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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 2 de marzo de 2013 489962 Formalizan la creación de la Unidad Ejecutora 139: Instituto Nacional de Salud del Niño - San Borja, en el Pliego 011: Ministerio de Salud RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 090-2013/MINSA Lima, 27 de febrero del 2013 Visto, el Expediente Nº 12-120262-005, que contiene el Informe Nº 028-2013-OGPP-OP/MINSA, emitido por la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 7º de la Constitución Política del Perú, establece que todos tienen derecho a la protección de su salud, del medio familiar y a la comunidad, así como el deber de contribuir a su promoción y defensa; Que, el artículo 9º de la Constitución Política del Perú, prescribe que el Estado determina la política nacional de salud, correspondiendo al Poder Ejecutivo, normar y supervisar su aplicación, siendo responsable de diseñarla y conducirla en forma plural y descentralizadora para facilitar a todos el acceso equitativo a los servicios de salud; Que, los artículos I y II del Título Preliminar de la Ley Nº 26842, Ley General de Salud, disponen que la salud es condición indispensable del desarrollo humano y medio fundamental para alcanzar el bienestar individual y colectivo, por lo que la protección de la salud es de interés público y por tanto es responsabilidad del Estado regularla, vigilarla y promoverla; Que, el artículo 20º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud, señala que, el Ministerio de Salud es el órgano del Poder Ejecutivo, rector del Sector Salud que conduce, regula y promueve la intervención del Sistema Nacional de Salud, con la fi nalidad de lograr el desarrollo de la persona humana, a través de la promoción, protección, recuperación y rehabilitación de su salud y del desarrollo de un entorno saludable, con pleno respeto de los derechos fundamentales de la persona; Que, el artículo 4º de la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, establece que el proceso de modernización de la gestión del Estado tiene como fi nalidad fundamental la obtención de mayores niveles de efi ciencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos; Que, el artículo 58º de la Ley 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, dispone que las unidades ejecutoras se crean para el logro de objetivos y la contribución de la mejora de la calidad del servicio público, estableciendo criterios para su creación; Que, el “Instituto Nacional de Salud del Niño - San Borja”, tendrá como fi nalidad ampliar la oferta hospitalaria especializada para cubrir la necesidad de atención de complejidad a los niños peruanos que lo requieran, al ser un Instituto Nacional de alta especialización funcional, contando con cinco ejes de atención, como son la Unidad de Trasplante de Progenitores Hematopoyéticas; Cardiología y Cirugía Vascular; Neurocirugías; Atención de Neonato Complejo y Cirugía Neonatal y Atención del paciente quemado; así como cumplir con las funciones de atención altamente especializadas, docencia, investigación y función normativa; Que, mediante Ofi cio Nº 366-2013-EF/10.01, el Ministerio de Economía y Finanzas, remitió al Ministerio de Salud el Informe Nº 090-2013-EF/50.06 de la Dirección General de Presupuesto Público, en el cual se señala que resulta viable la creación de la Unidad Ejecutora “Instituto Nacional de Salud del Niño-San Borja”, al haberse verifi cado el cumplimiento de los requisitos y criterios establecidos en la normatividad presupuestaria, conforme a lo establecido en el artículo 58º de la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; Que, mediante documento del visto, la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto ha emitido opinión técnica favorable para crear la Unidad Ejecutora “Instituto Nacional de Salud del Niño - San Borja”; Que, asimismo es necesario dictar otras medidas para llevar a cabo la debida implementación y funcionamiento de la Unidad Ejecutora “Instituto Nacional de Salud del Niño-San Borja”; Estando a lo informado por la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, a través de la Ofi cina de Presupuesto, resulta necesario emitir el acto resolutivo correspondiente; Con las visaciones del Director General de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud, y; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, el literal l) del artículo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1.- Formalizar la creación de la Unidad Ejecutora 139: Instituto Nacional de Salud del Niño-San Borja, en el Pliego 011: Ministerio de Salud. Artículo 2.- Disponer que los órganos y unidades orgánicas del Ministerio de Salud, brinden la asistencia técnica y administrativa que requiera la Unidad Ejecutora 139: Instituto Nacional de Salud del Niño - San Borja, para su correspondiente implementación y funcionamiento. Artículo 3.- Remitir copia de la presente Resolución Ministerial a la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas, dentro de los cinco (05) días siguientes a su emisión. Artículo 4.- Encargar a la Ofi cina General de Comunicaciones, la publicación de la presente Resolución Ministerial en el portal institucional del Ministerio de Salud, en la dirección electrónica: http://www.minsa.gob.pe/ transparencia/normas.asp Regístrese, comuníquese y publíquese. MIDORI DE HABICH ROSPIGLIOSI Ministra de Salud 907048-1 Autorizan viaje a Singapur de profesionales del Ministerio, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 093-2013/MINSA Lima, 27 de febrero del 2013 Vistos, los expedientes Nº 13-014436-001 y Nº 13- 002718-001 que contienen la Nota Informativa Nº 022- 2013-DG/DIGESA, emitida por la Directora General de la Dirección General de Salud Ambiental, así como las Notas Informativas Nº 011-2013-DG-DIGEMID/MINSA y Nº 012- 2013-DIGEMID-DG-EA/MINSA, emitidas por el Director General de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas del Ministerio de Salud; y, CONSIDERANDO: Que, en la Ciudad de Singapur, República de Singapur, se realizará la “XVI Ronda de Negociaciones del Acuerdo de Asociación Transpacífi co (TPP)”, del 4 al 13 de marzo de 2013; Que, las negociaciones del Acuerdo de Asociación Transpacífi co (TPP), tienen como objetivo construir un acuerdo inclusivo y de alta calidad que sea soporte para el crecimiento económico, el desarrollo y la generación de empleo en los países miembros; Que, mediante Facsimil Circular Nº 003-2013- MINCETUR/VMCE, el Viceministro de Comercio Exterior del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, informa sobre la realización de la mencionada Ronda de Negociaciones, y solicita acreditar a los representantes del Ministerio de Salud, que participarán en dicho evento; Que, con la Nota Informativa Nº 022-2013-DG/ DIGESA, la Directora General de la Dirección General de Salud Ambiental del Ministerio de Salud, solicita al Viceministro de Salud autorice el viaje de la abogada Paola Jussieu Salas Aranda, profesional contratada bajo la modalidad de Contrato Administrativo de Servicios en la citada Dirección General, para que en