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El Peruano Martes 25 de junio de 2013 498001 - El Presidente Regional o la persona que éste delegue, quien lo Presidirá. - Un Representante de cada Municipalidad Provincial de la Región Ica. - Un Representante de los Comedores Populares por cada provincia la Región Ica. - Un Representante de los Clubes de Madres por cada provincia de la Región Ica. - Un Representante de la Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo de Ica. - Un Representante de los Restaurantes emblemáticos de cada Provincia de la Región. - Un Representante de las culturas tradicionales del arte culinario de cada Provincia de la Región. Artículo Tercero.- FACULTAR a la “Comisión Regional de la Gastronomía Iqueña”, a fi n de solicitar la cooperación, y coordinación entre los Gobiernos Locales y Organizaciones Sociales, así como a las entidades públicas y privadas para la organización y realización de los actos celebratorios en el “Día de la Gastronomía Regional Iqueña”, dentro del marco de la integración regional. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo, la elaboración del Reglamento Interno, y demás instrumentos de gestión, los mismos que serán aprobados mediante Decreto Regional, debiendo dar cuenta de ello al Consejo Regional de Ica. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Ofi cina Regional de Administración, y a la Secretaría General del Gobierno Regional de Ica, la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario El Peruano, así como en el Diario de mayor circulación de la Región, y en el portal electrónico del Gobierno Regional de Ica. Comuníquese al señor Presidente Regional de Ica para su Promulgación. ARTURO LORENZO RAMOS CHÁVEZ Consejero Delegado Consejo Regional de Ica POR TANTO: Regístrese, publíquese y cúmplase. Dado en la Sede del Gobierno Regional de Ica. ALONSO NAVARRO CABANILLAS Presidente del Gobierno Regional de Ica 954097-1 GOBIERNO REGIONAL DE MADRE DE DIOS Autorizan transferencia financiera a favor de la Municipalidad Provincial del Manu para cofinanciar proyecto de inversión pública ACUERDO DEL CONSEJO REGIONAL Nº 045-2013-RMDD/CR POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Madre de Dios, en Sesión Ordinaria llevada a cabo el 13 de junio del 2013. CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modifi catorias, establece y norma la estructura, organización, competencias y funciones de los gobiernos regionales. Asimismo, defi ne la organización democrática, descentralizada y desconcentrada del Gobierno Regional, conforme a la Constitución y a la Ley de Bases de la Descentralización. Que, la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modifi catorias, señala que los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia con el artículo 15, inciso a) y artículo 39 de la precitada ley. Que, el Consejo Regional es el órgano normativo y fi scalizador del Gobierno Regional y de conformidad con el literal a) del artículo 15 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, tiene entre otras atribuciones, las de aprobar, modifi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional. Que, los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de éste órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declaran su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional. Que, constituyen transferencias fi nancieras entre pliegos presupuestarios, los traspasos de fondos públicos sin contraprestación, para la ejecución de actividades y proyectos de los presupuestos institucionales respectivos de los pliegos de destino. En el caso de los gobiernos regionales y gobiernos locales las transferencias fi nancieras a otro pliego presupuestario, se aprueban mediante Acuerdo de Consejo Regional o de Concejo Municipal, respectivamente, previo informe favorable de la Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces, conforme lo previene el numeral 2) del artículo 75 de la Ley Nº 28411, Ley del Sistema Nacional de Presupuesto, así como el artículo 12.2 de la Ley Nº 29951, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013. Que, la Municipalidad Provincial de Manu, mediante Ofi cio Nº 152-2013-SG-MPM-MDD, remite al Gobierno Regional la Ficha de Registro en el Banco de Proyectos del Proyecto de Inversión Pública: “Mejoramiento y Ampliación de Servicios de Saneamiento Integral en la Comunidad de Itahuanía, Distrito de Manu, Provincia de Manu, Madre de Dios”, con Código SNIP Nº 262224, cuyo monto presupuestal es de S/. 1´ 551,913.00 (UN MILLÓN QUINIENTOS CINCUENTA Y UN MIL NOVECIENTOS TRECE CON 00/100 NUEVOS SOLES). Que, mediante Informe Nº 285-2013-GOREMAD/ GRPPYAT, la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional de Madre de Dios, comunica a la Presidencia Regional la viabilidad del Proyecto mencionado en el párrafo precedente, solicitando se derive lo actuado al Consejo Regional para la aprobación de la transferencia fi nanciera de un monto de S/. 1’ 107,130.00 (UN MILLÓN CIENTO SIETE MIL CIENTO TREINTA CON 00/100 NUEVOS SOLES), a favor de la Municipalidad Provincial de Manu, para cofi nanciar dicha obra, adjuntando el Analítico del Presupuesto Modifi cado en el que se incluye en forma global una asignación presupuestal de S/. 12’ 500,000.00 (DOCE MILLONES QUINIENTOS MIL CON 00/100 NUEVOS SOLES), en la Meta 0118 Transferencia Financiera de Recursos a los Gobiernos Locales, en la cual se incluye el monto solicitado por la mencionada Municipalidad y por la Presidencia Regional, mediante Ofi cio Nº 881-2013-GOREMAD/PR. Que, el Consejo Regional en Sesión Ordinaria, luego del análisis y debate correspondientes, con el voto aprobatorio por unanimidad, ha determinado aprobar lo solicitado. El Consejo Regional de Madre de Dios, en uso de las facultades conferidas por la Constitución Política del Estado; Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modifi catorias. ACUERDA: Artículo Primero.- AUTORIZAR, la transferencia fi nanciera de la Unidad Ejecutora 001, Sede Central del Pliego 454 Gobierno Regional de Madre de Dios, a favor de la Municipalidad Provincial del Manu, por la suma de S/. 1’ 107,130.00 (UN MILLÓN CIENTO SIETE MIL CIENTO TREINTA CON 00/100 NUEVOS SOLES), para cofi nanciar el Proyecto de Inversión Pública: “Mejoramiento y Ampliación de Servicios de Saneamiento Integral en la Comunidad de Itahuanía, Distrito de Manu, Provincia de Manu, Madre de Dios”, con Código SNIP Nº 262224. Artículo Segundo.- ENCARGAR, a la Ofi cina de Secretaría Técnica del Consejo Regional de Madre de Dios, la publicación del presente Acuerdo Regional en