Norma Legal Oficial del día 02 de marzo del año 2013 (02/03/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 50

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 2 de marzo de 2013

la empresa Allemant Asociados Peritos Valuadores SAC, precio que debe ser cancelado en un plazo de treinta (30) dias habiles, a partir de la fecha de publicacion de la presente Resolucion. Articulo 3º.- Los ingresos que se obtengan de la venta del predio constituiran recursos del Tesoro Publico y de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales en un 97% y 3%, respectivamente, una vez deducidos los gastos operativos y administrativos. Articulo 4º.- La Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, en representacion del Estado, otorgara la respectiva Escritura Publica de transferencia a favor del senor Orden Religiosa de Los Padres Benedictinos, una vez cancelado el precio de venta del predio. Articulo 5º.- La MORDAZA Registral Nº IX - Sede MORDAZA de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos inscribira, la venta directa de propiedad a que se refiere el articulo 1º de la presente Resolucion, por el merito de la correspondiente Escritura Publica. Registrese, comuniquese y publiquese.MARIA DEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA Subdirectora (e) de Desarrollo Inmobiliario 906403-1

Aprueban adjudicacion en venta directa por causal de colindancia de predio ubicado en el distrito de Ventanilla, Provincia Constitucional del Callao
SUBDIRECCION DE DESARROLLO INMOBILIARIO RESOLUCION Nº 004-2013/SBN-DGPE-SDDI MORDAZA, 22 de febrero de 2013 Visto, el Expediente Nº 107-2011/SBNSDDI, que contiene la solicitud de adjudicacion en venta directa por causal de colindancia, formulada por los senores MORDAZA MORDAZA Ayvar MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, respecto del predio de 11 468,17 m², denominado "Parcela A-12", ubicado al Sur de la Urbanizacion MORDAZA Satelite de Ventanilla, a 127 m. al Este de la Carretera CallaoVentanilla, distrito de Ventanilla, Provincia Constitucional del Callao; y, CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales-SBN, en merito a la Ley Nº 29151, el Decreto Supremo Nº 004-2007-VIVIENDA, por el cual se adscribe a la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales al Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, el Reglamento de la Ley Nº 29151 aprobado por el Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA, asi como el Decreto Supremo Nº 058-2011-PCM, que actualiza la calificacion y relacion de los organismos publicos de acuerdo a lo dispuesto por la Ley Nº 29158, es el Organismo Publico Ejecutor, adscrito al Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, que en su calidad de Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales es responsable de normar los actos de adquisicion, disposicion, administracion y supervision de los bienes estatales, asi como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes cuya administracion esta a su cargo y tiene como finalidad buscar el aprovechamiento economico de los bienes del Estado en MORDAZA con el interes social; Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales-SBN es el propietario del predio de 11 468,17 m², denominado "Parcela A-12", ubicado al Sur de la Urbanizacion MORDAZA Satelite de Ventanilla, a 127 m. al Este de la Carretera Callao-Ventanilla, distrito de Ventanilla, Provincia Constitucional del Callao, el mismo que se encuentra inscrito en la Partida Nº 70391321 del Registro de Predios del Callao y anotado en el Registro SINABIP Nº 2281 correspondiente al Libro del Callao; Que, mediante el escrito s/n recibido por esta Superintendencia el 04 de febrero de 2011, modificado por el escrito s/n recibido el 02 de diciembre de 2011, los senores MORDAZA MORDAZA Ayvar MORDAZA y MORDAZA MORDAZA

MORDAZA MORDAZA solicitaron la adjudicacion en venta directa por causal de colindancia contemplada en el literal a) del Articulo 77º del Reglamento de la Ley Nº 29151, respecto del predio senalado en el MORDAZA considerando de la presente Resolucion; Que, mediante inspeccion tecnica llevada a cabo por profesionales de esta Subdireccion el 09 de marzo de 2011, se verifico que el predio descrito en el MORDAZA considerando de la presente Resolucion, constituye cumbre y ladera de cerro, con pendiente pronunciada y suelo arenoso con afloramiento rocoso y se encuentra libre de ocupacion, con pequenas plantaciones y una gruta, el mismo que colinda con la propiedad de los senores MORDAZA MORDAZA Ayvar MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, siendo su acceso regular y natural a traves de aquel; Que, el numeral 75.2 del Articulo 75º del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado por el Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA, establece que la solicitud de venta directa debera ser presentada ante la entidad propietaria del bien o el Gobierno Regional, segun corresponda y sera aprobada por Resolucion del Titular del Pliego sustentada en el respectivo Informe Tecnico-Legal, previa opinion tecnica de la SBN; Que, de acuerdo a lo senalado en el literal a) del Articulo 48º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA, es funcion de la Subdireccion de Desarrollo Inmobiliario de la SBN, sustentar y emitir los actos administrativos de disposicion de bienes estatales que se encuentren bajo competencia y administracion de la SBN; Que, mediante escrito s/n recibido por esta Superintendencia el 17 de MORDAZA de 2012, la Empresa de Servicios a la Construccion S.A.C.(ESERCO), remitio el informe de valuacion comercial de fecha 11 de MORDAZA de 2012, del predio senalado en el MORDAZA considerando de la presente Resolucion, estableciendo un valor de S/. 246,477.87 (Doscientos cuarenta y seis mil cuatrocientos setenta y siete con 87/100 Nuevos Soles), que resulta de la conversion a moneda nacional del valor calculado de US$ 93,362.83 (Noventa y tres mil trescientos sesenta y dos con 83/100 Dolares Americanos), segun el MORDAZA de cambio indicado en el informe MORDAZA mencionado, valor que no ha sufrido variacion a la fecha, por lo que, este se mantiene vigente hasta marzo del 2013, tal como lo senala la Empresa de Servicios a la Construccion S.A.C. (ESERCO) en su escrito s/n recibido por esta SBN el 11 de enero de 2013; Que, mediante escrito s/n recibido por esta Superintendencia el 14 de junio de 2012, los senores MORDAZA MORDAZA Ayvar MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA manifiestan su conformidad con el valor de tasacion del predio senalado en el MORDAZA considerando de la presente Resolucion; Que, en merito a lo dispuesto por el Articulo 78º del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado por el Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA concordado a su vez con el item 3.10 del numeral 3 de la Directiva Nº 003-2011/SBN que regula los "Procedimientos para la aprobacion de la venta directa por causal de predios de dominio privado del Estado de libre disponibilidad" aprobada por la Resolucion Nº 020-2011/SBN, se publico con fecha 13 de MORDAZA de 2012 en el Diario Oficial "El Peruano" y con fecha 03 de agosto de 2012 en el Diario "Expreso", el procedimiento de venta del predio senalado en el MORDAZA considerando de la presente Resolucion, a efectos de que cualquier tercero que se sienta afectado en algun derecho real que tuviera sobre el predio pudiera formular su oposicion dentro del plazo de 10 dias habiles de efectuada la MORDAZA publicacion; Que, mediante el Informe Nº 106-2012/SBN-OAJ de fecha 27 de diciembre de 2012, la Oficina de Asesoria Juridica de esta Superintendencia manifiesta que de la revision del expediente administrativo que sustenta la presente venta, observaron que en el formato de publicacion se habia consignado de manera erronea la causal de venta, siendo necesario su enmienda a efectos de proseguir con el procedimiento de adjudicacion en venta directa por causal de colindancia; Que, teniendo en cuenta lo senalado por la Oficina de Asesoria Juridica en el parrafo precedente, mediante el Oficio Nº 39-2013/SBN-DGPE-SDDI de fecha 10 de enero de 2013, se procedio a publicitar el acto de disposicion con

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