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El Peruano Viernes 8 de noviembre de 2013 506690 deportivas y organización de eventos nacionales e internacionales, entre otros rubros; Que, mediante Decreto Supremo N° 001-2012-ED, se declara de Interés Nacional la organización en el país de los siguientes eventos deportivos bolivarianos: “I Juegos Deportivos Bolivarianos de Playa 2012”, con sede en la ciudad de Lima; “XVII Juegos Bolivarianos 2013”, con sede en la ciudad de Trujillo y sub sedes en las ciudades de Lima y Chiclayo; y “I Juegos Deportivos Bolivarianos de la Juventud 2015”, a realizarse en la ciudad de Lima; Que, mediante Decreto Supremo N° 001-2013-ED, se declara de Interés Nacional la organización de los “I Juegos Sudamericanos de la Juventud 2013”, con sede en la ciudad de Lima; Que, el numeral 60.2 del artículo 60 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, dispone que solo por decreto supremo y con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros, se podrán otorgar subvenciones adicionales, exclusivamente para fi nes sociales, a las contenidas en el Anexo de la Ley de Presupuesto del Sector Público, debiendo, para tal efecto, contar con el informe técnico de la Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces y el fi nanciamiento correspondiente en el Presupuesto Institucional respectivo; Que, mediante Decreto Supremo N° 274-2013-EF, se autorizó una transferencia de partidas del Ministerio de Educación a favor del Instituto Peruano del Deporte (IPD), hasta por un importe de OCHENTA Y SIETE MILLONES TRESCIENTOS TRECE MIL TRESCIENTOS TREINTA Y CINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 87 313 335,00), para el fi nanciamiento del pago de las subvenciones para los gastos de organización, preparación y participación de atletas en los “XVII Juegos Bolivarianos 2013”, los “Juegos Sudamericanos 2014” y las acciones de cierre de los “I Juegos Sudamericanos de la Juventud 2013”, en el marco de lo dispuesto por el literal b) del artículo 1 de la Ley N° 30097, Ley para el Financiamiento de Programas y Actividades prioritarios en materia Educativa y Deportiva; Que, con Ofi cio N° 259-2013-SG/IPD e Informe N° 149- 2013-OPP/IPD, el Instituto Peruano del Deporte (IPD) solicita y sustenta la necesidad de otorgar subvenciones adicionales a las establecidas en el Anexo “A” de la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, a fi n de atender las diversas demandas de subvenciones adicionales presentadas por el Comité Olímpico Peruano y las Federaciones Deportivas Nacionales, para cubrir los gastos de organización, preparación y participación de atletas en los “XVII Juegos Bolivarianos 2013”, los “Juegos Sudamericanos 2014”, así como las acciones de cierre de la organización de los “I Juegos Sudamericanos de la Juventud 2013”. Asimismo, certifi ca la existencia de marco presupuestal que le permite fi nanciar dichas subvenciones adicionales, hasta por el importe de OCHENTA Y SIETE MILLONES TRESCIENTOS TRECE MIL TRESCIENTOS TREINTA Y CINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 87 313 335,00) con cargo a la fuente de Recursos Ordinarios, para otorgar el citado fi nanciamiento adicional; sustentando además, la justifi cación del fi n social de las subvenciones adicionales solicitadas, precisando que éstas permitirán contribuir y fi nanciar el desarrollo y práctica del deporte competitivo, que traerá grandes benefi cios para la mejora de las potencialidades físicas, mentales y espirituales del ser humano; Que, la Unidad de Presupuesto del Ministerio de Educación, a través del Informe N° 290-2013-MINEDU/ SPE-UP, señala que resulta viable atender lo solicitado por el Instituto Peruano del Deporte (IPD), en tanto cuenta con los recursos para ello y cumple con los requisitos dispuestos en el numeral 60.2 del artículo 60 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF; De conformidad con lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF, y en la Ley N° 30097, Ley para el Financiamiento de Programas y Actividades prioritarias en materia Educativa y Deportiva, y; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Artículo 1.- Autorización Autorízase al Instituto Peruano del Deporte (IPD), a otorgar subvenciones adicionales a las previstas en el Anexo “A” de la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, hasta por la suma de OCHENTA Y SIETE MILLONES TRESCIENTOS TRECE MIL TRESCIENTOS TREINTA Y CINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 87 313 335,00), para fi nanciar las distintas demandas de subvenciones adicionales presentadas por el Comité Olímpico Peruano y las Federaciones Deportivas Nacionales, a fi n de cubrir los gastos de organización, preparación y participación de atletas en los “XVII Juegos Bolivarianos 2013”, los “Juegos Sudamericanos 2014”; así como las acciones de cierre de los “I Juegos Sudamericanos de la Juventud 2013”; Las subvenciones adicionales autorizadas en el presente artículo, se detallan en el Anexo que forma parte del presente Decreto Supremo y se publica en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (http//www. minedu.gob.pe), en la misma fecha de la publicación ofi cial de la presente norma en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Artículo 2.- Financiamiento Las subvenciones adicionales autorizadas en el artículo 1 del presente decreto supremo se fi nanciarán con los recursos asignados al Presupuesto Institucional del Instituto Peruano del Deporte (IPD), correspondiente al Año Fiscal 2013, con cargo a la Fuente de Financiamiento de Recursos Ordinarios. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos autorizados para el otorgamiento de las subvenciones adicionales a las que hace referencia el artículo 1 del presente decreto supremo, no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son autorizados. Artículo 4.- Del Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Educación. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los siete días del mes de noviembre del año dos mil trece. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JAIME SAAVEDRA CHANDUVÍ Ministro de Educación 1011347-3 TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO Aprueban Segunda Modificación del Plan Operativo Institucional - POI 2013 del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 205-2013-TR Lima, 7 de noviembre de 2013 VISTOS: El Ofi cio Nº 750-2013-MTPE/4/9, de fecha 17 de octubre de 2013, de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Técnico Nº 149- 2013-MTPE/4/9.1, de fecha 16 de octubre de 2013, de la Ofi cina de Planeamiento e Inversiones de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto y el Informe Nº 1367-2013-MTPE/4/8, de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 034-82-PCM se establece que los organismos de la Administración Pública de nivel central formularán, aplicarán, evaluarán y actualizarán políticas de gestión institucional y planes operativos institucionales para orientar su gestión administrativa; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 294-2012- TR de fecha 28 de diciembre de 2012, se aprueba el