Norma Legal Oficial del día 07 de noviembre del año 2013 (07/11/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 88

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Que, el Gobierno Regional de MORDAZA es competente para inmatricular, administrar y adjudicar terrenos urbanos y eriazos de Propiedad del Estado en su jurisdiccion, con excepcion de los terrenos de propiedad municipal conforme lo establece el Inc. j) del Art. 35º de la Ley Nº 27783 ­ Ley de Bases de Descentralizacion y el Art. 62º de la Ley Nº 27867 ­ Ley Organica de Gobiernos Regionales; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 429-2006EF/10 publicada en el Diario Oficial "El Peruano" el 26 de MORDAZA del 2006, se comunico que el 06 de marzo del 2006 el Ministerio de Economia y Finanzas y el Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA suscribieron el Acta de Entrega y Recepcion, mediante el cual se formalizo la transferencia de competencias para administrar y adjudicar los terrenos urbanos y eriazos de propiedad del Estado, ubicados en la jurisdiccion de este Gobierno Regional, con excepcion de los terrenos de propiedad municipal, en cumplimiento del Inc.j) del Art. 35º de la Ley Nº 27783 - Ley de Bases de Descentralizacion ­ Ley Nº 27783, Art. 10º y 62º de la Ley Nº 27867- Ley Organica de Gobiernos Regionales; Que, el MORDAZA parrafo del Art. 9 de la Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales ­ Ley Nº 29151, establece que los Gobiernos Regionales, respecto de los bienes de propiedad del Estado bajo su administracion, en cumplimiento de la transferencia de competencias, ejecutaran los actos previstos en el Art. 35 Inc. j) de la Ley Nº 27783 ­ Ley de Bases de Descentralizacion y el Art. 62 de la Ley Nº 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales, en concordancia con el Art. 18 del Reglamento de la Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, aprobado por D.S. Nº 007-2008-VIVIENDA, que regula la competencia exclusiva de los gobiernos regionales, para administrar y adjudicar los terrenos urbanos y eriazos de propiedad del Estado dentro de su jurisdiccion, incluyendo aquellos que cuenten con edificaciones; Que, segun el documento del visto, los administrados solicitan la venta directa del predio eriazo con 139.6972 HAS ubicados en el Sector "VIRU", del distrito de Oyotun, Provincia de Chiclayo, Departamento de MORDAZA, terreno no inscrito en el Registro de Propiedad Inmueble de Chiclayo, por lo que sin perjuicio de merituar en su oportunidad esta peticion, es necesario previamente iniciar el procedimiento de inscripcion de primera de dominio a nombre del Estado del predio ante citado; Que, estando al considerando precedente, con fecha 23 febrero del 2012, se procedio a efectuar la inspeccion ocular del predio mencionado, denominandolo en esta diligencia "VIRU", a cargo del Abog. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA e Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, constatandose que las coordenadas o vertices de los predios coinciden con el plano de ubicacion-perimetrico y memoria descriptiva presentados por el administrado, disponiendose la elaboracion de la memoria descriptiva y plano de ubicacion-perimetrico en coordenadas UTM de la Division de Administracion de Terrenos y Patrimonio Fiscal, teniendo como referencia el Certificado de Busqueda Catastral Nº 2011-137448 de fecha 06 de diciembre del 2011, que acredita que este terreno no se encuentra inscrito al no contar con antecedentes de inscripcion registral, otorgado por la Oficina Registral de Chiclayo, concluyendo que el terreno no esta inscrito en el Registro de Predios, y no constituye propiedad privada, ni de las Comunidades Campesinas, por lo que es de dominio del Estado conforme lo establece el articulo 23 de la Ley Nº 29151, al senalar textualmente " que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no son de propiedad privada, ni de las Comunidades Campesinas son de dominio del Estado", cuya inmatriculacion compete a la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales y en esta jurisdiccion regional al Gobierno Regional MORDAZA, en consecuencia corresponde tramitar la primera inscripcion de dominio de predios a favor del Estado, de conformidad con lo dispuesto en los articulos 38º y siguientes del Reglamento de la Ley Nº 29151 aprobado mediante Decreto Supremo Nº 007-2008VIVIENDA y la Directiva Nº 001-2002-SBN, aprobada por Resolucion Nº 011-2002-SBN, modificada por la Directiva Nº 003-2004-SBN, que regulan el tramite de inscripcion de dominio de predios a favor del Estado; Estando al Informe Nº 016-2013-GR.LAMB/ORAD­ DIATPF, con el visado correspondiente y en uso de las

