Norma Legal Oficial del día 07 de noviembre del año 2013 (07/11/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 87

El Peruano Jueves 7 de noviembre de 2013

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Departamento de MORDAZA, denominado "SORRONTO: AREA 1" con 0.5332 HAS y "SORRONTO: AREA 2" con 2.1040 HAS, segun el plano de ubicacion-perimetrico en coordenadas UTM y memoria descriptiva de fecha MORDAZA del 2013 respectivamente, que sustentan la presente Resolucion, teniendo las siguientes medidas perimetricas y colindancias que se detallan a continuacion: 1.- "SORRONTO: AREA 1" con 0.5332 HAS Por el Norte: Colinda con las Unidades Catastrales Nº 30788, 30778, 30780, en linea quebrada entre los vertices 12 al 24 y del 24 al 1: tramo 12-13 con 15.62 m.l., 1314 con 15.13 m.l., 14-15 con 18.79 m.l., 15-16 con 21.93 m.l., 16-17 con 10.77 m.l. ,17-18 con 13.93 m.l., 18-19 con 19.21 m.l., 19-20 con 18.68 m.l.,20-21 con 5.00 m.l, 21-22 con 6.71 m.l., 22-23 con 2.83 m.l., 23-24 con 21.40 m.l. y 24-1 con 64.54 m.l. Por el Sur : Colinda con terreno eriazo del Estado (camino carrozable), en linea quebrada entre los vertices 2 al 11: 2-3 con 39.82 m.l., 3-4 con 19.65 m.l., 4-5 con 19.10 m.l., 5-6 con 13.00 m.l., 6-7 con 11.40 m.l., 7-8 con 28.07 m.l., 8-9 con 31.40 m.l. y 9-10 con 29.73 m.l. y 10-11 con 12.81 m.l. Por el Este : Colinda con terreno eriazo del Estado, en linea recta, tramo 1-2 con 12.81 m.l. Por el Oeste: Colinda con terreno eriazo del Estado, en linea recta: tramo 11-12 con 48.76 m.l. metros lineales. 2.- "SORRONTO: AREA 2" con 2.1040 HAS Por el Norte: Colinda con terreno eriazos del Estado (camino carrozable) en linea quebrada entre los vertices 28 al 36 y del 36 al 25: tramo 28-29 con 8.66 m.l., 29-30 con 26.73, 30-31 con 30.31 m.l., 31-32 con 31.28 m.l., 32 -33 con 17.71 m.l., 33-34 con 16.16 m.l., 34-35 con 18.06 m.l, 35-36 con 16.47 m.l. y 36-25 con 38.29 m.l.. Por el Sur : Colinda con terreno eriazo del Estado, en linea recta entre los vertices 26-27 con 136.32 m.l. Por el Este : Colinda con terreno eriazo del Estado, en linea recta, tramo 25-26 con 153.39 m.l. Por el Oeste: Colinda con terreno eriazo del Estado, en linea recta: tramo 27-28 con 170.34 m.l. Articulo Segundo.- La MORDAZA Registral Nº II Sede CHICLAYO de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos por el merito de la presente Resolucion, efectuara la primera inscripcion de dominio a favor del Estado representado por el Gobierno Regional MORDAZA, del terreno descrito en el articulo primero de la presente resolucion en el Registro de Predios de CHICLAYO. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe Regional Oficina Regional de Administracion 1009721-1 RESOLUCION JEFATURAL REGIONAL Nº 508-2013-GR.LAMB/ORAD Chiclayo, 2 de agosto de 2013 VISTO: La solicitud de los administrados MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA de fecha 09 de diciembre del 2011 (Registro Nº 154971); CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales- SBN es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que lo conforman, en materia de adquisicion, disposicion, administracion y registro de los bienes estatales que se encuentren bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme lo establece la Ley Nº 29151 - Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA;

