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El Peruano Viernes 31 de mayo de 2013 496172 CODIGO INFRACCIÓN CALIFI- CACIÓN CONSECUENCIA MEDIDAS PREVENTIVAS APLICABLES SEGÚN CORRESPONDA S.7 INFRACCIÓN DEL CONDUCTOR: a) Transportar a sabiendas productos explosivos, inflamable corrosivos, veneno-sos o similares, en un vehículo destinado al servicio de transporte de personas. b) Negarse a recoger y transportar a los escolares, ancianos, mujeres en estado de gestación, personas con discapacidad teniendo capacidad en el vehículo. Muy grave Suspensión por noventa (90) días de la habilitación para conducir vehículos del servicio de transporte. Al Vehículo: Interrupción de viaje. Al Conductor: Retención de Licencia de conducir. S.8 INFRACCIÓN DEL CONDUCTOR: Realizar la conducción de un vehículo de transporte con licencia de conducir: a) Que, se encuentre vencida. b) Que, se encuentre retenida, suspendida, cancelada. c) Que, no corresponda a la clase y categoría requerida por la naturaleza y características del servicio. Muy grave Multa de 0.5 de la UIT En Forma sucesiva al vehículo: Interrupción de viaje. Retención del vehículo internamiento del vehículo. Al Conductor: Retención de licencia de conducir. S.9 INFRACCIÓN DEL GENERADOR DE CARGA: No verificar, adoptar y/o ver que el transportista adopte las medidas necesarias, la correcta estiba de las mercancías para evitar que se desplace o caiga del vehículo. Muy grave Multa de 0.5 de la UIT S.10 INFRACCIÓN DEL TRANSPORTISTA: Ubicar paquetes, equipajes, bultos, encomiendas en el pasadizo del salón del vehículo. Grave Multa de 0.1 de la UIT En forma sucesiva: Interrupción de viaje. Retención del vehículo internamiento del vehículo Infracciones a la Información o Documentación CODIGO INFRACCIÓN CALIFI- CACIÓN CONSECUENCIA MEDIDAS PREVENTIVAS APLICABLES SEGÚN CORRESPONDA I.1 INFRACCIÓN DEL CONDUCTOR: No portar durante la prestación del servicio de transporte, según corresponda. a) El manifiesto de usuarios o el pasajero, en el transporte de personas, cuando éstos no sea electrónico. b) La hoja de ruta, cuando no sea electrónica. c) En el servicio de transporte de mercancías, la guía de remisión del transportista y de ser el caso, el manifiesto de carga. d) El documento de habilitación del vehículo, Tarjeta Única de Circulación al día en su tasa mensual. e) El Certificado de ITV. f) El Certificado del Seguro Obligatorio de Accidente de Tránsito o CAT cuando corresponda. Grave Multa de 0.1 de la UIT En Forma sucesiva: Interrupción de viaje. Retención del vehículo Internamiento del vehículo. En caso del supuesto e) y f) no procederá la medida preventiva si se comprueba por otros medios que el vehículo cuenta con Certificado de ITV, el Certificado del Seguro Obligatorio de Transito o CAT cuando corresponda. I.2 INFRACCIÓN DEL TRANSPORTISTA: a) No exhibir en cada vehículo habilitado al servicio de transporte regular de personas, la razón social y el nombre comercial si lo tuviera. b) En el servicio de transporte provincial de personas, no colocar en lugar visible para el usuario, la información sobre las tarifas vigentes y la ruta Autorizada. c) No señalizar en cada vehículo la información de asientos preferenciales para personas con discapacidad Ley Nº 27050. Grave Multa de 0.1 de la UIT En Forma sucesiva: Interrupción de viaje. Retención del vehículo internamiento del vehículo. I.3 INFRACCIÓN DEL TRANSPORTISTA : a) Realizar enmendaduras o anotaciones que modifiquen o invaliden la información contenida en la hoja de ruta o el manifiesto de usuarios o de pasajeros, con el propósito de hacer incurrir en error a la Autoridad. b) No cumplir con llenar la información necesaria en la hoja de ruta o el manifiesto de usuario o pasajeros, cuando corresponda, conforme a lo establecido en el presente Reglamento y normas complementarias. Muy Grave Multa de 0.5 de la UIT . I.4 INFRACCIÓN DEL TRANSPORTISTA: No proporcionar instrucciones al conductor respecto de las obligaciones que deben ser observadas durante la prestación del servicio de transporte. Leve Multa de 0.05 de la UIT