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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 22 de marzo de 2013 491313 de cinco (5) días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial. Artículo 5°.- Instalación La Comisión Sectorial se instalará dentro de los ocho (8) días hábiles siguientes, contados a partir del día siguiente del vencimiento del plazo para la acreditación de sus representantes. Artículo 6°.- Plazo La Comisión Sectorial culminará sus funciones en un plazo que no deberá exceder de ciento ochenta (180) días calendarios, contados a partir de su instalación. Artículo 7°.- Informe Final La Comisión Sectorial deberá elaborar y presentar ante el Presidente del Consejo de Ministros un informe fi nal que contendrá el proyecto de Reglamento de Funcionamiento del Consejo de Coordinación Intergubernamental, dentro del plazo a que se refi ere el artículo precedente. Con la entrega de este documento culminará la labor de la Comisión. Artículo 8°.- Gastos Los gastos individuales que se irrogue a los miembros de la Comisión Sectorial en el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución, deberán ser cubiertos con cargo a los presupuestos institucionales de sus respectivas entidades. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros 915452-1 AGRICULTURA Autorizan viaje a Bolivia de profesionales de la Autoridad Nacional del Agua, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 012-2013-AG Lima, 21 de marzo de 2013 VISTO: El OF. RE (DDF) Nº 22-6-BB/7 de fecha 30 de enero del 2013, del Director de Desarrollo e Integración Fronteriza del Ministerio de Relaciones Exteriores, el Ofi cio Nº 224-2013- ANA-SG/OAJ de fecha 06 de marzo del 2013, del Secretario General de la Autoridad Nacional del Agua – ANA, y la Nota de Envío Nº 30730-13 de fecha 07 de marzo de 2013, de la Secretaría General del Ministerio de Agricultura; y, CONSIDERANDO: Que, mediante OF. RE (DDF) Nº 22-6-BB/7 de fecha 30 de enero del 2013, dirigido al Jefe de la Autoridad Nacional del Agua – ANA, el Director de Desarrollo e Integración Fronteriza del Ministerio de Relaciones Exteriores, le solicita designar a los funcionarios que participarán en la “I Reunión del Comité de Frontera Altiplánico Perú-Bolivia”, la misma que se llevará a cabo el día 27 de marzo del 2013, en la ciudad de Copacabana, Estado Plurinacional de Bolivia; Que, mediante OF. RE (DDF) Nº 22-6-BB/22 de fecha 21 de febrero del 2013, el Director de Desarrollo e Integración Fronteriza del Ministerio de Relaciones Exteriores, comunica que la referida reunión ha sido reprogramada para el día 26 de marzo del 2013; Que, el objetivo del referido evento consiste, entre otros, en el tratamiento de temas de interés común para el desarrollo sostenible del área fronteriza, principalmente en facilitación fronteriza, infraestructura, transporte y normas; así como, integración, equidad e inclusión social; Que, mediante Ofi cio Nº 174-2013-ANA-SG/DCPRH de fecha 21 de febrero del 2013, el Secretario General de la Autoridad Nacional del Agua - ANA, comunica al Director de Desarrollo e Integración Fronteriza del Ministerio de Relaciones Exteriores, que al citado evento asistirán, en calidad de representantes de la Autoridad Nacional del Agua – ANA, el señor Mauro Mendoza Chacaltana, Coordinador del Área de Recursos Hídricos Transfronterizos y el señor Walter Fredy Canaza Quispe, Administrador Local de Agua Ilave, de la citada entidad; Que, los gastos por conceptos de pasajes de ambos funcionarios hasta la ciudad de Puno, se rigen por las normas sobre la materia que regulan los viajes al interior del país; mientras que los gastos por concepto de viáticos de ambos representantes a la ciudad de Copacabana, Estado Plurinacional de Bolivia, serán asumidos con cargo al Pliego Presupuestal 164: Autoridad Nacional del Agua - ANA, según lo indicado en el Memorándum Nº 643-2013-ANA-OPP-UDP de fecha 08 de marzo de 2013, emitido por el Director (e) de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto de la Autoridad Nacional del Agua – ANA; Que, siendo de interés nacional la participación de los representantes de la Autoridad Nacional del Agua - ANA, resulta procedente autorizar el viaje de los citados profesionales, por cuanto se tratará la política nacional y binacional para la gestión de cuencas transfronterizas; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modifi cada por Ley Nº 28807 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002- PCM; el Decreto Legislativo Nº 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 031-2008-AG y la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje del señor Mauro Mendoza Chacaltana, Coordinador del Área de Recursos Hídricos Transfronterizos y del señor Walter Fredy Canaza Quispe, Administrador Local de Agua Ilave, ambos profesionales de la Autoridad Nacional del Agua - ANA, a la ciudad de Copacabana, Estado Plurinacional de Bolivia, el 26 de marzo del 2013, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema, serán con cargo a los recursos presupuestales asignados al Pliego 164: Autoridad Nacional del Agua - ANA, de acuerdo al siguiente detalle: MAURO MENDOZA CHACALTANA Viáticos : US$ 200 Total : US$ 200 WALTER FREDY CANAZA QUISPE Viáticos : US$ 200 Total : US$ 200 Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje autorizado, los citados profesionales, deberán presentar ante el Titular de la Entidad un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 4.- La presente Resolución Suprema no libera, ni exonera del pago de impuestos y/o derechos aduaneros de cualquier clase o denominación. Artículo 5.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Agricultura. Regístrese, comuníquese y publíquese OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros MILTON VON HESSE LA SERNA Ministro de Agricultura 915560-1