Norma Legal Oficial del día 02 de marzo del año 2013 (02/03/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 49

El Peruano MORDAZA, sabado 2 de marzo de 2013

NORMAS LEGALES

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los Padres Benedictinos conforme la documentacion que sustenta su peticion; Que, segun el Informe Tecnico Nº 036-2012/SBNDGPE-SDDI de fecha 17 de febrero de 2012, se observo que el predio se encuentra en una pendiente accidentada que oscila entre los 25 y 35 %, con suelo rocoso, existiendo un MORDAZA de acceso a la MORDAZA arqueologica Cerro MORDAZA ­Sector Tomina, colindante, que se encuentra ubicado en la cumbre del cerro a manera de una MORDAZA MORDAZA, por lo que de conformidad con lo senalado en el inciso a) del articulo 21º de la Ley Nº 28296 "Ley General de Patrimonio Cultural de la Nacion", el adquiriente debera, "Facilitar el acceso a los inspectores del Instituto Nacional de Cultura, previo aviso o en cualquier momento cuando las condiciones de urgencia asi lo ameriten a juicio de dicha institucion"; Que, el terreno sub materia se superpone con la Concesion Minera denominada "Tomina", la cual esta vigente y titulada a favor de la empresa Yura S.A., el cual constituye un derecho sobre el subsuelo, que no afecta la superficie, no obstante ello, se precisa que en las inspecciones tecnicas realizadas se ha constatado que sobre el mismo no existe actividad de extraccion minera alguna; Que, el articulo 75.2º del Reglamento de la Ley N° 29151, aprobado por el Decreto Supremo N° 007-2008VIVIENDA, modificado por Decreto Supremo Nº 013-2012VIVIENDA, establece que la solicitud de venta directa debera ser presentada ante la entidad propietaria del bien o del Gobierno Regional, segun corresponda y sera aprobada por Resolucion del Titular del Pliego sustentada en el respectivo Informe Tecnico ­ Legal, previa opinion tecnica de la SBN; Que, de acuerdo a lo senalado en el literal a) del articulo 48º del Reglamento de Organizacion y funciones de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA, es funcion de la Subdireccion de Desarrollo Inmobiliario de la SBN, sustentar y emitir los actos administrativos de disposicion de bienes estatales que se encuentren bajo competencia y administracion de la SBN; Que, el informe de valuacion comercial de fecha 14 de marzo de 2012, establece que el predio submateria, tiene un valor comercial de S/.162,806.08 (Ciento Sesenta y Dos Mil con Ochocientos Seis con 08/100 Nuevos Soles) que resulta de la conversion a moneda nacional del valor calculado de US $ 60,976.06 (Sesenta Mil Novecientos setenta y seis con 06/100 Dolares Americanos), segun el MORDAZA de cambio indicado en el informe MORDAZA mencionado, valor que no ha sufrido variacion a la fecha, por lo que, este se mantiene vigente hasta marzo del 2013, tal como lo senalo la empresa Allemant Asociados Peritos Valuadores SAC en la Carta Nº 003-2013/DCC-AAPV de fecha 10 de enero de 2013; Que, con el escrito s/n de fecha 07 de MORDAZA de 2012, el Hermano MORDAZA MORDAZA MORDAZA Amay, representante de la Orden Religiosa de los Padres Benedictinos, manifesto su aceptacion expresa respecto al valor de la tasacion del predio materia de venta; Que, en merito a lo dispuesto por el articulo 78º del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado por el Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA, y numeral 3.10 de la Directiva N° 003-2011/SBN "Procedimientos para la aprobacion de la venta directa por causal de predios de dominio privado del Estado de libre disponibilidad", se publico el aviso de venta directa por causal de posesion en el Diario Oficial El Peruano y en el Diario Expreso, con fechas 04 de agosto de 2012 y 07 de setiembre de 2012, respectivamente, asi como en la pagina Web de esta Superintendencia, los avisos que publicitan la venta directa con el precio a valor comercial del predio MORDAZA descrito, con la finalidad de que cualquier interesado pueda por unica vez y dentro del plazo de diez (10) dias habiles, presentar oposicion debidamente sustentada; Que, mediante Memorandum N° 574-2012/SBN-SGUTD, de fecha 26 de setiembre de 2012, la Unidad de Tramite Documentario de esta Superintendencia informa que no se ha presentado oposicion en relacion a los avisos publicados en los diarios referidos en el considerando anterior; Que, estando a lo expresado en el Informe Tecnico Legal N° 0042 -2012/SBN-DGPE-SDDI, de fecha 28 de setiembre de 2012, resulta procedente la adjudicacion en venta directa por causal del citado predio a favor de

