Norma Legal Oficial del día 08 de noviembre del año 2013 (08/11/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano Viernes 8 de noviembre de 2013

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que corresponden a la columna "firma" estan suscritas por una sola persona y consignan la misma firma, que aparentemente perteneceria a quien se senala como maestro de obra, es decir, MORDAZA MORDAZA Simon. iii) De la revision de las planillas de pago, cuyas copias certificadas obran en autos de fojas 212, 230, 239, 248, 257, 266, 282, 291, 299, 306, 323, 332, 341, 350, 373, 392 y 401 se aprecia que desde el inicio de la obra (4 de enero de 2010) hasta su culminacion (30 de noviembre de 2011) el maestro de obra fue MORDAZA MORDAZA MORDAZA, identificado con Documento Nacional de Identidad Nº 19432623. iv) Las planillas de pago que obran en autos de fojas 212, 230, 239, 248, 257, 266, 282, 291, 299, 306, 323, 332, 341, 350, 373, 392 y 401, se encuentran suscritas y consignan la huella digital de cada uno de los trabajadores que la integran. v) En el periodo comprendido entre el 1 y 30 de enero de 2011, fecha en la que supuestamente el padre del MORDAZA habria laborado para la municipalidad distrital, la obra "Construccion del Sistema de Agua Potable del sector Uchubamba - Alpamarca" se encontro paralizada. 20. Asi, al no cumplirse con el MORDAZA requisito para que se configure la causal de nepotismo, carece de objeto analizar el ultimo de los elementos constitutivos que integran el supuesto de vacancia mencionado. 21. Finalmente, con relacion a las alegaciones esbozadas por el apelante, resulta oportuno precisar que del analisis del acta de la sesion extraordinaria, de fecha 9 de MORDAZA de 2013, que obra en autos de fojas 58 a 65, se aprecia que cada uno de los integrantes del concejo distrital expuso las razones por las cuales consideraban que el pedido de vacancia debia ser declarado improcedente, asi como la valoracion que realizaron respecto de los medios probatorios ofrecidos por las partes. El hecho de que el solicitante no se encuentre conforme con la decision adoptada por el concejo municipal no conlleva a que el acuerdo de concejo carezca de motivacion. CONCLUSION En vista de lo expuesto, habiendose apreciado los hechos con criterio de conciencia, y valorando todos los medios probatorios, este Supremo Tribunal Electoral concluye que el recurso de apelacion deviene en infundado. Por lo tanto, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, bajo la Presidencia del magistrado MORDAZA MORDAZA Ayvar MORDAZA por ausencia del Presidente titular, en uso de sus atribuciones, RESUELVE: Articulo Unico.- Declarar INFUNDADO el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA MORDAZA Crespin MORDAZA, y CONFIRMAR el Acuerdo de Concejo Nº 0082013-CMDP, de fecha 9 de MORDAZA de 2013, que declaro improcedente la solicitud de vacancia que presento en contra de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Parcoy, provincia de Pataz, departamento de La MORDAZA, por la causal prevista en el articulo 22, numeral 8 de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades. Registrese, comuniquese y publiquese. SS AYVAR MORDAZA MORDAZA RIVAROLA MORDAZA MORDAZA MORDAZA URDANIVIA MORDAZA MORDAZA Secretario General

