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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE MARZO DEL AÑO 2013 (22/03/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 14

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 22 de marzo de 2013 491316 Que, consecuentemente, se requiere aprobar un nuevo Cuadro para Asignación de Personal – CAP de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada – PROINVERSIÓN que refl eje, en la estructuración de cargos, la nueva organización aprobada; Con el Informe Técnico Legal favorable N° 01-2013/ OPP de las Ofi cinas de Administración, Asesoría Jurídica y Planeamiento y Presupuesto de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada – PROINVERSIÓN; y De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; en la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado y modifi catorias; en la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; en el Decreto Supremo N° 043-2004-PCM; y en la Resolución Ministerial N° 083-2013-EF/10, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones – ROF de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada – PROINVERSIÓN; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobación del CAP de PROINVERSIÓN Apruébese el Cuadro para Asignación de Personal de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada – PROINVERSIÓN, que como anexo forma parte de la presente resolución. Artículo 2.- Acciones de PROINVERSIÓN La Agencia de Promoción de la Inversión Privada – PROINVERSIÓN, ejecutará las acciones necesarias que le permitan implementar el Cuadro para Asignación de Personal y ocupar las plazas contempladas en él, de conformidad a la normatividad vigente y siempre que las plazas respectivas se encuentren debidamente presupuestadas. Artículo 3.- Publicación del CAP de PROINVERSIÓN La presente resolución ministerial es publicada en el Diario Oficial “El Peruano”. El Cuadro para Asignación de Personal de PROINVERSIÓN, aprobado por el artículo 1 de la presente norma es publicado en el Portal del Estado Peruano (www.peru. gob.pe), en el portal del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe) y en el Portal Institucional de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada – PROINVERSIÓN (www.proinversion.gob.pe) el mismo día de su publicación. Artículo 4.- Vigencia La presente norma entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 5.- Derogación Deróguese la Resolución Ministerial N° 226-2011- EF/10 que aprueba el Cuadro para Asignación de Personal – CAP de la Agencia de Promoción de la Inversión - PROINVERSIÓN y las demás normas que se opongan a la presente Resolución Ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO Ministro de Economía y Finanzas 915559-1 Aprueban Convenio de Traspaso de Recursos a ser suscrito entre el Ministerio y COFIDE, mediante el cual se establecen términos y condiciones para el traspaso de recursos y pago del servicio de la deuda correspondiente a la operación de endeudamiento externo aprobada por D.S. Nº 199-2012-EF RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 086-2013-EF/52 Lima, 21 de marzo de 2013 CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Supremo N° 199-2012-EF, se aprobó la operación de endeudamiento externo entre la República del Perú y el Japan International Cooperation Agency - JICA, hasta por la suma de ¥ 8 770 000 000,00 (OCHO MIL SETECIENTOS SETENTA MILLONES Y 00/100 YENES JAPONESES), para fi nanciar parcialmente el “Programa de Asistencia para Infraestructura de Renovación Energética”, a ser ejecutado por la Corporación Financiera de Desarrollo S.A. - COFIDE; Que, de conformidad con el artículo 3° del citado Decreto Supremo, el Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público, traspasará a COFIDE Ios recursos derivados de la aludida operación de endeudamiento externo mediante un Convenio de Traspaso de Recursos, el mismo que será aprobado por Resolución Ministerial; Que, asimismo el artículo 5º del acotado Decreto Supremo establece que el servicio de amortización, intereses, comisiones y demás gastos, que ocasione la citada operación de endeudamiento, serán atendidos por el Ministerio de Economía y Finanzas con cargo a los recursos que proporcione oportunamente COFIDE; Que, de acuerdo con lo dispuesto por la Décimo Sexta Disposición Complementaria y Transitoria del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 034-2012-EF, modifi cado por la Ley N° 29953, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2013, el reembolso a favor del Gobierno Nacional correspondiente a compromisos generados en el marco de las operaciones realizadas bajo el ámbito del Sistema Nacional de Endeudamiento, es efectuado a través de un fi deicomiso; Que, en tal sentido, el servicio de la deuda de la operación de endeudamiento aprobada por el Decreto Supremo Nº 199-2012-EF será atendido a través del Fideicomiso de Administración de Fondos a ser constituido entre el COFIDE, en calidad de fi deicomitente, el Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público, en calidad de Fideicomisario, y el Banco de la Nación – BN, en calidad de fi duciario; Que, sobre el particular han opinado favorablemente la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público y la Ofi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Economía y Finanzas; De conformidad con lo dispuesto por el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 034-2012-EF y su modifi catoria, y el Decreto Supremo N° 199-2012-EF; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Apruébese el Convenio de Traspaso de Recursos a ser suscrito entre el Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público, y la Corporación Financiera de Desarrollo S.A. - COFIDE, mediante el cual se establecen los términos y condiciones para el traspaso de los recursos y el pago del servicio de la deuda correspondiente a la operación de endeudamiento externo aprobada por el Decreto Supremo Nº 199-2012-EF. Artículo 2º.- Aprobar la constitución de un fi deicomiso entre la Corporación Financiera de Desarrollo S.A. - COFIDE y el Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público, con la participación del Banco de la Nación, como Fiduciario, para los fi nes a que se refi ere la parte considerativa de esta resolución ministerial. Artículo 3º.- Autorícese al Director General de la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público a suscribir, en representación del Ministerio de Economía y Finanzas, el Convenio de Traspaso de Recursos y el Contrato de Fideicomiso que se aprueban en los artículos 1º y 2º de esta resolución ministerial, así como toda documentación necesaria para su implementación. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO Ministro de Economía y Finanzas 915559-2