Norma Legal Oficial del día 31 de mayo del año 2013 (31/05/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 109

El Peruano Viernes 31 de MORDAZA de 2013

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Articulo Setimo.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente a la publicacion del Acuerdo de Concejo de la Municipalidad Provincial de Huamanga que aprueba su ratificacion. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 943459-1

POR CUANTO: El concejo Distrital de la Municipalidad Distrital de Ocros, en Sesion Ordinaria Nº 001 celebrada el dia 09 de enero de 2013, con el MORDAZA mayoritario de los senores regidores y con dispensa del Tramite de Lectura y Aprobacion del Acta; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 194 de la Constitucion Politica reconoce a los gobiernos locales autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 Organica de Municipalidades en concordancia con su Articulo VIII, establece que los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, con sujecion al ordenamiento juridico; Que, el numeral 38.1 del articulo 38 de la Ley Nº 27444 del Procedimiento Administrativo General dispone que los procedimientos, requisitos y costos administrativos se establecen exclusivamente, en el caso de gobiernos locales, mediante Ordenanza Municipal, los mismos que deben ser comprendidos y sistematizados en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - TUPA; Que, conforme lo establece la Ley Organica de Municipalidades, los gobiernos locales son los organos de representacion del vecindario, que promueven la adecuada prestacion de los servicios publicos y su desarrollo integral sostenible y armonico, que tienen entre sus funciones especificas exclusivas, entre otras, la de normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias; Que, el articulo 40 de la Ley Nº 27972 Organica de Municipalidades prescribe la formalidad que debe revestir la potestad legislativa en materia tributaria, disponiendo que los tributos denominados derechos deben ser ratificados por la Municipalidad Provincial, procedimiento que para el caso de la Municipalidad Distrital de Ocros se encuentra establecido en la Ordenanza; Que, mediante Directiva, de la Presidencia de Concejo de Ministros - PCM se establecio las pautas metodologicas para la determinacion de costos de los servicios y procedimientos que dan origen a los tributos municipales; En uso de las facultades conferidas por el numeral 8 del Articulo 9 de la Ley Organica de Municipalidades, el Concejo Municipal aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS- MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE OCROS Articulo Primero.- APRUEBASE el Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­TUPA de la Municipalidad Distrital Ocros, cuyo texto forma parte integrante de la presente Ordenanza. Articulo Segundo.- APRUEBASE los Derechos de pago por los tramites contenidos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­TUPA de la Municipalidad Distrital de Ocros, que forman parte de la presente Ordenanza. Articulo Tercero.- APRUEBASE los Formularios de distribucion gratuita y/o de libre reproduccion. Articulo Cuarto.- DEROGASE las normas o disposiciones que se opongan a la presente Ordenanza. Articulo Quinto.- REMITASE a la Municipalidad Provincial de Huamanga, la presente Ordenanza y sus anexos para su ratificacion. Articulo Sexto.- PUBLICASE la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano, en el MORDAZA Electronico de la Municipalidad: www.mocros.gob. pe, y en este ultimo el contenido completo del Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Ocros.

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PARAMONGA
Aprueban Ordenanza que reglamenta los cabildos abiertos en el Distrito de Paramonga
(Se publica la presente Ordenanza a solicitud de la Municipalidad Distrital de Paramonga, mediante Oficio N° 103-2013-AL/MDP, recibido el 29 de MORDAZA de 2013) ORDENANZA MUNICIPAL Nº 014-2009-C/MDP Paramonga, 20 de noviembre del 2009 EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE PARAMONGA VISTO: en Sesion Ordinaria de Concejo Nº 0212009-C/MDP, de fecha 13 de noviembre del 2009; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 2º, numeral 17) de la Constitucion Politica del Peru, concordante con la Ley 27972, Ley Organica de Municipalidades y demas normas conexas, establecen la participacion individual o asociada de los ciudadanos en la MORDAZA politica, economica, social y cultural de la nacion, abriendo mas espacios de participacion de la Sociedad Civil en la toma de decisiones para fortalecer a las Organizaciones Vecinales: Que, los gobiernos locales son entidades basicas de la organizacion territorial del Estado y MORDAZA inmediatos de participacion vecinal en los asuntos publicos, que institucionalizan y gestionan con autonomia los intereses propios de las correspondientes colectividades; concordante con el Articulo I del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades; asi mismo, el articulo 111º de la citada MORDAZA establece que los vecinos de una circunscripcion municipal intervienen, en forma individual o colectiva, en la gestion administrativa y de gobierno municipal, a traves de mecanismos de participacion vecinal y del ejercicio de derechos politicos, de conformidad con la Constitucion y la respectiva ley de la materia; Que, el sistema de planificacion tiene como principios la participacion ciudadana a traves de sus vecinos y organizaciones vecinales, transparencia, gestion moderna y rendicion de cuentas, inclusion, eficiencia, eficacia, equidad, imparcialidad y neutralidad, especializacion de las funciones, competitividad e integracion; Que, en el articulo 113º de la referida MORDAZA municipal se establecen los diferentes mecanismos de participacion ciudadana; Que, el articulo 119º de la Ley Organica de Municipalidades prescribe: "El cabildo abierto es una instancia de consulta directa del gobierno local al pueblo, convocada con un fin especifico. El concejo provincial

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