Norma Legal Oficial del día 22 de marzo del año 2013 (22/03/2013)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano MORDAZA, viernes 22 de marzo de 2013

NORMAS LEGALES

491311

exonerada del cumplimiento de los procedimientos y las formalidades previstos en los lineamientos para la elaboracion y aprobacion del Cuadro de Asignacion del Personal (CAP), del Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) y del Manual de Organizacion y Funciones (MOF), aprobados mediante los Decretos Supremos 043-2004-PCM y 043-2006-PCM, respectivamente; asi como de las restricciones en materia de contratacion de personal y de modificaciones en el nivel funcional programatico vigentes para el ano fiscal 2013, previa opinion favorable del Ministerio de Economia y Finanzas (MEF). La ONP puede realizar las modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programatico que MORDAZA necesarias en el ano fiscal 2013 con cargo a su presupuesto institucional autorizado en las MORDAZA de financiamiento Recursos Directamente Recaudados y Recursos Determinados, segun corresponda. El Ministerio de Economia y Finanzas, en coordinacion con la ONP, en un plazo MORDAZA de noventa (90) dias contados a partir de la publicacion de la presente Ley, puede modificar mediante resolucion ministerial del sector el CAP y el ROF de la ONP, para la aplicacion de la presente Ley. TERCERA. Defensa de los intereses del Estado La defensa de los intereses del Estado en todos los procesos judiciales que versen sobre la aplicacion de los derechos y obligaciones previstos en la presente Ley esta a cargo de la ONP, conforme a la primera disposicion complementaria del Decreto Legislativo 817, Ley del Regimen Previsional a cargo del Estado. CUARTA. Costos de publicacion Exonerase del costo de la publicacion en el diario oficial El Peruano a los listados senalados en los articulos 6 y 7. DISPOSICION COMPLEMENTARIA DEROGATORIA UNICA. Derogacion de normas A partir de la vigencia de la presente Ley, derogase el aporte obligatorio regulado por el literal b) del articulo 3 de la Ley 28193, Ley que prorroga el plazo de vigencia del Comite Especial Multisectorial de Reestructuracion de la MORDAZA de Beneficios y Seguridad Social del Pescador, modificado por la Ley 28320, asi como toda MORDAZA referida a la CBSSP que se oponga a lo establecido en la presente Ley. DISPOSICION COMPLEMENTARIA MODIFICATORIA UNICA. Modificacion del articulo 5 del Decreto Legislativo 501 Incorporase como tercer parrafo del articulo 5 del Decreto Legislativo 501, Ley General de Superintendencia de Administracion Tributaria, el texto siguiente: "Articulo 5°.- Son funciones de la Superintendencia Nacional de la Administracion Tributaria (SUNAT), las siguientes: (...) La Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria (SUNAT) ejerce las funciones MORDAZA senaladas respecto de los aportes al Regimen Especial de Pensiones (REP) para los trabajadores pesqueros y el Fondo Extraordinario del Pescador (FEP)." Comuniquese al senor Presidente Constitucional de la Republica para su promulgacion. En MORDAZA, a los dieciseis dias del mes de marzo de dos mil trece. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Congreso de la Republica MORDAZA MORDAZA EGUREN NEUENSCHWANDER MORDAZA Vicepresidente del Congreso de la Republica

AL SENOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintiun dias del mes de marzo del ano dos mil trece. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA F. MORDAZA MAYOR Presidente del Consejo de Ministros 915561-1

PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
Autorizan viaje a Japon del Ministro de Energia y Minas y encargan su Despacho al Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento
RESOLUCION SUPREMA Nº 104-2013-PCM MORDAZA, 21 de marzo de 2013 CONSIDERANDO: Que, entre los dias 25 al 27 de marzo de 2013, se llevara a cabo en la MORDAZA de Tokio, Japon, la visita protocolar con autoridades y potenciales inversionistas del Sector minero - energetico, asi como la visita a la Planta Petroquimica de Kawasaki; Que, de conformidad con el articulo 2º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Energia y Minas, aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2007EM, el Ministerio de Energia y Minas tiene por finalidad promover el desarrollo integral y sostenible de las actividades minero energeticas; Que, en tal sentido y por ser de interes para el MORDAZA, es necesario autorizar el viaje del Ministro de Estado en la Cartera de Energia y Minas, del 23 al 28 de marzo de 2013, para los fines a que se refiere el parrafo precedente, el mismo que no irrogara ningun MORDAZA de gasto al Estado; Que, de acuerdo con lo previsto en el articulo 127 de la Constitucion Politica del Peru, es necesario encargar la Cartera de Energia y Minas en tanto dure la ausencia de su titular, y; De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 25962, Ley Organica del Sector Energia y Minas; Ley Nº 27619, Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de los funcionarios y servidores publicos, y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, Reglamento de la Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de los funcionarios y servidores publicos; SE RESUELVE: Articulo 1.- Autorizar el viaje del Ministro de Estado en la Cartera de Energia y Minas, senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a la MORDAZA de Tokio, Japon, del 23 al 28 de marzo de 2013, para los fines a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolucion Suprema. Articulo 2.- Encargar la Cartera de Energia y Minas al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento, a partir del 23 de marzo de 2013 y mientras dure la ausencia de su titular. Articulo 3.- La presente autorizacion de viaje no irroga ningun MORDAZA de gasto al Estado, ni otorga derecho a exoneracion o liberacion de impuestos de aduana de cualquier clase o denominacion.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.