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El Peruano Viernes 8 de noviembre de 2013 506696 como en la página web institucional del OSIPTEL: www. osiptel.gob.pe. Artículo 4º.- La presente resolución será publicada en el Diario Ofi cial El Peruano y entrará en vigencia al día siguiente de la publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE ANTONIO APOLONI QUISPE Gerente General 1010331-1 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE CONTROL DE SERVICIOS DE SEGURIDAD. ARMAS, MUNICIONES Y EXPLOSIVOS DE USO CIVIL Aprueban desagregación de recursos cuya transferencia fue autorizada mediante D.S. Nº 276-2013-EF RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 057-2013-SUCAMEC Lima, 6 de noviembre de 2013 VISTO: El Informe Nº 0045-2013-SUCAMEC-OGPP, de fecha 06 de noviembre de 2013 de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, el Informe Nº 104-2013- SUCAMEC-OGAJ, de fecha 06 de noviembre de 2013 de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, y por las siguientes consideraciones: 1. Mediante Decreto Legislativo Nº 1127, se creó la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil - SUCAMEC, como un Organismo Técnico Especializado adscrito al Sector Interior, con personería jurídica de derecho público interno, con autonomía administrativa, funcional y económica en el ejercicio de sus atribuciones. 2. Según la Tercera Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1127, se autoriza al Ministerio del Interior a transferir los recursos presupuestales de la Dirección General de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil del Ministerio del Interior, a la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil - SUCAMEC; acto que correspondía ser formalizado mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro del Interior, a propuesta de este último. 3. A través del Decreto Supremo Nº 276-2013-EF, publicado en el diario ofi cial El Peruano el 06 de noviembre de 2016, se autorizó una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013 hasta por el monto de CUATRO MILLONES TRESCIENTOS SETENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y SIETE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 4 378 897,00) en la fuente de fi nanciamiento Recursos Directamente Recaudados, a favor del Pliego 072: Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil – SUCAMEC. 4. De conformidad con lo dispuesto en el numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Supremo Nº 276-2013-EF, los Titulares de los Pliegos habilitador y habilitado en la aludida Transferencia de Partidas, aprueban mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados a nivel programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia de dicho dispositivo legal, debiendo remitir copia de la Resolución mencionada, dentro de los cinco (5) días de aprobada, a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 5. Asimismo, el numeral 2.2 del artículo 2 del Decreto Supremo Nº 276 -2013-EF, establece que la desagregación de los ingresos que correspondan a la Transferencia de Partidas de los recursos distintos a la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, se presenta en el Anexo que forma parte de la presente norma, a nivel de Tipo de Transacción, Genérica, Subgenérica y Específi ca; y, se presentará junto con la Resolución a la que se hace referencia en el punto precedente. 6. De acuerdo con la normativa antes citada, es necesario aprobar la desagregación, a nivel programático de los recursos cuya transferencia fue autorizada mediante Decreto Supremo Nº 276 -2013-EF. Con el visado de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y de la Gerencia General. De conformidad con lo establecido por el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF; la Ley Nº 28112, Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público; el Decreto Legislativo Nº 1127 y el Decreto Supremo Nº 004–2013-IN, Reglamento de Organizaciones y Funciones de la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil – SUCAMEC; SE RESUELVE: 1. Desagregación de recursos Apruébese la desagregación de los recursos aprobados mediante el Decreto Supremo Nº 276-2013-EF, por un monto de CUATRO MILLONES TRESCIENTOS SETENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y SIETE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 4 378 897,00) por la fuente de fi nanciamiento Recursos Directamente Recaudados, de acuerdo al siguiente detalle; EGRESOS En nuevos soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 072 : Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil – SUCAMEC UNIDAD EJECUTORA 001 : Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil – SUCAMEC CATEGORIA PRESUPUESTAL 9002 : Asignaciones Presupuestarias que no Resultan en Productos ACTIVIDAD 5000989 : Normas y Control de Armas, Municiones y Explosivos FUENTE DE FINANCIAMIENTO 2 : Recursos Directamente Recaudados GASTOS CORRIENTES 2.3 Bienes y Servicios S/. 1 756 273,00 GASTOS DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos no Financieros S/. 2 622 624,00 ----------------------- TOTAL Recursos Directamente Recaudados S/. 4 378 897,00 ----------------------- TOTAL EGRESOS S/. 4 378 897,00 2. Desagregación de Ingresos La desagregación de los ingresos de la Transferencia de Partidas, a nivel de Tipo de Transacción, Genérica, Subgenérica y Específi ca, se detalla en el Anexo adjunto, el cual forma parte de la presente Resolución. 3. Codifi cación La Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto solicitará a la Dirección General de Presupuesto Público las