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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2013 (08/11/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 51

El Peruano Viernes 8 de noviembre de 2013 506725 gestión y vigilancia de los programas locales de desarrollo social, así como de apoyo a la población en riesgo. 5.1.6.2 Organizar e implementar, en coordinación con la Municipalidad Distrital el servicio de Defensoría Municipal de los Niños y Adolescentes, de acuerdo a la legislación sobre la materia. 5.1.6.3 Promover el desarrollo integral de la juventud para el logro de su bienestar físico, psicológico, social, moral y espiritual, así como su participación activa en la vida política, social, cultural y económica de su localidad y distrito. 5.1.6.4 Promover la igualdad de oportunidades con criterio de equidad y género. 5.1.7 En Materia de Seguridad Ciudadana: 5.1.7.1 Establecer, en coordinación con la Policía Nacional del Perú, un sistema de seguridad ciudadana con participación de la sociedad civil. 5.1.7.2 Ejercer la labor de coordinación para las tareas de defensa civil en el distrito, así como las acciones necesarias para la atención de poblaciones de su jurisdicción damnificadas por desastres naturales o de otra índole, con sujeción a las normas establecidas en lo que respecta a los comités de Defensa Civil Distritales. 5.1.8 En Materia de Promoción del Desarrollo Económico Local: 5.1.8.1 Establecer alianzas estratégicas y fi rma de convenios con entidades públicas y privadas para el desarrollo de programas de apoyo al desarrollo económico local sostenible en su espacio territorial. 5.1.8.2 Brindar la información económica necesaria sobre la actividad económica en su jurisdicción, en función a la información disponible, a las instancias distritales, regionales y nacionales. 5.1.9 Atribuciones Administrativas y Económico – Tributarias: Deléguese a la Municipalidad del Centro Poblado Valle Nor Pacífi co Tunas las facultades para el cobro de arbitrios, tasas y derechos siguientes: 5.1.9.1 Cobro de derecho de uso de terreno en el cementerio. 5.1.9.2 Cobro por servicios de agua y limpieza pública. 5.1.9.3 Cobro por espectáculos públicos no deportivos. 5.1.9.4 Impuesto predial. 5.1.9.5 Alcabala por venta de terrenos. Los montos recaudados mensualmente serán materia de información a la Municipalidad Provincial de Huancabamba, con carácter de declaración jurada, bajo responsabilidad del Alcalde de la Municipalidad del Centro Poblado. Artículo 6º.- ASIGNACION DE RECURSOS: Se establecerá una transferencia mensual de recursos fi nancieros a favor de la Municipalidad del Centro Poblado de Valle Nor Pacífi co Tunas, tanto por parte de la Municipalidad Provincial de Huancabamba, como por la Municipalidad Distrital de Huarmaca, por un monto correspondiente al asignado en su Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) anual respectivo, de conformidad a lo estipulado en el Artículo 133º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipales, los mismos que serán destinados para el desempeño y sostenimiento de las competencias y funciones delegadas. Artículo 7º.- DE LA RENDICION DE CUENTAS DE LOS RECURSOS TRANSFERIDOS: Los montos asignados y transferencias, serán materia de rendición de cuentas documentadas a la Municipalidad Provincial de Huancabamba con copia a la Municipalidad Distrital de Huarmaca, dentro de los cinco (05) días calendario del mes siguiente, de conformidad con las normas generales de contabilidad y tesorería, bajo responsabilidad del Alcalde de la Municipalidad del Centro Poblado, el incumplimiento en la rendición de cuentas será causal de suspensión de las siguientes transferencias, no pudiendo ser materia de reclamo por devengados las transferencias de meses anteriores. Artículo 8º.- DE LOS DOCUMENTOS DE GESTION: La Municipalidad del Centro Poblado Valle Nor Pacífi co Tunas, con el apoyo y asesoramiento de la Municipalidad Distrital de Huarmaca, desarrollará y aprobará sus diversos documentos de gestión como son: Estructura Orgánica, Reglamento de Organización y Funciones, Cuadro para Asignación de Personal, Manual de Organización y Funciones, Reglamento Interno de Concejo, Texto Único de Procedimientos Administrativos, los cuales constituyen la base de su organización interna y administrativa. DISPOSICIONES TRANSITORIAS, COMPLEMENTARIAS Y FINALES Primera.- En todo lo previsto en la presente Ordenanza Municipal, se aplicará de forma supletoria las normas contenidas en la Ley Orgánica de Municipalidades en lo que fuera pertinente. Segunda.- Encárguese a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, considerar en el Presupuesto Institucional de Apertura para el Año Fiscal 2014, las transferencias mensuales a la Municipalidad del Centro Poblado Valle Nor Pacífi co Tunas, en el importe que otorga la Municipalidad Provincial a todas las Municipalidades de los Centros Poblados de la jurisdicción provincial. Tercera.- Encárguese al Titular del pliego para que en el plazo de 60 días calendario después de publicada la presente Ordenanza, se convoque a elecciones. Cuarta.- La presente Ordenanza Municipal, entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. POR TANTO: Mando; se registre, publique y cumpla. Dada en la Sede de la Municipalidad Provincial de Huancabamba, el catorce de agosto del año 2013. WILSON RAMIRO IBAÑEZ IBAÑEZ Alcalde 1010217-1 CONVENIOS INTERNACIONALES Acuerdo entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno del Japón relativo a la cooperación económica no reembolsable para la provisión de vehículos ecológicos japoneses de última generación Embajada del Japón Nº O-1A/114/13 Lima, 30 de abril de 2013 Excelencia, Tengo el honor de referirme a las conversaciones recientemente sostenidas entre los representantes del Gobierno del Japón y el Gobierno de la República del Perú, concernientes a la cooperación económica japonesa que será otorgada con miras a fortalecer las relaciones de amistad y de cooperación entre los dos países, y proponer en nombre del Gobierno del Japón el siguiente entendimiento: 1. Con el propósito de contribuir a la promoción de los esfuerzos con fi nes del desarrollo económico y social del Gobierno de la República del Perú, el Gobierno del Japón otorgará al Gobierno de la República del Perú, de acuerdo con las leyes y reglamentos pertinentes del Japón, una donación de mil doscientos millones de yenes japoneses (¥1,200,000,000)) (en adelante denominada “la Donación”). 2. (1) La Donación y su interés derivado serán utilizados por el Gobierno de la República del Perú apropiada y exclusivamente para la adquisición de los productos