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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2013 (08/11/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 47

El Peruano Viernes 8 de noviembre de 2013 506721 MPH-C.O.E.F.U.S. recomienda que el pleno del Concejo Municipal según sus atribuciones debata la incorporación de los caseríos de Laluquirca y San Juan de Polomataz a la jurisdicción del Centro Poblado de Santa Teresa, modifi cando el Artículo 3º en el ítem. De la Circunscripción Territorial; Que, es atribución del Concejo Municipal: aprobar, modifi car o derogar las ordenanzas, tal como lo precisa el numeral 8. de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; Que, en la Sesión Extraordinaria Nº 10 de fecha 30 de mayo del 2013, se analizó la petición de las autoridades y pobladores de los caseríos de Laluquirca y San Juan de Palomataz, y en forma unánime, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, acordó admitir la solicitud de los referidos caseríos, por lo tanto se emite la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE INCORPORA A LOS CASERÍOS DE LALUQUIRCA Y SAN JUAN DE PALOMATAZ, A LA JURISDICCIÓN DE LA MUNICIPALIDAD DEL CENTRO POBLADO DE SANTA TERESA, DISTRITO DE HUARMACA, PROVINCIA DE HUANCABAMBA, REGIÓN PIURA Artículo Primero.- INCORPORAR al Artículo 3º de la Ordenanza Municipal Nº 007-2012-MPH/CM, en el ítem De la Circunscripción Territorial, a los caseríos de LALUQUIRCA y SAN JUAN PALOMATAZ, a la jurisdicción del Centro Poblado de Santa Teresa, distrito de Huarmaca, provincia de Huancabamba, Región Piura. Artículo Segundo.- La presente Ordenanza Municipal, entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. POR TANTO: Mando, se registre, publique y cumpla. Dada en la ciudad de Huancabamba, sede de la Municipalidad Provincial, el 30 de mayo del 2013. WILSON RAMIRO IBAÑEZ IBAÑEZ Alcalde 1010221-1 Crean la Unidad Local de Focalización - ULF de la Municipalidad Provincial de Huancabamba ORDENANZA MUNICIPAL Nº 007-2013-MPH/CM Huancabamba, 25 de julio del 2013 EL ALCALDE PROVINCIAL DE HUANCABAMBA POR CUANTO: El Concejo de la Municipalidad Provincial de Huancabamba, en sesión Extraordinaria Nº 015-2013-MPH/ CM, de fecha 25 de julio del 2013, trató como punto de Agenda la Propuesta de Ordenanza Municipal para la creación de la Ofi cina de la Unidad Local de Focalización – ULF. CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modifi cado por la Ley Nº 27680, establece que las municipalidades son Órganos de Gobierno Local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; lo cual es concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades. Que, a través de Acuerdo de Concejo Nº 11, tomado en la Sesión Ordinaria de fecha 28 de abril de 2011, en forma unánime el Concejo Municipal, autorizó al Jefe del Pliego se encargue a la Gerencia de Servicios Sociales, ASUMIR las funciones inherentes a la Unidad de Focalización de Hogares de la Municipalidad Provincial de Huancabamba, para Desarrollar la Encuesta Socioeconómica en todos los hogares, expidiéndose la Resolución de Alcaldía Nº 201 – 2011/MPH/ALC, de fecha 10 de mayo de 2011; Que, de acuerdo al Decreto Supremo Nº 130 – 2004 – MEF, se aprobaron los criterios y mecanismos para mejorar la equidad y calidad en el gasto social y la prioridad de atención de los grupos benefi ciarios a través de la focalización, en cuyo texto se establece que las municipalidades, con el apoyo del Gobierno Nacional, será la responsable de la aplicación de la Ficha Socioeconómica Única; en coordinación con los Comités de Gestión de Programas Sociales, cuando corresponda; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 399 – 2004 – PCM, se aprobó la Directiva de Organización y Funcionamiento del Sistema de Focalización de Hogares (SISFOH), con la fi nalidad de establecer la Organización Institucional y los Procedimientos Operativos para la puesta en marcha del SISFOH; Que, en el numeral 2) de la precitada resolución ministerial se establece que las municipalidades constituirán sus Unidades Locales de Focalización, las que asumirán las funciones de planifi cación, ejecución y conducción operativa de la aplicación de la Ficha Socioeconómica Única (FSU) en su jurisdicción, la atención de pedidos de aplicación de la FSU, entre otros aspectos; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 029 – 2007 – PCM, se aprobó el Plan de Reforma de los Programas Sociales con el propósito de mejorar su funcionalidad y efi cacia, que entre sus instrumentos se encuentran la utilización de criterios de focalización geográfi ca e individual de los recursos públicos; Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 001 – 2012, se dispuso la transferencia del Sistema de Focalización de Hogares (SISFOH) al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, comprendiendo la base de datos socioeconómica única (Padrón General de Hogares), así como los aplicativos informáticos desarrollados; Que, de acuerdo con lo dispuesto en el literal d) del artículo 6º de la Ley Nº 29792, concordado con el literal c) del artículo 11º del Reglamento de organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, es competencia exclusiva del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, diseñar y gestionar los sistemas de identifi cación, selección y registro de usuarios, programas sociales y otros para la implementación de la política de inclusión social; por lo que, a fi n de cumplir con el mandato legislativo antes citado, resulta necesario que el Sistema de Focalización de Hogares sea transferido al Ministerio de Inclusión Social; Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 143 – 2012 –MIDIS, se aprobó la Directiva Nº 005 – 2012 – MIDIS “Lineamientos Técnicos para el Empadronamiento Complementario orientado a la construcción del Padrón General de Hogares en el marco del Sistema de Focalización de Hogares (SISFOH)”, cuyo objetivo es defi nir los lineamientos técnicos que deberá seguir el Prestador de Servicios para realizar el empadronamiento de todos los hogares de los departamentos seleccionados; Que, mediante Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, se dispone que la Unidad Central de Focalización a cargo de la operación del SISFOH, se encuentra bajo el ámbito de la Dirección General de Gestión de Usuarios del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, con carácter permanente, correspondiéndole a dicha unidad, generar y administrar la información del Padrón General de Hogares (PGH) bajo estándares de calidad, seguridad y confi dencialidad, así como certifi car la clasifi cación socioeconómica de los potenciales usuarios ante los agentes responsables de la administración de los programas sociales y de subsidios del Estado que se ejecuten bajo criterios de focalización individual. Y que para la incorporación de nuevos usuarios a los programas sociales o de subsidios del Estado que se ejecuten bajo criterios de focalización individual, es necesario que tales nuevos usuarios se identifi quen con el Documento Nacional de Identidad (DNI) y sean seleccionados tomando en cuenta la clasifi cación socioeconómica realizada por la Unidad Central de Focalización (UCF) del Sistema de Focalización de Hogares (SISFOH), y contenida en el Padrón General de Hogares (PGH); Que, mediante la Ley Nº 29332, se creó el Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal, con el objeto de incentivar a los Gobiernos Locales a mejorar los niveles de recaudación de los tributos municipales, la ejecución del gasto en inversión y la reducción de