Norma Legal Oficial del día 02 de marzo del año 2013 (02/03/2013)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 53

El Peruano MORDAZA, sabado 2 de marzo de 2013

NORMAS LEGALES

489979

Servicio Pago Compartido (0801): Permite asignar a un suscriptor de la serie, uno o mas numeros de modo que permita a usuarios llamar a dichos numeros, compartiendo en la proporcion acordada la tarifa que corresponde a la llamada. Esta facilidad de red inteligente se realiza a traves del servicio publico de telefonia fija y/o servicio publico movil. Articulo 3°.- Tratamiento tarifario del Servicio de Cobro Revertido. Las llamadas realizadas por los usuarios del servicio de telefonia fija y del servicio publico movil hacia los suscriptores de la serie 0800 seran gratuitas para los usuarios. La empresa operadora del servicio de telefonia fija y del servicio publico movil que le presta el servicio a los suscriptores de la serie 0800 establecera la tarifa a ser aplicada a las llamadas locales y de larga distancia. El suscriptor de la serie 0800 asumira ante el concesionario que le presta el servicio el monto correspondiente por las llamadas originadas y recibidas, asi como, el monto correspondiente por el uso de la facilidad de red inteligente. Articulo 4°.- Tratamiento tarifario del Servicio de Pago Compartido. Cuando las empresas operadoras del servicio de telefonia fija y de los servicios publicos moviles apliquen la modalidad tarifaria "Tarifa por Trafico Local al Origen", tambien denominada "Modalidad 2" por la Resolucion de Consejo Directivo N° 035-97-CD/OSIPTEL que establecio el Regimen de Tarifas Maximas Fijas para el Uso de la Serie 0801, el usuario llamante sera quien asuma el pago por el trafico local. En dicho caso, las llamadas cursadas desde los usuarios de la red del servicio de telefonia fija con destino a los suscriptores de la red del servicio de telefonia fija tendran el siguiente tratamiento tarifario: a) En las llamadas locales de un abonado del servicio de telefonia fija hacia un suscriptor de la serie 801, el abonado asume el pago de tarifa local. b) En las llamadas de larga distancia nacional el abonado llamante asume el pago de la tarifa local y el suscriptor asume el pago de la diferencia entre la tarifa de larga distancia nacional y la tarifa local. Asimismo, cuando las llamadas MORDAZA cursadas desde: (i) los usuarios de la red del servicio publico movil con destino a los suscriptores de la serie 0801 de la red del servicio de telefonia fija, (ii) los usuarios de la red del servicio de telefonia fija con destino a los suscriptores de la serie 0801 de la red del servicio publico movil y (iii) los usuarios de la red del servicio publico movil con destino a los suscriptores de la serie 0801 de la red del servicio publico movil, el abonado sera quien asuma el pago de la llamada. Las empresas operadoras del servicio de telefonia fija que cuenten con suscriptores de la serie 0801 bajo la modalidad tarifaria "Tarifa por Trafico Local al Origen", tambien denominada "Modalidad 2", deberan comunicar en forma permanente a las empresas operadoras del servicio de telefonia fija y a las empresas operadoras de los servicios publicos moviles, con los cuales tienen una relacion de interconexion, un listado que incluya unicamente los numeros de la serie 0801 que MORDAZA asignado, desagregado por cada departamento del pais. Articulo 5°.- Acceso a los servicios de red inteligente de las series 0800 y 0801. Los usuarios del servicio de telefonia fija y del servicio publico movil, independientemente de la modalidad de pago del servicio contratado por el abonado, podran acceder a los servicios prestados por los suscriptores de las series 0800 y 0801, salvo que exista algun MORDAZA de restriccion estipulada por el suscriptor del servicio. La empresa operadora que brinda el servicio 0800 y 0801 es la responsable de hacer efectivas las restricciones solicitadas por su suscriptor. En el caso de las comunicaciones originadas por los usuarios del servicio de telefonia fija y del servicio publico movil con destino a los suscriptores de la serie 0801 del servicio de telefonia fija y del servicio publico movil, el trafico local que debe ser asumido por el abonado de la

red de origen debera ser considerado como trafico incluido en el correspondiente plan contratado por dicho abonado, considerando la red de origen y la red de destino de dichas comunicaciones. Si los minutos incluidos en el plan contratado son utilizados en su totalidad, las comunicaciones originadas por los usuarios del servicio de telefonia fija y del servicio publico movil con destino a los suscriptores de la serie 0801 del servicio de telefonia fija y del servicio publico movil, seran cobrados como minutos adicionales al plan contratado. Capitulo II Del encaminamiento de las llamadas Articulo 6°.- Comunicaciones originadas en los usuarios de la red del servicio de telefonia fija con destino a un suscriptor de la serie 0800 o 0801 de la empresa del servicio de telefonia fija. Las comunicaciones locales y de larga distancia nacional originadas en los usuarios de la red del servicio de telefonia fija con destino a un suscriptor de la serie 0800 o 0801 de una empresa operadora del servicio de telefonia fija, seran entregadas en el punto de interconexion de la red del servicio de telefonia fija a la cual pertenece el suscriptor en el departamento en donde se origina la llamada, a traves de su interconexion directa o a traves del servicio de transporte conmutado local provisto por otro operador. De no existir un punto de interconexion en el departamento de origen, la empresa operadora del servicio de telefonia fija en donde se origina la llamada podra entregar las comunicaciones en un punto de interconexion en otro departamento, que sea acordado por las partes. Articulo 7°.- Comunicaciones originadas en los usuarios de la red del servicio de telefonia fija con destino a un suscriptor de la serie 0800 o 0801 de la empresa del servicio publico movil. Las comunicaciones originadas en los usuarios de la red del servicio de telefonia fija con destino a un suscriptor de la serie 0800 o 0801 de una empresa operadora del servicio publico movil seran entregadas en el punto de interconexion de la red del servicio publico movil a la cual pertenece el suscriptor en el departamento en donde se origina la llamada, a traves de su interconexion directa o a traves del servicio de transporte conmutado local provisto por otro operador. De no existir un punto de interconexion en el departamento de origen, la empresa operadora del servicio de telefonia fija en donde se origina la llamada podra entregar las comunicaciones en un punto de interconexion en otro departamento, que sea acordado por las partes. Articulo 8°.- Comunicaciones originadas en los usuarios de la red del servicio publico movil con destino a un suscriptor de la serie 0800 o 0801 de la empresa del servicio de telefonia fija. Las comunicaciones originadas en los usuarios de la red del servicio publico movil con destino a un suscriptor de la serie 0800 o 0801 de una empresa operadora del servicio de telefonia fija seran entregadas en el punto de interconexion de la red del servicio de telefonia fija a la cual pertenece el suscriptor en el departamento donde MORDAZA redes cuenten con interconexion directa o a traves del servicio de transporte conmutado local provisto por otro operador. Articulo 9°.- Comunicaciones originadas en los usuarios de la red del servicio publico movil con destino a un suscriptor de la serie 0800 o 0801 de la empresa del servicio publico movil. Las comunicaciones originadas en los usuarios de la red del servicio publico movil con destino a un suscriptor de la serie 0800 o 0801 de una empresa operadora del servicio publico movil seran entregadas en el punto de interconexion de la red del servicio publico movil a la cual pertenece el suscriptor en el departamento donde MORDAZA redes cuenten con interconexion directa o a traves del servicio de transporte conmutado local provisto por otro operador.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.