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El Peruano Martes 25 de junio de 2013 498003 Artículo Octavo.- Los pensionistas que vienen gozando del benefi cio de deducción de un monto equivalente a 50 UITs de la Base Imponible del Impuesto Predial, que haya declarado un solo anexo, y que, éste tenga uso de casa habitación tendrán un descuento del 70% sobre la deuda que tuvieran por concepto de arbitrios 2011 y 2012. Artículo Noveno.- Los predios destinados a Iglesias, templos, Conventos y Monasterios tendrán un descuento del 100% en el pago de Arbitrios Municipales de Barrido de Calles, Recolección de Residuos Sólidos, Parques y Jardines y Serenazgo. Artículo Décimo.- Las personas discapacitadas que no sean pensionistas y que sean titulares de un inmueble dedicado exclusivamente a Casa Habitación pagarán sus Arbitrios Municipales correspondientes a los años 2011, 2012 y 2013 con un 50% de descuento. Articulo Décimo Primero.- Las multas administrativas podrán ser canceladas con un descuento del 30%. Artículo Décimo Segundo.- Las multas tributarias pendientes de pago se condonarán en un 100% siempre y cuando el contribuyente haya subsanado o cumpla con subsanar la infracción motivos de la sanción hasta la vigencia del benefi cio otorgado. En el presente benefi cio se encuentran incluidos los administrados pasibles de ser multados por subsanación extemporánea. Artículo Décimo Tercero.- Autorizar al Sr. Alcalde para que por Decreto de Alcaldía amplíe el plazo de los Benefi cios Otorgados en la presente Ordenanza. Artículo Décimo Cuarto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano y tendrá vigencia hasta el 02 de Agosto del 2013. Artículo Décimo Quinto.- Encárguese a la Gerencia Municipal y a la Gerencia de Administración Tributaria el cumplimiento de la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. PEDRO JORGE LOPEZ BARRIOS Alcalde 954145-1 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTA MARIA Aprueban la Actualización del Plan de Manejo de Residuos Sólidos del distrito ORDENANZA Nº 006-2013-MDSM Santa María, 12 junio del 2013 EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE SANTA MARÍA POR CUANTO: El Concejo Municipal de Santa María en Sesión Ordinaria de Concejo Municipal de fecha 12 de junio del 2013, con aprobación de dispensa de aprobación del acta; VISTO: El Memorando Nº 0942-2013-GM-MDSM referente a la aprobación de la Ordenanza que aprueba el Plan de Manejo de Residuos Sólidos del Distrito de Santa María; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modifi cado por Ley Nº 28607, señala que las Municipalidades tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Plan de Manejo de Residuos Sólidos del Distrito de Santa María, tiene como objetivo general contribuir a mejorar la calidad de vida y el medio ambiente del distrito de Santa María, garantizando la efectiva cobertura y calidad de servicio de limpieza pública, así como su sostenibilidad, a través de un sistema integrado de recolección, transformación, comercialización y disposición adecuada de los residuos sólidos, con capacidades técnicas y gerenciales en base a una planifi cación participativa y conciencia ambiental formada en la población, sus organizaciones y empresas con las que cuenta el distrito; Que, la Ley Orgánica de Municipalidades – Nº 27972 en su artículo 73º señala entre las materias de competencias ambiental municipal, la planifi cación del desarrollo local, ordenamiento territorial y la coordinación estratégica de los planes integrales de desarrollo, la protección y conservación del ambiente; así como la formulación, aprobación, ejecución y monitoreo de los planes y políticas locales en material ambiental en concordancia con las políticas, normas y planes regionales, sectoriales y nacionales; Que, según el artículo 10º de la Ley General de Residuos Sólidos, Ley Nº 27314 modifi cada por el Decreto Legislativo Nº 1065, los distritos son responsables por la prestación de los servicios de recolección y transporte de los residuos sólidos, y de la limpieza de vías, espacios y monumentos públicos en su jurisdicción y deben contar con planes de manejo de los mismos; Que, según el Instructivo de Implementación de un Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de Residuos Domiciliarios en un 10% de las Viviendas Urbanas del Distrito, señala en su Paso Nº 03 Numeral 2: “ Aprobar el Plan Integral de Gestión Ambiental de Residuos Sólidos (PIGARS) o el Plan de Manejo de Residuos Sólidos, así como la actualización de ser necesario mediante Ordenanza Municipal, la misma que debe ser publicada de acuerdo a lo establecido en el artículo 44º de la Ley Orgánica de Municipalidades; Que, a efectos de implementar lo señalado en los considerandos precedentes, resulta necesario aprobar las disposiciones que establezcan los procedimientos para el cumplimiento de las metas y la asignación de los recursos que deberán seguir las municipalidades del país para acceder a los recursos del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal para el año 2013; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 008-2012- MDSM de fecha 19 de Julio del año 2012, se aprobó la Actualización del Plan de Manejo de Residuos Sólidos del Distrito de Santa María; Que en atención a lo establecido en el artículo 9, numeral 8 de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, son atribuciones del Concejo Municipal aprobar, modifi car o derogar las Ordenanzas y dejar sin efecto los Acuerdos. Por otra parte el Artículo 40º del mismo cuerpo Normativo, establece que las Ordenanzas de las Municipalidades Provinciales y Distritales, en materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la Estructura Normativa Municipal; En uso de las facultades que confi ere la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, el pleno del Concejo Municipal de Santa María en Sesión Extraordinaria del día 12 de Junio del 2013, aprobó por UNANIMIDAD la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LA ACTUALIZACIÓN DEL PLAN DE MANEJO DE RESIDUOS SÓLIDOS DEL DISTRITO DE SANTA MARÍA Artículo Primero.- APROBAR la Actualización del Plan de Manejo de Residuos Sólidos del distrito de Santa María, el mismo que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Sub-Gerencia de Administración y Finanzas, Sub-Gerencia de Servicios Públicos, Ofi cina de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización y demás áreas administrativas, el cumplimiento de la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- FACULTAR al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones necesarias para la correcta aplicación de la presente Ordenanza.