establece que los Gobiernos Regionales, respecto de los bienes de propiedad del Estado bajo su administracion, en cumplimiento de la transferencia de competencias, ejecutaran los actos previstos en el Art. 35 Inc. j) de la Ley Nº 27783 ­ Ley de Bases de Descentralizacion y el Art. 62 de la Ley Nº 27687 - Ley Organica de Gobiernos Regionales, en concordancia con el Art. 18 del Reglamento de la Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, aprobado por D.S. Nº 007-2008-VIVIENDA, que regula la competencia exclusiva de los gobiernos regionales, para administrar y adjudicar los terrenos urbanos y eriazos de propiedad del Estado dentro de su jurisdiccion, incluyendo aquellos que cuenten con edificaciones; Que, segun el documento del visto, el administrado MORDAZA Algemiro Mestanza MORDAZA, solicita venta directa de predios eriazos con 0.5332 HAS y con 2.1040 HAS, ubicados en el Sector "Sorronto", del distrito de Oyotun, Provincia de Chiclayo, Departamento de MORDAZA, terrenos no inscritos en el Registro de Propiedad Inmueble de Chiclayo, por lo que sin perjuicio de merituar en su oportunidad esta peticion, es necesario previamente iniciar el procedimiento de inscripcion de primera de dominio a nombre del Estado de los predios MORDAZA citados; Que, estando al considerando precedente, con fecha 23 febrero del 2012, se procedio a efectuar la inspeccion ocular de los predios MORDAZA citados, denominandolos en esta inspeccion "SORRONTO 1" Y SORRONTO 2", a cargo del Abog. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA e Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, constatandose que las coordenadas o vertices de los predios coinciden con el plano de ubicacion-perimetrico y memoria descriptiva presentados por el administrado, disponiendose la elaboracion de la memoria descriptiva y plano de ubicacion-perimetrico en coordenadas UTM de la Division de Administracion de Terrenos y Patrimonio Fiscal, teniendo como referencia los Certificados de Busqueda de Catastral Nº s. 2011125080 y 2012-25347 de fechas 28 de noviembre del 2011 y 06 de marzo del 2012 respectivamente, acreditan que estos terrenos no se encuentran inscritos por no contar con antecedentes de inscripcion registral, otorgados por la Oficina Registral de Chiclayo, concluyendo que los mencionados terrenos no estan inscritos en el Registro de Predios, y no constituyen propiedad privada, ni de las Comunidades Campesinas, por lo que son de dominio del Estado conforme lo establece el articulo 23 de la Ley Nº 29151, al senalar textualmente " que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no son de propiedad privada, ni de las Comunidades Campesinas son de dominio del Estado", cuya inmatriculacion compete a la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales y en esta jurisdiccion regional al Gobierno Regional MORDAZA, corresponde en consecuencia tramitar la primera inscripcion de la primera de dominio de predios a favor del Estado, de conformidad con lo dispuesto en los articulos 38º y siguientes del Reglamento de la Ley Nº 29151 aprobado mediante Decreto Supremo Nº 007-2008VIVIENDA y la Directiva Nº 001-2002-SBN, aprobada por Resolucion Nº 011-2002-SBN, modificada por la Directiva Nº 003-2004-SBN, que regulan el tramite de inscripcion de dominio de predios a favor del Estado; Estando al Informe Nº -2013-GR.LAMB/ORAD­ DIATPF, con el visado correspondiente y en uso de las atribuciones conferidas por el Art. 35º Inc. j) de la Ley Nº 27783 ­ Ley de Bases de Descentralizacion, el Art. 62º de la Ley Nº 27687 - Ley Organica de Gobiernos Regionales, Resolucion Ministerial Nº 429-2006-EF/10 publicada en el Diario Oficial "El Peruano" el 26 de MORDAZA del 2006, Resolucion de Gerencia General Regional Nº 094-2005-GR.LAMB/GGR, modificada por Resolucion Gerencial General Regional Nº 096-2005-GR.LAMB/ GGR y Resolucion Presidencial Nº 255-2008-GR.LAMB/ PR de fecha 08 de MORDAZA del 2008 y Ordenanza Regional Nº 009-2011-GR.LAMB/CR de fecha 29 de MORDAZA del 2011, que aprueba la actualizacion del Reglamento de Organizacion y Funciones ­ R.O.F. del Gobierno Regional Lambayeque; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Disponer la primera inscripcion de dominio a favor del Estado de los terrenos ERIAZOS ubicados en el distrito de Oyotun, Provincia de Chiclayo,

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