Norma Legal Oficial del día 22 de marzo del año 2013 (22/03/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano MORDAZA, viernes 22 de marzo de 2013

NORMAS LEGALES

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6.2. Las Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana pueden acreditar representantes calificados, con experiencia en planeamiento y presupuesto, para integrar el equipo tecnico del Presupuesto Participativo de los Gobiernos Regionales o Locales, segun sea el caso. Para estos efectos, contaran con el asesoramiento tecnico del area de Planeamiento y Presupuesto correspondiente. 6.3. Los Gobiernos Regionales y Locales difundiran la normas que regulan la participacion de las Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana en el Presupuesto Participativo, a fin de promover la formulacion y sustentacion de proyectos de inversion orientados a fortalecer la seguridad ciudadana. Para esta labor de difusion, las autoridades regionales y locales contaran con el apoyo de la Policia Nacional del Peru, a traves de los Comisarios u Oficinas de Participacion Ciudadana (OPC). Articulo 7º.- Capacitacion nacional e internacional Los Gobiernos Regionales y Locales son responsables de organizar y ejecutar actividades de capacitacion dirigidas a los representantes y miembros de las Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana en materia de prevencion comunitaria de faltas, delitos u otros fenomenos sociales adversos, apoyo informativo para la disuasion de la violencia y la delincuencia, proyeccion social para la seguridad ciudadana y otros temas afines. Estas actividades educativas seran efectuadas por los capacitadores del Sistema de Participacion Ciudadana de la Policia Nacional del Peru u otros especialistas. La Secretaria Tecnica del Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana (CONASEC) promovera la capacitacion de las Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana a nivel nacional. Para la capacitacion de las Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana, las instituciones MORDAZA senaladas pueden suscribir convenios con organizaciones publicas, privadas, nacionales o internacionales, que permitan el intercambio de conocimientos, practicas y experiencias exitosas para la prevencion comunitaria del delito y la violencia, en beneficio de las Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana. En este MORDAZA, los Gobiernos Regionales y Locales fomentaran el intercambio nacional e internacional de misiones tecnicas integradas por representantes o miembros de las Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana, Comisarios o personal de las Oficinas de Participacion Ciudadana de la Policia Nacional del Peru (OPC) y autoridades del Gobierno Regional o Local. Articulo 8º.- Asesoria Juridica y Orientacion Legal Gratuita Los Gobiernos Regionales y Locales dispondran que sus consultorios juridicos respectivos, brinden el asesoramiento legal que por razon de su labor requieran los representantes o miembros de las Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana. En caso de no contar con los citados consultorios juridicos, los Gobiernos Regionales y Locales podran suscribir acuerdos con los Colegios de Abogados de sus jurisdicciones. Asimismo, los Gobiernos Regionales y Locales, en coordinacion con la Policia Nacional del Peru, realizaran campanas de orientacion legal dirigidas a las Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana y a la comunidad en general, para lo cual podran requerir el apoyo de instituciones publicas u organizaciones de la sociedad civil dispuestas a brindar asesoramiento juridico gratuito a las Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana. Articulo 9º.- Beneficios en salud Los coordinadores e integrantes de las Juntas Vecinales accederan a cualquiera de los regimenes que administra el Seguro Integral de Salud (SIS) del Ministerio de Salud, siempre que reunan los siguientes requisitos: tener documento nacional de identidad (DNI) vigente, carecer de seguro de salud y contar con la calificacion socioeconomica del Sistema de Focalizacion de Hogares (SISFOH) que administra el Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social. Los coordinadores e integrantes de las Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana beneficiarios del Seguro Integral de Salud (SIS) recibiran la cobertura de salud que corresponde al regimen al cual han sido incorporados.

Articulo 10º.- Las Juntas Vecinales como miembros de los Comites de Seguridad Ciudadana Los Gobiernos Regionales y Locales incorporaran a los representantes de las Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana en los Comites de Seguridad Ciudadana regionales, provinciales y distritales respectivos, de lo cual daran cuenta oportunamente a la Secretaria Tecnica del Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana (CONASEC), la cual promovera y supervisara el cumplimiento de esta disposicion y llevara un registro actualizado a nivel nacional. La incorporacion de las Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana promovidas por la Policia Nacional del Peru a los Comites Regionales y Provinciales de Seguridad Ciudadana no afecta la participacion de las Juntas Vecinales Comunales establecidas por los Gobiernos Regionales y Municipales en los referidos Comites. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS TRANSITORIAS Primera.- Para la aplicacion de los beneficios contemplados en el presente Decreto Supremo, la Policia Nacional del Peru remitira al Seguro Integral de Salud y a los Gobiernos Regionales y Locales, la relacion de los coordinadores e integrantes de las Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana, cuya vigencia sera de dos anos. Adicionalmente, en el plazo de 20 dias habiles de expedido el presente Decreto Supremo, la Policia Nacional del Peru, a traves de la Direccion Nacional de la Familia y Participacion Ciudadana (DIRFAPASEC) y, el Ministerio de Salud, a traves del Seguro Integral de Salud (SIS), conformaran un equipo interinstitucional responsable de las coordinaciones orientadas al cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 9º de esta norma. La Policia Nacional del Peru creara una base de datos que permita identificar a los ciudadanos integrantes de las Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana a nivel nacional. Segunda.- No obstante lo previsto en el articulo 7º del presente Decreto Supremo, la Policia Nacional del Peru continuara desarrollando actividades de sensibilizacion y capacitacion de las Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana, de conformidad a su mision y funciones institucionales. 915561-2

Autorizan viaje a Bolivia de servidora de MIGRACIONES, en comision de servicios
RESOLUCION SUPREMA Nº 026-2013-IN MORDAZA, 21 de marzo de 2013 VISTO, el OF. RE (DDF) Nº 22-6-BB/7 de fecha 30 de enero de 2013, suscrito por el Director de Desarrollo e Integracion Fronteriza del Ministerio de Relaciones Exteriores; CONSIDERANDO: Que, mediante OF. RE (DDF) Nº 22-6-BB/7 de fecha 30 de enero de 2013, suscrito por el Director de Desarrollo e Integracion Fronteriza del Ministerio de Relaciones Exteriores y Oficio RE (ODE-PUNO) Nº 078-2013 de fecha 15 de febrero de 2013 suscrito por el Director Regional de la Oficina Desconcentrada del Ministerio de Relaciones Exteriores ­ MORDAZA, se hace de conocimiento de la Superintendencia Nacional de Migraciones ­ MIGRACIONES que el dia 26 de marzo de 2013 se realizara la I Reunion del Comite de Frontera Altiplanico Peru-Bolivia en la MORDAZA de Copacabana, Estado Plurinacional de Bolivia, motivo por el cual se ha convocado a la Superintendencia Nacional de Migraciones ­ MIGRACIONES para participar de la citada reunion; Que, es conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior de la senorita MORDAZA Capacoila Grimaldos, Inspector de Migraciones

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