El Peruano Jueves 7 de noviembre de 2013

atribuciones conferidas por el Art. 35º Inc. j) de la Ley Nº 27783 ­ Ley de Bases de Descentralizacion, el Art. 62º de la Ley Nº 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales, Resolucion Ministerial Nº 429-2006-EF/10 publicada en el Diario Oficial "El Peruano" el 26 de MORDAZA del 2006, Resolucion de Gerencia General Regional Nº 094-2005-GR.LAMB/GGR, modificada por Resolucion Gerencial General Regional Nº 096-2005-GR.LAMB/GGR y Resolucion Presidencial Nº 255-2008-GR.LAMB/PR de fecha 08 de MORDAZA del 2008, Ordenanza Regional Nº 0092011-GR.LAMB/CR de fecha 29 de MORDAZA del 2011, que aprueba la actualizacion del Reglamento de Organizacion y Funciones ­ R.O.F. del Gobierno Regional MORDAZA y Decreto Regional Nº 015-2012-GR.LAMB/PR de fecha 27 de MORDAZA del 2012, que modifica el Manual de Organizacion y Funciones del Gobierno Lambayeque;; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Disponer la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno ERIAZO ubicado en el distrito de Oyotun, Provincia de Chiclayo, Departamento de MORDAZA, denominado "VIRU" con 139.6972 HAS, segun el plano de ubicacion-perimetrico en coordenadas UTM y memoria descriptiva de fecha MORDAZA del 2013 respectivamente, que sustentan la presente Resolucion, teniendo las siguientes medidas perimetricas y colindancias que se detallan a continuacion: Por el Norte: Colinda con el caserio MORDAZA, en linea quebrada de cuatro (04) tramos: 2-3 con 224.47 m.l, 3-4 con 187.04 m.l., 4-5 con 731.02 m.l. y 5-6 con 223.78 m.l. Por el Sur: Colinda con terreno eriazo del Estado, en linea quebrada de 19 tramos: 11-12 con 113.72 m.l., 1213 con 51.97 m.l., 13-14 con 48.01 m.l., 14-15 con 152.16 m.l., 15- 16 con 346.42 m.l., 16-17 con 168.67 m.l., 17-18 con 129.02 m.l., 18-19 con 711.61 m.l., 19-20 con 214.25 m.l., 20-21 con 273.24 m.l., 21-22 con 367.67 m.l., 22-23 con 45.89 m.l., 23-24 con 69.08 m.l., 24-25 con 118.26 m.l., 25-26 con 148.71 m.l., 26-27 con 66.71 m.l., 27-28 con 60.17 m.l., 28-29 con 91.01 m.l. y 29-30 con 201.21 m.l. Por el Este: Colinda con terreno eriazo del Estado, en linea quebrada de cinco (05) tramos: 6-7 con 54.12 m.l., 7-8 con 295.04 m.l., 8-9 con 71.85 m.l., 9-10 con 38.28 m.l. y 10-11 con 258.07 m.l. Por el Oeste: Colinda con terreno eriazo del Estado, en linea quebrada de cuatro (04 ) tramos: tramo 30-31 con 189.55 m.l., 31-32 con 211.98 m.l., 32-1 con 244.86 m.l., 1-2 con 136.32 m.l. Articulo Segundo.- La MORDAZA Registral Nº II Sede CHICLAYO de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos por el merito de la presente Resolucion, efectuara la primera inscripcion de dominio a favor del Estado representado por el Gobierno Regional MORDAZA, del terreno descrito en el articulo primero de la presente resolucion en el Registro de Predios de CHICLAYO. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe Regional Oficina Regional de Administracion 1009721-2 RESOLUCION JEFATURAL REGIONAL Nº 597-2013-GR.LAMB/ORAD Chiclayo, 3 de setiembre del 2013 VISTO: La solicitud de venta directa de la Empresa PROSEM S.A de fecha 19 de agosto del 2010 (Registro Doc. Nº 1384255), representada por MORDAZA MORDAZA Serquen MORDAZA, identificado con DNI Nº 16440535; CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales- SBN es el Ente Rector del Sistema Nacional

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