala que las municipalidades son órganos de Gobierno Local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Concejo Municipal cumple su función normativa, entre otros mecanismos, a través de las Ordenanzas Municipales, las cuales de conformidad con lo previsto por el Artículo 200, inciso 4), de la Constitución, tienen rango de Ley; Que, el artículo 88º del D.S. Nº 135-99-EF que aprueba el Texto de Único Ordenado del Código Tributario y sus modifi catorias, establece que la declaración tributaria es la manifestación de los hechos comunicados a la Administración Tributaria en la forma y lugar establecidos por ley o norma de rango similar; Que, el artículo 14º del D.S. Nº 156-2004-EF que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, establece que los contribuyentes están obligados a presentar declaración jurada cuando se efectúa cualquier transferencia de dominio de un predio, la cual deberá presentarse ante la Administración hasta el último día hábil del mes siguiente de producidos los hechos; Que, a la fecha se ha constatado la existencia de contribuyentes que procedieron a transferir sus predios o han dejado de ser titulares de los mismos, pero que no han cumplido con efectuar el descargo de inmueble a fi n de que se dé la baja del Sistema Predial. Situación que está originando la duplicidad de cuentas y por ende un estado irreal de las cuentas generadoras de ingresos tributarios, emitiéndose valores entre Ordenes de Pagos, Resoluciones de Determinación e incluso Cuponeras Prediales, en el domicilio del nuevo propietario, ocasionándole a este último perturbación y molestias; Que, en ese sentido se hace necesario establecer las disposiciones que reglamenten la baja de ofi cio de los predios del Sistema Predial, de los contribuyentes que no cumplen oportunamente con las obligaciones tributarias a su cargo; Que, mediante Informe Legal Nº 0111-2013-AL/ MDSM, de fecha 22 de mayo 2013, el Asesor Jurídico de la Municipalidad Distrital de Santa María, señala que la Directiva de Baja de Ofi cio, se encuentra dentro del marco legal y que además permitirá contar con un instrumento adecuado para que se pueda efectuar ordenadamente la baja de contribuyentes, coadyuvando de esta manera a mantener actualizado el Sistema Tributario. Obtener el sinceramiento de la deuda tributaria y evitar molestias innecesarias a los contribuyentes, por lo que resulta procedente su aprobación; De conformidad con las facultades establecidas en el Artículo 109º de la Constitución Política del Perú y los Artículos 39º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, y con el voto unánime de los miembros del Concejo del Distrito de Santa María, se aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE BAJA DE OFICIO EN EL REGISTRO DE LA DATA PREDIAL EN EL DISTRITO DE SANTA MARÍA Artículo Primero.- APRUÉBESE el Reglamento de Baja de Ofi cio en el Registro de Contribuyentes de la Data Predial en el Distrito de Santa María, el mismo que como anexo forma parte de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- DISPONER el cumplimiento de la presente Ordenanza, bajo responsabilidad funcional de la Sub Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, el Departamento de Predios y poner en conocimiento de la Sub Gerencia de Administración y Finanzas, el Área de Informática, el Departamento de Contabilidad y demás áreas de la Municipalidad Distrital de Santa María, la presente directiva, para los fi nes que correspondan de acuerdo a su competencia; Artículo Tercero.- DISPONER la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo Cuarto.- DISPONER que los anexos del Reglamento de Baja de Ofi cio en el Registro de Contribuyentes de la Data Predial en el Distrito de Santa María, se publiquen en la página web de la Municipalidad Distrital de Santa María, a través de la Ofi cina de Informática. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JUAN CARLOS GARCÍA ROMERO Alcalde 954135-4