la Orden Religiosa de los Padres Benedictinos, dado que su solicitud se enmarca en el supuesto contemplado en el literal c) del articulo 77º del Reglamento de la Ley N° 29151, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008VIVIENDA, modificado por Decreto Supremo Nº 0132012-VIVIENDA; Que, mediante Memorandum Nº 565- 2012/SBN-PP, de fecha 26 de octubre del 2012, la Oficina de Procuraduria Publica, informo que no existen procesos judiciales, sobre el predio materia de venta; Que, mediante Memorandum Nº 9231-2011/SBNOAJ, de fecha 20 de MORDAZA de 2011, ratificado mediante Memorandum Nº 9503-2011/SBN-OAJ, de fecha 26 de MORDAZA de 2011, la Oficina de Asesoria Juridica emite opinion respecto a que las funciones y competencias materia de administracion y adjudicacion de terrenos urbanos y eriazos del Estado que aun no hayan sido transferidas a los Gobiernos Regionales, continuan bajo competencia de la SBN, dada la necesidad de seguir con la defensa judicial y gestion administrativa de dichos predios y sobre todo debido a que no puede existir vacio legal en materia de competencias; Que, mediante Memorandum Nº 9259-2011/SBNSG, de fecha 21 de MORDAZA de 2011, ratificado con Proveido Nº 530-2011/SBN-SG, de fecha 26 de MORDAZA de 2011, la Secretaria General de esta Superintendencia dispone que la Direccion de Gestion del Patrimonio Estatal y sus respectivas areas continuen ejerciendo las funciones asignadas conforme a la interpretacion realizada en el documento del parrafo anterior; Que, mediante Memorandum Nº 10363-2011/SBNDGPE, de fecha 16 de agosto de 2011, la Direccion de Gestion del Patrimonio Estatal, en su condicion de superior jerarquico de la Subdireccion de Desarrollo Inmobiliario y organo de linea de ambito nacional encargado de planificar, dirigir, coordinar y controlar la adecuada administracion de los bienes estatales a cargo de la SBN, tambien ha ratificado la competencia de esta Subdireccion de Desarrollo Inmobiliario para seguir ejecutando las funciones de su competencia hasta el momento en que se efectivice las transferencia de competencias a los Gobiernos Regionales; Que, mediante Memorandum Nº 152-2013 /SBNDGPE, de fecha 01 de febrero 2013, la Direccion de Gestion del Patrimonio Estatal ha dado su conformidad respecto a la venta por causal del predio que se describe en el MORDAZA considerando de la presente Resolucion; Que, mediante Memorandum Nº 078-2013/SBN-OAJ, de fecha 08 de febrero de 2013, la Oficina de Asesoria Juridica senala que encuentra conforme el tramite de la venta por causal del predio descrito en el MORDAZA considerando de la presente Resolucion; Que, mediante Memorandum Nº 0018-2013/SBN, de fecha 14 de febrero de 2013, la Superintendente Nacional de Bienes Estatales, ha dado su conformidad a la venta por causal del predio submateria, de conformidad a lo dispuesto en el literal n) del articulo 11º del Reglamento de Organizacion y Funciones-ROF de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, aprobado por el Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29151 y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA y su modificatoria aprobada por el Decreto Supremo N° 002-2009-VIVIENDA, Decreto Supremo N° 013-2012-VIVIENDA, el Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA, la Directiva N° 003-2011/SBN aprobada por la Resolucion Nº 020-2011/SBN y Decreto de Urgencia N° 071-2001; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la adjudicacion en venta directa por causal de posesion a favor de la Orden Religiosa de los Padres Benedictinos del predio de 85 881.78 m², ubicado sobre la ladera y cima del cerro denominado MORDAZA al norte de la habilitacion semirustica Huertos de San MORDAZA, distrito de MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, inscrito en la Partida Nº 12343966 del Registro de Predios de MORDAZA, con Registro SINABIP Nº 16990 correspondiente al Libro de Lima. Articulo 2º.- El valor comercial del predio cuya venta se aprueba, asciende a la suma de S/. 162,806.08 (Ciento Sesenta y Dos Mil Ochocientos Seis con 08/100 Nuevos Soles), conforme a la valorizacion efectuada por

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