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El Peruano Martes 25 de junio de 2013 497991 extraordinarias llevadas a cabo los meses de agosto a noviembre de 2012, así como la documentación presentada ante este Supremo Tribunal Electoral el 11 de junio de 2013. 2. Los regidores deberán exponer y debatir los argumentos que sustenten su posición respecto a la solicitud de vacancia. 3. El concejo distrital deberá emitir una decisión debidamente motivada, en relación con la solicitud de vacancia. Regístrese, comuníquese y publíquese. S.S. TÁVARA CÓRDOVA PEREIRA RIVAROLA AYVAR CARRASCO LEGUA AGUIRRE VELARDE URDANIVIA Samaniego Monzón Secretario General 954230-2 Confirman acuerdo de concejo que declaró improcedente solicitud de vacancia presentada contra alcalde de la Municipalidad Distrital de Quinches, provincia de Yauyos, departamento de Lima RESOLUCIÓN Nº 570-2013-JNE Expediente J-2013-421 QUINCHES - YAUYOS - LIMA Lima, trece de junio de dos mil trece VISTO en audiencia pública de la fecha, el recurso de apelación interpuesto por Luis Iván Ramos Michuy en contra del Acuerdo de Concejo Nº 03-2013/MDQ-Y- LP, del 3 de abril de 2013, que declaró improcedente la solicitud de vacancia presentada en contra de Zacarías Raymundo Romero Quiroz, alcalde de la Municipalidad Distrital de Quinches, provincia de Yauyos, departamento de Lima, y en la cual se invocó la causal establecida en el artículo 22, numeral 7, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, teniendo a la vista el Expediente Nº J-2012-1578, y oídos los informes orales. ANTECEDENTES Solicitud de vacancia presentada Con fecha 12 de setiembre de 2012, Luis Iván Ramos Michuy (exalcalde del Concejo Distrital de Quinches) solicitó, ante el Jurado Nacional de Elecciones, la vacancia de Zacarías Raymundo Romero Quiroz, actual alcalde del Concejo Distrital de Quinches (fojas 207 a 209 del Expediente Nº J-2012-1578), alegando que en el tiempo en que el citado ostentaba el cargo de regidor del mencionado concejo distrital, incurrió en la causal de inasistencias injustifi cadas a tres sesiones ordinarias consecutivas, la misma que se encuentra contemplada en el artículo 22, numeral 7, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante LOM). Dicha solicitud originó el Expediente Nº J-2012-1180. Los argumentos de la solicitud de vacancia fueron los siguientes: a) El 30 de enero de 2011 se llevó a cabo una reunión ordinaria, en la cual el entonces regidor Zacarías Raymundo Romero Quiroz solicitó que las sesiones de concejo se realizaran dos veces al mes, esto es, los días 15 y 30. Dicho pedido fue aprobado por unanimidad. b) En virtud de dicho pedido es que se realizó la sesión ordinaria del 15 de febrero de 2011, en la cual sí asistió el entonces regidor Zacarías Raymundo Romero Quiroz. Agrega que en las sesiones del 28 de febrero de 2011 (se realizó ese día en la medida en que no había día 30), y 15 de marzo del mismo año, la citada autoridad asistió. c) Sin embargo, en las sesiones ordinarias del 30 de marzo, 15 y 30 de abril de 2011, el entonces regidor Zacarías Raymundo Romero Quiroz no asistió, incumpliendo de esta manera, con lo acordado en la sesión del día 30 de enero de 2011. d) Dichas inasistencias sin justifi cación, demuestran que la autoridad cuestionada incurrió en la causal invocada. Pronunciamiento de la Municipalidad Distrital de Quinches En la sesión extraordinaria del 20 de noviembre de 2012, los miembros del Concejo Distrital de Quinches, declararon, por mayoría, inadmisible la solicitud de vacancia, en razón de que el peticionante de la misma, solo había adjuntado copias simples de las sesiones ordinarias de concejo de fechas 30 de marzo, 15 y 30 de abril de 2011, a las que habría inasistido la autoridad cuestionada, no generando, a consideración de dicho concejo distrital, certeza ni convicción respecto de los hechos invocados. Dicha decisión se plasmó en el Acuerdo de Concejo Nº 022-2012-AC-MDO. Pronunciamiento del Pleno del Jurado Nacional de Elecciones En mérito a la decisión del concejo distrital es que Luis Iván Ramos Michuy interpone, con fecha 22 de noviembre de 2012, recurso de apelación, dando origen así al Expediente Nº J-2012-1578. En dicho expediente, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones emitió la Resolución Nº 0027-2013-JNE, del 15 de enero de 2013, a través de la cual, declaró nulo el Acuerdo de Concejo Nº 022-2012-AC-MDO, y devolvió lo actuado al Concejo Distrital de Quinches a efectos de que emita un nuevo pronunciamiento (fojas 87 a 89 del Expediente Nº J-2012-1578). El argumento central de dicha decisión se sustentaba en que los miembros del concejo distrital no emitieron un pronunciamiento de conformidad con lo establecido en el artículo 23 de la LOM, ya que no aprobó o rechazó la solicitud de vacancia. El hecho de haberse declarado inadmisible la solicitud afectó el debido proceso, invalidando de esta manera la tramitación del procedimiento de vacancia. Nuevo pronunciamiento del Concejo Distrital de Quinches En mérito a lo dispuesto por el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones es que el Concejo Distrital de Quinches, con fecha 18 de febrero de 2013 (foja 49), convocó a una nueva sesión extraordinaria para el día 3 de abril de 2013. El mismo día de la sesión extraordinaria, esto es, el 3 de abril de 2013, Luis Iván Ramos Michuy presenta ante el concejo municipal las copias certifi cadas de las actas de las sesiones ordinarias de los días 30 de marzo, 15 y 30 de abril de 2011 (fojas 71 a 90). Dichas copias se encontraban certifi cadas por el juez de paz accesitario del distrito de Quinches, Jonás Lázaro Santos Romero. Así, se tiene que el 3 de abril de 2013 se llevó a cabo la sesión extraordinaria (fojas 104 a 105), con la presencia de los miembros del concejo distrital y del solicitante de la vacancia. Con 5 votos en contra y 1 a favor, es que el concejo distrital, rechazó y declaró improcedente la solicitud de vacancia presentada por Luis Iván Ramos Michuy, emitiéndose para tal efecto el Acuerdo de Concejo Nº 03-2013/MDQ-Y-LP (foja 106). Recurso de apelación interpuesto en contra del Acuerdo de Concejo Nº 03-2013/MDQ-Y-LP El 4 de abril de 2013, el peticionante de la vacancia Luis Iván Michuy interpuso, ante el Jurado Nacional de E lecciones, recurso de apelación (fojas 1 a 2), en contra de la decisión del concejo distrital de rechazar su solicitud de vacancia.