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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE JUNIO DEL AÑO 2013 (25/06/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 33

El Peruano Martes 25 de junio de 2013 497995 en la causal prevista en el artículo 11, de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. TÁVARA CÓRDOVA PEREIRA RIVAROLA AYVAR CARRASCO LEGUA AGUIRRE VELARDE URDANIVIA Samaniego Monzón Secretario General 954230-4 Definen circunscripciones administrativo - electorales para el proceso de Nuevas Elecciones Municipales para la Municipalidad Metropolitana de Lima y Jurados Electorales Especiales, y establecen reglas para la proclamacion de resultados RESOLUCIÓN Nº 590-2013-JNE Lima, dieciocho de junio de dos mil trece VISTO el Memorando Nº 359-2013-DCGI/JNE, recibido el 10 de junio de 2013, mediante el cual la Dirección Central de Gestión Institucional del Jurado Nacional de Elecciones remite la propuesta de conformación de las circunscripciones administrativo-electorales y los respectivos Jurados Electorales Especiales, para el proceso de Nuevas Elecciones Municipales de Lima Metropolitana convocadas para el 24 de noviembre de 2013. CONSIDERANDOS 1. Mediante Decreto Supremo Nº 051-2013-PCM, publicado en el Diario Ofi cial El Peruano, con fecha 15 de mayo de 2013, el Presidente de la República convocó a nuevas elecciones municipales para la Municipalidad Metropolitana de Lima, para el 24 de noviembre de 2013, con la fi nalidad de elegir a veintidós autoridades municipales del Concejo Provincial de Lima, para completar el periodo de gobierno municipal 2011-2014. 2. Convocado el proceso electoral antes mencionado, corresponde a este órgano colegiado defi nir el número y ámbito de las circunscripciones administrativo-electorales sobre las que tendrán competencia los Jurados Electorales Especiales, así como establecer las denominaciones de estos y las sedes en las que se instalarán para ejercer sus funciones como órganos temporales creados específi camente para cada proceso electoral, encargados de administrar justicia en primera instancia en materia electoral, de conformidad con lo previsto en el artículo 13 de la Ley Nº 26859, Ley Orgánica de Elecciones, y los artículos 32 y 36 de la Ley Nº 26486, Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones. 3. Las circunscripciones administrativo-electorales constituyen unidades geográfi cas necesarias para la labor jurisdiccional, planifi cación y desarrollo de las actividades comprendidas en el cronograma electoral, tanto del Jurado Nacional de Elecciones como de la Ofi cina Nacional de Procesos Electorales, pues sobre ellas también se establecen las Ofi cinas Descentralizadas de Procesos Electorales, según lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley Nº 26487, Ley Orgánica de la Ofi cina Nacional de Procesos Electorales, razón por la que, para su defi nición, se debe tener en cuenta la cercanía geográfi ca de los distritos comprendidos en la provincia de Lima, la accesibilidad de las vías de comunicación y la racionalidad del gasto de los recursos asignados. 4. En tal sentido, a fi n de garantizar la cercanía y facilidad de acceso a los órganos de justicia electoral, así como de facilitar la realización de las labores de fi scalización en el proceso, este órgano colegiado considera necesaria la defi nición de once circunscripciones administrativo-electorales y sus respectivos Jurados Electorales Especiales. 5. Con la fi nalidad de dar trámite oportuno a las solicitudes de acreditación de personeros, inscripción de listas de candidatos, tachas de candidatos y atender los procedimientos de publicidad estatal, propaganda electoral, neutralidad y otras que establezcan las leyes electorales, velando por la legalidad del proceso y la administración de justicia en materia electoral y en coherencia con las políticas de racionalidad del gasto, este órgano colegiado considera que uno de los Jurados Electorales Especiales, debe instalarse primero y asumir competencia en toda la provincia de Lima, hasta que se produzca la instalación de los otros Jurados Electorales Especiales. Así, a partir de la instalación de los otros diez Jurados Electorales Especiales, cada uno de los once Jurados Electorales Especiales tendrá competencia para conocer, dentro del territorio en el que asume jurisdicción, la acreditación de personeros, así como expedientes sobre publicidad estatal, propaganda electoral, neutralidad, encuestadoras, actas observadas, impugnaciones de cédulas de votación e identidad de electores, pedidos de nulidad parcial, fi scalización del proceso electoral y otras que establezcan las leyes electorales. 6. Asimismo, es función de los Jurados Electorales Especiales proclamar los resultados de las elecciones llevadas a cabo en su ámbito de competencia y expedir credenciales a los candidatos electos, conforme lo disponen los literales h e i del artículo 36 de la Ley Nº 26846, Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones. En ese sentido, es necesario que el Jurado Nacional de Elecciones reglamente las funciones que corresponden a los Jurados Electorales Especiales tal como lo dispone el literal l, del artículo 5 de su Ley Orgánica, en lo que respecta a las competencias en la fase de proclamación de resultados de las Nuevas Elecciones Municipales para la Municipalidad Metropolitana de Lima, una vez que se haya recibido el cómputo al 100% por las respectivas Ofi cinas Descentralizadas de Procesos Electorales, en cumplimiento de la Ley Nº 26859, Ley Orgánica de Elecciones, artículos 316, 317 y 318, con la fi nalidad de garantizar la pluralidad de instancias en el proceso electoral. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE: Artículo Primero.- DEFINIR once circunscripciones administrativo-electorales para el proceso de Nuevas Elecciones Municipales para la Municipalidad Metropolitana de Lima, convocadas para el 24 de noviembre de 2013, así como los Jurados Electorales Especiales que tendrán competencia territorial sobre ellas y sus respectivas sedes, conforme al siguiente detalle: JURADO ELECTORAL ESPECIAL COMPETENCIA TERRITORIAL (DISTRITOS DE LA PROVINCIA DE LIMA, DEPARTAMENTO DE LIMA) SEDE JURADO ELECTORAL ESPECIAL DE LIMA CENTRO LIMA JESÚS MARÍA BREÑA JESÚS MARÍA PRIMER JURADO ELECTORAL DE LIMA NORTE INDEPENDENCIA INDEPENDENCIA SAN MARTÍN DE PORRES SEGUNDO JURADO ELECTORAL ESPECIAL DE LIMA NORTE ANCÓN COMAS SANTA ROSA PUENTE PIEDRA COMAS TERCER JURADO ELECTORAL ESPECIAL DE LIMA NORTE RÍMAC LOS OLIVOS LOS OLIVOS CARABAYLLO PRIMER JURADO ELECTORAL ESPECIAL DE LIMA OESTE SAN MIGUEL PUEBLO LIBRE PUEBLO LIBRE MAGDALENA DEL MAR LINCE SAN ISIDRO