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El Peruano Miércoles 1 de mayo de 2013 493955 la Gerencia Regional de Desarrollo Económico y a la Dirección Regional de Producción intervenir en el ámbito regional con proyectos y actividades debiendo mejorar los indicadores de rentabilidad y consecuentemente la de la competitividad, pobreza extrema, PBI y otros; Que, el literal a) del artículo 15º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales señala que es atribución del Consejo Regional aprobar, modifi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, el artículo 38º de la ley 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales establece que las ordenanzas norman asuntos de carácter general, la organización y administración del gobierno regional y reglamentan materia de su competencia; Estando a lo acordado por el Pleno del Consejo Regional de Huánuco en su Sesión Extraordinaria de fecha tres de diciembre del año dos mil doce, y a las atribuciones conferidas por la Ley de Bases de la Descentralización Nº 27783; Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867, modifi cada por las Leyes Nº 27902, 28013, 28961, 28968 y 29053; Reglamento Interno del Consejo del Gobierno Regional de Huánuco, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 001-2003-GRH y su modifi catoria, y a lo aprobado por Unanimidad en la Sesión de Consejo Regional de la referencia, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta. Ha dado la Ordenanza Regional siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LAS CADENAS PRODUCTIVAS POR LA DIRECCIÓN REGIONAL DE PRODUCCIÓN, PARA LA FORMULACIÓN DE PROYECTOS PRODUCTIVOS DENTRO DEL MARCO DEL SISTEMA NACIONAL DE INVERSIÓN PÚBLICA – SNIP ORDENANZA REGIONAL: Artículo Primero.- APROBAR, Las Cadenas Productivas mediante el cual el Gobierno Regional de Huánuco, a través de la Dirección Regional de Producción formulará Proyectos de Inversión Pública (PIP) de Apoyo al Desarrollo Productivo, que a continuación se detallan: 1.- Cadena Productiva de la Acuicultura de Aguas Cálidas (Puerto Inca, Leoncio Prado, Huamalíes y Marañón). 2.- Cadena Productiva de la Acuicultura de Aguas Frías, (Pachitea, Huamalíes, Dos de Mayo, Ambo, Huánuco, Lauricocha, y Yarowilca). 3.- Cadena Productiva de la Madera, (Puerto Inca, Leoncio Prado, Huamalíes y Marañón). 4.- Cadena Productiva de Productos Cárnicos, (Ambo, Huánuco y Leoncio Prado). 5.- Cadena Productiva de Frutas tropicales, (Leoncio Prado). 6.- Cadena Productiva de Plantas medicinales, (Puerto Inca, Leoncio Prado, Huamalíes y Marañón). 7.- Cadena Productiva de Panifi cación, (Ambo, Huánuco y Leoncio Prado). 8.- Cadena Productiva de Lácteos (Dos de Mayo, Lauricocha y Puerto Inca). Artículo Segundo.- DISPONER, a la Gerencia Regional de Presupuesto, Planifi cación y Acondicionamiento Territorial otorgue el presupuesto necesario con carácter de prioritario a la Dirección Regional de Producción, para fi nanciar la formulación, ejecución, supervisión, liquidación y transferencia de los diversos Proyectos de Inversión Pública que se implementarán. Artículo Tercero.- PUBLICAR, la presente Ordenanza en el Portal Electrónico del Gobierno Regional Huánuco, conforme a lo dispuesto en el artículo diecisiete del Decreto Supremo número cero cuarenta y tres del dos mil cuatro - PCM; concordante con lo previsto en el artículo cuarenta y dos (42) de la Ley veintisiete mil ochocientos sesenta y siete – Orgánica de Gobierno Regionales. Artículo Cuarto.- la presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Huánuco para su promulgación. En Huánuco, a los 11 días del mes de diciembre del año dos mil doce. CÉSAR W. SOTO ALVARADO Consejero Delegado Consejo Regional POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en Huánuco, en la Sede Central del Gobierno Regional Huánuco, a los 19 días del mes de diciembre del 2012 LUIS R. PICÓN QUEDO Presidente 916343-4 Crean el Registro Regional de Víctimas de Violencia Política ORDENANZA REGIONAL Nº 049-2013-CR-GRH. Huanuco, 3 de abril del 2013 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL HUÁNUCO. VISTO: En Sesión Ordinaria de Consejo Regional del Gobierno Regional Huánuco de fecha Veinte de marzo del año dos mil trece el Dictamen Nº 009-2013-GRH-CP/CPPPATAL, presentado por la Comisión Permanente de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial y Asuntos Legales, referente a la aprobación de Creación del Registro Regional de Víctimas de Violencia Política; y, CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas Jurídicas de Derecho Público con autonomía Política, Económica y Administrativa, que tienen por misión organizar y conducir la Gestión Pública Regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas en el marco de las Políticas Nacionales y Sectoriales, para contribuir con el desarrollo integral y sostenible de la región, conforme lo expresa los Artículos 2º , 4º y 5º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, sus normas y disposiciones se rigen por los Principios de Exclusividad, Territorialidad, Legalidad y Simplifi cación Administrativa; Que, el Art. 4º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867, establece la fi nalidad de los Gobiernos Regionales en los siguientes términos: “Los Gobiernos Regionales tienen por fi nalidad esencial fomentar el desarrollo regional integral sostenible, promoviendo la inversión pública y privada y el empleo y garantizar el ejercicio pleno de los derechos y la igualdad de oportunidades de sus habitantes, de acuerdo con los planes y programas nacionales, regionales y locales de desarrollo”; Que, mediante Decreto Supremo Nº 065-2001-PCM y Decreto Supremo Nº 101-2001-PCM se constituyó la Comisión e la Verdad y Reconciliación con la fi nalidad de escalarse el proceso, los hechos y responsabilidades de la violencia terrorista y de la violación a los derechos humanos producidos desde mayo de 1980 hasta noviembre del 200; asimismo , proponer iniciativas destinadas a afi rmar la paz y la concordia entre los peruanos, para propender a la reconciliación nacional, al imperio de la justicia y el fortalecimiento del régimen democrático constitucional; Que, entre las Conclusiones de la Comisión de la Verdad y Reconciliación se encuentra la implementación de un Plan Integral de Reparaciones, con el fi n de resarcir los daños producidos a las víctimas del confl icto armado interno; Que, el Consejo de Reparaciones creado por Ley Nº 28592, Ley que crea el Plan Integral de Reparaciones, es el organismo Técnico Colegiado, dependiente de la Presidencia del Consejo de Ministros, responsable de la