i) Planilla de jornales Nº 021, respecto a las actividades de excavacion de zanja, refaccion de tuberia y tapado, correspondiente al mes de enero de 2011, en la que se consigna a MORDAZA MORDAZA MORDAZA, identificado con Documento Nacional de Identidad Nº 19432623, como maestro de obra, con veinticuatro dias de trabajo y un jornal ascendente a S/. 960,00, asi como a MORDAZA MORDAZA MORDAZA y Fredy MORDAZA MORDAZA, con veintidos dias de trabajo y un jornal ascendente a S/. 560,00, respectivamente, y a MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con veinte dias de trabajo y un jornal ascendente a S/. 500,00, todos ellos como peones de dicha obra (fojas 10). ii) Hoja de "tareo" de personal correspondiente al mes de enero de 2011, en la que se consigna a MORDAZA MORDAZA MORDAZA como maestro de obra, a MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Fredy MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como peones, asi como el detalle de los dias trabajados (fojas 11). iii) Planillas de MORDAZA correspondiente al mes de enero de 2011, en la que se consigna a MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Fredy MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como peones, asi como el detalle de los dias trabajados (fojas 12 y 13). 17. De la revision de la planilla de jornales y de la hoja de "tareo", se advierte inconsistencias en la informacion que se consigna. Asi, se senala que el maestro de obra es MORDAZA MORDAZA MORDAZA, identificado con Documento Nacional de Identidad Nº 19432623; sin embargo, dicho documento corresponde a MORDAZA MORDAZA MORDAZA, conforme se advierte del reporte de la consulta en linea de la ficha del Reniec, que obra en autos, a fojas 747. En igual sentido, tambien se advierte inconsistencia en la informacion que se registra en las planillas de campo. En efecto, se senala que el maestro de obra es MORDAZA MORDAZA MORDAZA, identificado con Documento Nacional de Identidad Nº 19422606; sin embargo, dicho documento corresponde a MORDAZA MORDAZA MORDAZA, conforme se advierte del reporte de la consulta en linea de la ficha del Reniec que obra en autos, a fojas 746. 18. Segun se advierte de las copias certificadas del cuaderno de la obra "Construccion del Sistema de Agua Potable del sector Uchubamba - Alpamarca", que obra en autos, de fojas 158 a 206, tanto el residente (ingeniera MORDAZA MORDAZA MORDAZA, fojas 97) como el inspector de obra (ingeniero MORDAZA Petter MORDAZA MORDAZA, fojas 97) dejaron MORDAZA de los siguientes hechos: i. En el asiento Nº 53, de fecha 1 de octubre de 2010, el residente de obra senalo que se paralizaron los trabajos de excavacion correspondientes al mes de octubre, debido a que no contaban con mano de obra calificada (fojas 178). ii. En el asiento Nº 54, de la misma fecha, el inspector de la obra dejo MORDAZA de que no se pudo armar la planilla mensual del mes de octubre, por cuanto no hubo mano de obra calificada, lo que motivo que se paralice el trabajo en dicho mes (fojas 179). iii. En el asiento Nº 55, de fecha 1 de noviembre de 2010, el residente de la obra senalo que, a dicha fecha, se reiniciaron los trabajos correspondientes a la excavacion de zanjas para tendido de tuberias (fojas 179). iv. En el asiento Nº 64, de fecha 30 de diciembre de 2010, el residente de obra dejo MORDAZA de la necesidad de paralizar la ejecucion de la obra, en vista de la carencia de personal, por el bajo jornal que paga la municipalidad (fojas 182). v. En el asiento Nº 65, de la misma fecha, el inspector de la obra senalo que no se pudo armar la planilla del mes enero de 2011, por la carencia de mano de obra, situacion que obligo a paralizar la obra en dicho mes (fojas 182). vi. En el asiento Nº 66, de fecha 1 de febrero de 2011, el residente de obra dejo MORDAZA de que, a dicha fecha, y con la autorizacion del supervisor, se reiniciaron los trabajos de la obra (fojas 183). 19. Teniendo en cuenta lo MORDAZA expuesto, los documentos citados en el considerando duodecimo de la presente resolucion no generan conviccion en este organo colegiado sobre la existencia de una relacion laboral entre MORDAZA MORDAZA MORDAZA (padre del alcalde) y la Municipalidad Distrital de Parcoy, durante el periodo comprendido entre el 1 y el 30 de enero de 2011, en tanto que: i) MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien, segun la planilla Nº 021, medio probatorio del solicitante, es el maestro de obra, no se encuentra registrado en el RUIPN, tal como se preciso en el octavo considerando de la presente resolucion. ii) La planilla de pago Nº 021 no se encuentra suscrita ni se consigna la huella digital de ninguno de los supuestos trabajadores que la integran, es mas, todas las filas

1010890-1

Confirman Acuerdo de Concejo N° 00032013-MDP que declaro improcedente , solicitud de vacancia de MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Pacanga, provincia de Chepen, departamento de La MORDAZA
RESOLUCION Nº 943-2013-JNE
Expediente Nº J-2013-0717

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