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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2013 (13/11/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 71

El Peruano Miércoles 13 de noviembre de 2013 506925 Juzgado Constitucional de Lima, solicita se le conceda hacer uso de sus vacaciones pendientes de goce por el periodo del 12 al 29 de noviembre del presente año. Que, estando a lo expuesto en el considerando anterior, resulta necesario emitir el pronunciamiento respectivo, a fi n de no alterar el normal desarrollo de las actividades jurisdiccionales del Sexto Juzgado Constitucional y proceder a la designación del magistrado que reemplazará a la doctora Cano Freitas por el periodo que duren sus vacaciones. Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la máxima autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y dirige la política interna de su Distrito Judicial, con el objeto de brindar un efi ciente servicio de administración de justicia en benefi cio de los justiciables; y en virtud a dicha atribución, se encuentra facultado para designar y dejar sin efecto la designación de los Magistrados Provisionales y Supernumerarios que están en el ejercicio del cargo jurisdiccional. Y, en uso de las facultades conferidas en los incisos 3º y 9º del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, SE RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR al doctor VÍCTOR HUGO ROMÁN VALENCIA, como Juez Supernumerario del 6° Juzgado Constitucional, a partir del 12 de noviembre del presente año y mientras duren las vacaciones de la doctora Cano Freitas. Artículo Segundo.- PONER la presente Resolución en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la Ofi cina de Control de la Magistratura, de la Unidad Ejecutora de esta Corte Superior, Ofi cina de Personal de la Corte Superior de Justicia de Lima y de los Magistrados para los fi nes pertinentes. Publíquese, regístrese, cúmplase y archívese. IVAN ALBERTO SEQUEIROS VARGAS Presidente 1013216-1 ORGANOS AUTONOMOS CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Destituyen a magistrados de la Corte Superior de Justicia de Lima RESOLUCIÓN DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA N° 602-2012-PCNM P.D N° 020-2011-CNM San Isidro, 11 de setiembre de 2012 VISTO: El Proceso Disciplinario N° 020-2011-CNM seguido a los doctores Luis Orlando Carrera Contti y Edilberto Castañeda Pacheco, por sus actuaciones como Juez Superior Provisional de la Tercera Sala Penal con Reos Libres y Juez Provisional del Cuadragésimo Tercer Juzgado Penal de la Corte Superior de Justicia de Lima, respectivamente y el pedido de destitución formulado por el señor Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la República; y, CONSIDERANDO: Primero.- Que, por Resolución N° 532-2011-PCNM el Consejo Nacional de la Magistratura abrió proceso disciplinario a los doctores Luis Orlando Carrera Contti y Edilberto Castañeda Pacheco, por sus actuaciones como Juez Superior Provisional de la Tercera Sala Penal con Reos Libres y Juez Provisional del Cuadragésimo Tercer Juzgado Penal de la Corte Superior de Justicia de Lima, respectivamente; Segundo.- Que, se imputa al doctor Luis Orlando Carrera Contti el siguiente cargo: - Infracción al deber de guardar en todo momento conducta intachable, al presuntamente haberse reunido el 23 de marzo de 2010 con el Juez Edilberto Castañeda Pacheco en las instalaciones de la Tercera Sala Penal de Lima, de la cual es integrante, donde haciendo uso de su condición de Juez Superior habría intercedido a favor de su hermano biológico César Augusto Carrera Contti, procesado por el delito de violación sexual de menor de edad (Expediente N° 170-2009), recomendación que se habría concretado con la expedición de la resolución de fecha 22 de marzo de 2010, infringiendo presuntamente el deber establecido en el artículo 34 inciso 17 de la Ley de Carrera Judicial, el mismo que se sustenta en los artículos 2, 3 y 8 del Código de Ética del Poder Judicial e incurriendo en falta muy grave de conformidad con el artículo 48 inciso 13 de la citada Ley. Tercero.- Que, se imputa al doctor Edilberto Castañeda Pacheco, los siguientes cargos: A.- Haber declarado por resolución de fecha 22 de marzo de 2010, procedente la solicitud de revocatoria del mandato de detención dictado contra el inculpado César Augusto Carrera Contti, imponiéndole orden de comparecencia con restricciones, en el proceso que se Ie sigue por delito de violación sexual de menor de edad, expediente N° 170-2009, sin que se hubieran actuado nuevos actos de investigación (ultimo párrafo del artículo 135° del Código Procesal Penal) que justifi quen razonablemente y de modo sufi ciente dicha variación de la situación jurídica del referido procesado, favoreciendo al mismo, amparándose en hechos que no se condicen con los pronunciamientos expedidos anteriormente por la Quinta Sala Penal Para Procesos con Reos Libres sobre la situación jurídica del citado procesado, con tal hecho habría infringido presuntamente sus deberes consagrados en el artículo 34° inciso 1 de la Ley de Carrera Judicial e incurrido en la falta muy grave prevista en el articulo 48° inciso 13 de la citada Ley de Carrera Judicial. B.- Vulneración al principio de independencia e imparcialidad porque habría aceptado recomendaciones del Juez Superior Luis Orlando Carrera Contti a efecto de resolver positivamente el pedido de revocación del mandato de detención por el de comparecencia restringida del procesado César Augusto Carrera Contti, hermano biológico del Juez Superior citado, situación que habría concretado con la expedición de la resolución de fecha 22 de marzo del 2010, afectando gravemente lo previsto en el artículo 139° inciso 2 de la Constitución Política del Perú concordante con el articulo 16° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, infringiendo sus deberes consagrados en el artículo 34° inciso 1 de la Ley de Carrera Judicial e incurriendo en la falta muy grave prevista en el artículo 48° inciso 9 de la citada Ley de Carrera Judicial. Cuarto.- Que, para los fi nes del presente proceso disciplinario se ha tenido en cuenta la investigación efectuada por la Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial que sustenta el pedido de destitución formulado por el Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la República; asimismo, se han tenido en cuenta los descargos formulados por los procesados que corren de folios 1193 a 1208 y sus declaraciones rendidas ante este Consejo con fecha 19 de octubre de 2011, la documentación remitida como pruebas de descargo por el Magistrado Carrera Contti por escrito de fecha 04 de noviembre de 2011, así como la presentada por María del Rosario Ortíz Niño y Maruja Consuelo Zelayarán Huerta por escrito de 07 de noviembre de 2011; de igual forma la declaración testimonial de Carla Cristina Muro Sevilla realizada el 08 de noviembre de 2011, la confrontación entre ésta y el procesado Edilberto Castañeda Pacheco llevada a cabo el 28 de noviembre de 2011 y la declaración testimonial de Rosario Cárdenas Díaz; las