Norma Legal Oficial del día 08 de noviembre del año 2013 (08/11/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

El Peruano Viernes 8 de noviembre de 2013

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Articulo 8º.- DE LOS DOCUMENTOS DE GESTION: La Municipalidad del Centro Poblado MORDAZA Nor MORDAZA Tunas, con el apoyo y asesoramiento de la Municipalidad Distrital de Huarmaca, desarrollara y aprobara sus diversos documentos de gestion como son: Estructura Organica, Reglamento de Organizacion y Funciones, Cuadro para Asignacion de Personal, Manual de Organizacion y Funciones, Reglamento Interno de Concejo, Texto Unico de Procedimientos Administrativos, los cuales constituyen la base de su organizacion interna y administrativa.

gestion y vigilancia de los programas locales de desarrollo social, asi como de apoyo a la poblacion en riesgo. 5.1.6.2 Organizar e implementar, en coordinacion con la Municipalidad Distrital el servicio de Defensoria Municipal de los Ninos y Adolescentes, de acuerdo a la legislacion sobre la materia. 5.1.6.3 Promover el desarrollo integral de la juventud para el logro de su bienestar fisico, psicologico, social, moral y espiritual, asi como su participacion activa en la MORDAZA politica, social, cultural y economica de su localidad y distrito. 5.1.6.4 Promover la igualdad de oportunidades con criterio de equidad y genero. 5.1.7 En Materia de Seguridad Ciudadana: 5.1.7.1 Establecer, en coordinacion con la Policia Nacional del Peru, un sistema de seguridad ciudadana con participacion de la sociedad civil. 5.1.7.2 Ejercer la labor de coordinacion para las tareas de defensa civil en el distrito, asi como las acciones necesarias para la atencion de poblaciones de su jurisdiccion damnificadas por desastres naturales o de otra indole, con sujecion a las normas establecidas en lo que respecta a los comites de Defensa Civil Distritales. 5.1.8 En Materia de Promocion del Desarrollo Economico Local: 5.1.8.1 Establecer alianzas estrategicas y firma de convenios con entidades publicas y privadas para el desarrollo de programas de apoyo al desarrollo economico local sostenible en su espacio territorial. 5.1.8.2 Brindar la informacion economica necesaria sobre la actividad economica en su jurisdiccion, en funcion a la informacion disponible, a las instancias distritales, regionales y nacionales. 5.1.9 Atribuciones Administrativas y Economico ­ Tributarias: Deleguese a la Municipalidad del Centro Poblado MORDAZA Nor MORDAZA Tunas las facultades para el cobro de arbitrios, tasas y derechos siguientes: 5.1.9.1 Cobro de derecho de uso de terreno en el cementerio. 5.1.9.2 Cobro por servicios de agua y limpieza publica. 5.1.9.3 Cobro por espectaculos publicos no deportivos. 5.1.9.4 Impuesto predial. 5.1.9.5 Alcabala por venta de terrenos. Los montos recaudados mensualmente seran materia de informacion a la Municipalidad Provincial de Huancabamba, con caracter de declaracion jurada, bajo responsabilidad del MORDAZA de la Municipalidad del Centro Poblado. Articulo 6º.- ASIGNACION DE RECURSOS: Se establecera una transferencia mensual de recursos financieros a favor de la Municipalidad del Centro Poblado de MORDAZA Nor MORDAZA Tunas, tanto por parte de la Municipalidad Provincial de Huancabamba, como por la Municipalidad Distrital de Huarmaca, por un monto correspondiente al asignado en su Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) anual respectivo, de conformidad a lo estipulado en el Articulo 133º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipales, los mismos que seran destinados para el desempeno y sostenimiento de las competencias y funciones delegadas. Articulo 7º.- DE LA RENDICION DE CUENTAS DE LOS RECURSOS TRANSFERIDOS: Los montos asignados y transferencias, seran materia de rendicion de cuentas documentadas a la Municipalidad Provincial de Huancabamba con MORDAZA a la Municipalidad Distrital de Huarmaca, dentro de los cinco (05) dias calendario del mes siguiente, de conformidad con las normas generales de contabilidad y tesoreria, bajo responsabilidad del MORDAZA de la Municipalidad del Centro Poblado, el incumplimiento en la rendicion de cuentas sera causal de suspension de las siguientes transferencias, no pudiendo ser materia de reclamo por devengados las transferencias de meses anteriores.

DISPOSICIONES TRANSITORIAS, COMPLEMENTARIAS Y FINALES
Primera.- En todo lo previsto en la presente Ordenanza Municipal, se aplicara de forma supletoria las normas contenidas en la Ley Organica de Municipalidades en lo que fuera pertinente. Segunda.- Encarguese a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, considerar en el Presupuesto Institucional de Apertura para el Ano Fiscal 2014, las transferencias mensuales a la Municipalidad del Centro Poblado MORDAZA Nor MORDAZA Tunas, en el importe que otorga la Municipalidad Provincial a todas las Municipalidades de los Centros Poblados de la jurisdiccion provincial. Tercera.- Encarguese al Titular del pliego para que en el plazo de 60 dias calendario despues de publicada la presente Ordenanza, se convoque a elecciones. Cuarta.- La presente Ordenanza Municipal, entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Mando; se registre, publique y cumpla. Dada en la Sede de la Municipalidad Provincial de Huancabamba, el catorce de agosto del ano 2013. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

1010217-1

CONVENIOS INTERNACIONALES
Acuerdo entre el Gobierno de la Republica del Peru y el Gobierno del Japon relativo a la cooperacion economica no reembolsable para la provision de vehiculos ecologicos japoneses de MORDAZA generacion
Embajada del Japon Nº O-1A/114/13 MORDAZA, 30 de MORDAZA de 2013 Excelencia, Tengo el honor de referirme a las conversaciones recientemente sostenidas entre los representantes del Gobierno del Japon y el Gobierno de la Republica del Peru, concernientes a la cooperacion economica japonesa que sera otorgada con miras a fortalecer las relaciones de amistad y de cooperacion entre los dos paises, y proponer en nombre del Gobierno del Japon el siguiente entendimiento: 1. Con el proposito de contribuir a la promocion de los esfuerzos con fines del desarrollo economico y social del Gobierno de la Republica del Peru, el Gobierno del Japon otorgara al Gobierno de la Republica del Peru, de acuerdo con las leyes y reglamentos pertinentes del Japon, una donacion de mil doscientos millones de yenes japoneses (¥1,200,000,000)) (en adelante denominada "la Donacion"). 2. (1) La Donacion y su interes derivado seran utilizados por el Gobierno de la Republica del Peru apropiada y exclusivamente para la adquisicion de los productos

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