Norma Legal Oficial del día 02 de marzo del año 2013 (02/03/2013)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 42

489968

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 2 de marzo de 2013

empresa Concesionaria Peruana de Vias COVINCA S.A., FIDUPERU S.A. SOCIEDAD FIDUCIARIA y con la intervencion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, de conformidad con lo previsto en el Anexo XI del Contrato de Concesion del Tramo Vial Desvio MORDAZA ­ Desvio MORDAZA (Reparticion) ­ Desvio Matarani ­ Desvio Moquegua- Desvio Ilo-Tacna ­ La MORDAZA, el mismo que forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Autorizar al Viceministro de Transportes, para que en representacion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, suscriba el Contrato de Fideicomiso de Recaudacion, cuyo texto es aprobado en el articulo anterior, asi como los documentos que resulten necesarios para su formalizacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 906798-1

VIVIENDA
Crean la Red de Apoyo entre las Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento
DECRETO SUPREMO Nº 004-2013-VIVIENDA EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, establece que las entidades del Poder Ejecutivo estan al servicio de las personas y de la sociedad; actuan en funcion de sus necesidades, asi como del interes general de la nacion; Que, el articulo 2 de la Ley Nº 27792, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, establece que es competencia del Ministerio, formular, aprobar, ejecutar y supervisar las politicas de alcance nacional aplicables en materia de vivienda, urbanismo, construccion y saneamiento; correspondiendole, por tanto, dictar normas de alcance nacional y supervisar su cumplimiento; Que, de otro lado, el articulo 2 de la Ley N° 26338, Ley General de Servicios de Saneamiento, establece que la prestacion de los servicios de saneamiento comprende la prestacion regulada de servicios de agua potable, alcantarillado sanitario y pluvial, y disposicion sanitaria de excretas, tanto en el ambito MORDAZA como en el rural; las cuales se brindan, entre otras entidades, a traves de las Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento; Que, la Cuadragesima MORDAZA Disposicion Complementaria Final de la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, autoriza al Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, para realizar acciones de prevencion y mitigacion de riesgos frente a fenomenos naturales o situaciones que puedan afectar o afecten la infraestructura y la prestacion de los servicios de saneamiento y vivienda, quedando facultado para la adquisicion de bienes y equipos; asi como, la contratacion de servicios y obras que correspondan, en el MORDAZA de las acciones MORDAZA mencionadas; Que, ante la ocurrencia de diversos fenomenos naturales, tales como lluvias torrenciales, inundaciones, crecidas de MORDAZA, derrumbes de carreteras, entre otros, que estan originando desastres de gran magnitud en diversas zonas del MORDAZA, que afectan en varias localidades la continuidad en la prestacion de los servicios de saneamiento publico, resulta necesario que las Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento, bajo la rectoria del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, en el ambito de saneamiento, puedan articularse entre ellas, a traves de una Red de Apoyo que facilite la utilizacion de maquinarias y apoyo en recursos humanos, entre otros, que les permita actuar de manera inmediata ante la eventualidad de un desastre; y De conformidad con el numeral 8) del articulo 118 de la Constitucion Politica del Peru; la Ley N° 27792, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento; y el Decreto Supremo N° 002-2002-VIVIENDA, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1º.- Creacion y objeto de la Red de Apoyo entre las Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento (EPS). Crease la Red de Apoyo entre las Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento, a cargo del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, a la cual podran integrarse las Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento a nivel nacional.

Aprueban modificacion de la Regulacion Aeronautica del Peru - RAP 119 "Certificacion de Explotadores de Servicios Aereos"
RESOLUCION DIRECTORAL N° 060-2013-MTC/12 MORDAZA, 13 de febrero del 2013 CONSIDERANDO: Que, la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, es la entidad encargada de ejercer la Autoridad Aeronautica Civil del Peru, siendo competente para aprobar y modificar las Regulaciones Aeronauticas del Peru ­ RAP, conforme lo senala el literal c) del articulo 9º de la Ley No. 27261, Ley de Aeronautica Civil del Peru, y el articulo 2º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo No. 050-2001-MTC; Que, por su parte, el articulo 7º del citado Reglamento, senala que la Direccion General de Aeronautica Civil pondra en conocimiento publico los proyectos sujetos a aprobacion o modificacion de las RAP con una antelacion de quince dias calendario; Que, en cumplimiento del referido articulo, mediante Resolucion Directoral Nº 004-2013-MTC/12, del 10 de enero de 2013, se aprobo la difusion a traves de la pagina web del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, del texto del proyecto de modificacion de la Regulacion Aeronautica del Peru ­ RAP 119 "Certificacion de Explotadores de Servicios Aereos"; Que, ha transcurrido el plazo legal de difusion del proyecto mencionado, habiendose recibido comentarios de respaldo a la modificacion propuesta, habiendo vencido el plazo de difusion, por lo que es necesario expedir el acto que apruebe la MORDAZA, el que cuenta con las opiniones favorables de la Direccion de Regulacion y Promocion y la Asesoria Legal, otorgadas mediante memoranda Nº 070-2013-MTC/12.08 y Nº 182-2013-MTC/12.LEG, respectivamente; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley de Aeronautica Civil del Peru y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el texto de la modificacion de la Regulacion Aeronautica del Peru - RAP 119 "Certificacion de Explotadores de Servicios Aereos", que forma parte integrante de la presente resolucion y al que se puede acceder en la pagina web www.mtc.gob.pe/dgac.html, del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Aeronautica Civil 906531-1

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.