TEXTO PAGINA: 46
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 2 de marzo de 2013 489972 CAS, las funciones de responsabilidad del Área de Tesorería de la Dirección General de la Ofi cina de Administración de la Biblioteca Nacional del Perú. Artículo Tercero.- DESIGNAR a partir del día de la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial “El Peruano”, al Gerente Público señor Manuel Alberto Sánchez Ceba, en la Plaza Nº 061, en el cargo de Director de Sistema Administrativo II, Categoría Remunerativa F-3, Dependencia: Ofi cina de Administración de la Biblioteca Nacional del Perú, encargando las funciones de Abastecimiento y Servicios Auxiliares de la Biblioteca Nacional del Perú. Artículo Cuarto.- Publicar la presente Resolución en el Diario Ofi cial “El Peruano” y en la página Web Institucional: (http://www.bnp.gob.pe). Regístrese, comuníquese y cúmplase RAMÓN ELÍAS MUJICA PINILLA Director Nacional 906996-1 SEGURO INTEGRAL DE SALUD Aprueban Transferencia total para las Unidades Ejecutoras correspondiente al mes de febrero 2013, la liquidación neta del mes de noviembre 2012 y el pago directo como subsidio por sepelio a nivel nacional RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 045-2013/SIS Lima, 27 de febrero de 2013 VISTOS: El Proveído Nº 32-2013-SIS-GNF de la Gerencia de Negocios y Financiamiento sobre la Programación de las Transferencias a las Unidades Ejecutoras a nivel nacional por los servicios que brindaron los establecimientos de salud a los benefi ciarios del Seguro Integral de Salud, los Memorandos Nºs 029 y 082-2013- SIS/OGPPDO de la Ofi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional y el Informe Nº 009-2013-SIS/OGAJ de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, se establecen los principios así como los procesos y procedimientos que regulan el Sistema Nacional de Presupuesto a que se refi ere el artículo 11º de la Ley Nº 28112, Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público, en concordancia con los artículos 77º y 78º de la Constitución Política del Perú; Que, en los numerales 12.1 y 12.2 del artículo 12º de la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, se dispone la autorización de las transferencias fi nancieras durante el Año Fiscal 2013, entre entidades del Gobierno Nacional, entre las que están consideradas el Seguro Integral de Salud; aprobándose por Resolución del Titular del Pliego, la misma que debe ser publicada en el Diario Ofi cial “El Peruano”; Que, constituyen principios fundamentales del proceso de ejecución presupuestaria, la publicidad y transparencia del mismo, por lo que es pertinente publicar en el Diario Ofi cial “El Peruano”, la distribución de los recursos que en el marco de la Resolución Ministerial Nº 422-2007/MINSA se transfi eren a las Unidades Ejecutoras vinculadas al Seguro Integral de Salud por la Genérica de Gasto 2.4: Donaciones y Transferencias, correspondiéndoles tramitar ante sus respectivos Pliegos Presupuestales la incorporación de los recursos transferidos, dentro de su marco presupuestal; Que, conforme a lo establecido en la Resolución Ministerial Nº 226-2011/MINSA, que sustituye los Anexos “Tarifario del Seguro Integral de Salud para los Componentes Subsidiado y Semisubsidiado” y “Defi niciones Operacionales”, aprobados por la Resolución Ministerial Nº 240-2009/MINSA, el prestador deberá reponer el 100% del consumo reportado; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 934-2010/ MINSA se modifi ca el artículo 2º de la Resolución Ministerial Nº 872-2009/MINSA, en el que facultan al Seguro Integral de Salud a utilizar las modalidades o mecanismos de pago más adecuados para el fi nanciamiento de las prestaciones que se cubran en el marco del proceso de implementación del Aseguramiento Universal en Salud, incluyendo aquellas prestaciones que no se encuentran comprendidas en la Resolución Ministerial Nº 240-2009/ MINSA, así como las que forman parte del Plan Esencial de Aseguramiento en Salud (PEAS), en tanto dure el proceso de reestructuración y adecuación del SIS a su nuevo rol de Institución Administradora de Fondos de Aseguramiento en Salud (IAFAS); Que, mediante Resolución Ministerial Nº 910-2011/ MINSA, se modifi ca el numeral 1 del acápite V.2 Del Proceso de Pago de las Prestaciones de la Directiva Administrativa Nº 112-MINSA/SIS-V.01, aprobada por Resolución Ministerial Nº 422-2007/MINSA, en el que se dispone que “Las transferencias de recursos serán programadas por el SIS, a fi n de garantizar el oportuno fi nanciamiento de las prestaciones”; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 148-2012/SIS, se aprueba la Guía Técnica Nº 001-2012-SIS/GNF, “Guía Técnica para el Pago por Preliquidación”; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 149-2012/SIS, se aprueba la Guía Técnica Nº 002-2012-SIS/GNF, “Guía Técnica para el Cálculo del Cápita”; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 991-2012/ MINSA, se aprueba los Parámetros de Negociación que serán tomados en cuenta para la celebración de los convenios entre el Seguro Integral de Salud, en su calidad de IAFAS y las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPRESS) Públicas; por lo que, en los Convenios de Gestión suscritos entre el SIS y los Gobiernos Regionales para el fi nanciamiento de las prestaciones del Nivel I de atención, se establece el mecanismo de pago capitado; Que, de acuerdo al párrafo precedente y a la Directiva Nº 001-2009/SIS/GF, que regula el Subsidio por Sepelio de Inscritos y Asegurados al SIS, aprobada por Resolución Jefatural Nº 148-2009/SIS, que en su título VIII DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES, Inciso 8.2 DE LAS ADECUACIONES, IMPLEMENTACIONES Y DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL, 8.2.3 dispone: “La Ofi cina de Administración del SIS (OA), a través de los sistemas administrativos, formalizará la operación bancaria para el pago del subsidio a través de las agencias y/o sucursales del Banco de la Nación a nivel nacional y/u otra entidad bancaria autorizada por el SIS”; Que, la Ofi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional, mediante el Memorando Nº 029- 2013-SIS/OGPPDO, aprueba las Certifi caciones de Crédito Presupuestal Nº 047 y 049 para el pago de los subsidios por sepelio; asimismo, mediante el Memorando Nº 082-2013-SIS/ OGPPDO aprueba la Certifi cación de Crédito Presupuestal Nº 00168, por la Fuente de Financiamiento de Recursos Ordinarios y la Certifi cación de Crédito Presupuestal Nº 00169, por la Fuente de Financiamiento de Recursos Directamente Recaudados para el pago de las prestaciones de salud, informando a la vez que existe disponibilidad presupuestal para la distribución de transferencias a Nivel de Componente, Finalidad y Fuente de Financiamiento para el mes de febrero 2013; Con el visto bueno de la Secretaría General, de la Gerencia de Negocios y Financiamiento, de la Gerencia de Riesgos y Evaluación de las Prestaciones, de la Ofi cina General de Administración de Recursos y con la opinión favorable de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en el numeral 12.2 del artículo 12º de la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013 y de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 11.8 del artículo 11º del Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 011- 2011-SA; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la Transferencia total para las Unidades Ejecutoras por la suma de TREINTA