Norma Legal Oficial del día 22 de marzo del año 2013 (22/03/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 22 de marzo de 2013

de la Superintendencia Nacional de Migraciones MIGRACIONES, por cuanto su participacion coadyuvara, entre otros aspectos, a compartir conocimientos a fin de hacer mas viable la circulacion de las personas entre ambos paises; Que, los gastos por concepto de pasajes terrestres y viaticos seran asumidos por la Unidad Ejecutora 001: Oficina General de Administracion del Pliego 007, Ministerio del Interior; Que, el penultimo parrafo del numeral 10.1 del articulo 10 de la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013 establece, respecto a los viajes al exterior de servidores o funcionarios publicos y representantes del Estado con cargo a recursos publicos, que el requerimiento de excepciones adicionales a las senaladas en los literales de dicho numeral, en el caso de las entidades del Poder Ejecutivo, debera canalizarse a traves de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autoriza mediante resolucion suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; Con la visacion de la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio del Interior; y, De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013; el Decreto Legislativo Nº 1130 que crea la Superintendencia Nacional de Migraciones ­ MIGRACIONES; el Decreto Legislativo N° 1135, que aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio del Interior y el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio del Interior aprobado mediante Decreto Supremo N° 002-2012-IN; SE RESUELVE: Articulo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en Comision de Servicios, de la senorita MORDAZA Capacoila Grimaldos, Inspector de Migraciones de la Superintendencia Nacional de Migraciones ­ MIGRACIONES, del 25 al 26 de marzo de 2013, a la MORDAZA de Copacabana ­ Estado Plurinacional de Bolivia, para que participe en la I Reunion del Comite de Frontera Altiplanico Peru-Bolivia. Articulo 2.- Los gastos por concepto de viaticos y pasajes terrestres que ocasione el viaje a que hace referencia el articulo precedente, se efectuaran con cargo a la Unidad Ejecutora 001: Oficina General de Administracion del Pliego 007, Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes Terrestres : S/. 108.06 Viaticos (por 2 dias) : S/. 1,080.00 Articulo 3.- Dentro de los quince (15) dias calendario de efectuado el viaje, la servidora designada debera presentar ante el Titular del Sector un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado; asi como la rendicion de cuentas debidamente documentada. Articulo 4.- La presente Resolucion Suprema no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos de ninguna clase o denominacion. Articulo 5.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro del Interior. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA F. MORDAZA MAYOR Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro del Interior 915560-3

JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Aprueban Reglamento de la Ley Nº 29733, Ley de Proteccion de Datos Personales
DECRETO SUPREMO Nº 003-2013-JUS EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el articulo 2 numeral 6 de la Constitucion Politica del Peru senala que toda persona tiene derecho a que los servicios informaticos, computarizados o no, publicos o privados, no suministren informaciones que afecten la intimidad personal y familiar; Que, la Ley Nº 29733, Ley de Proteccion de Datos Personales, tiene el objeto de garantizar el derecho fundamental a la proteccion de los datos personales, previsto en la Constitucion Politica del Peru; Que, el articulo 32 de la acotada Ley Nº 29733, dispone que el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos asume la Autoridad Nacional de Proteccion de Datos Personales; Que, la Primera Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 29733, dispuso que se constituya una Comision Multisectorial, presidida por la Autoridad Nacional de Proteccion de Datos Personales, para la elaboracion del correspondiente Reglamento; Que, la Comision Multisectorial conformada mediante Resolucion Suprema Nº 180-2011-PCM ha elaborado el proyecto de Reglamento de la Ley Nº 29733, Ley de Proteccion de Datos Personales, el que ha sido prepublicado conforme a ley, recibiendose los aportes de la ciudadania y comunidad en general; Que, en tal sentido, corresponde aprobar el Reglamento de la Ley Nº 29733, Ley de Proteccion de Datos Personales; De conformidad con lo establecido por la Ley Nº 29733, Ley de Proteccion de Datos Personales; la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; y la Ley Nº 29809, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; DECRETA: Articulo 1.- Aprobacion Apruebese el Reglamento de la Ley Nº 29733, Ley de Proteccion de Datos Personales, que consta de VI Titulos, ciento treinta y un (131) Articulos, tres (03) Disposiciones Complementarias Finales y tres (03) Disposiciones Complementarias Transitorias, que forma parte integrante del presente Decreto Supremo. Articulo 2.- Publicacion El presente Decreto Supremo y el Reglamento de la Ley Nº 29733, Ley de Proteccion de Datos Personales, aprobado por el articulo precedente, deberan ser publicados en el MORDAZA Institucional del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (www.minjus.gob.pe). Articulo 3.- Vigencia El Reglamento aprobado entrara en vigencia en el plazo de treinta (30) dias habiles contados a partir del dia siguiente de la publicacion del presente Decreto Supremo en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por la Ministra de Justicia y Derechos Humanos. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintiun dias del mes de marzo del ano dos mil trece. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica EDA A. MORDAZA FRANCHINI Ministra de Justicia y Derechos Humanos

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