Norma Legal Oficial del día 13 de noviembre del año 2013 (13/11/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 56

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de gestion aplicables a las EPS. Asimismo, el articulo 30 de la Ley Nº 263384 senala que corresponde a la SUNASS establecer la normatividad, los procedimientos y las formulas para el calculo de las tarifas. Por otro lado, el articulo 85 del Texto Unico Ordenado del Reglamento de la Ley Nº 263385, establece que la SUNASS es el organismo encargado de conducir el Sistema Tarifario, regulando y controlando su aplicacion a las EPS. Segun la Resolucion de Consejo Directivo Nº 0612011-SUNASS-CD las EPS podran acceder a una tarifa basica y/o una tarifa condicionada. III. IMPACTO ESPERADO: La aprobacion de la formula tarifaria, estructura tarifaria, metas de gestion y costos maximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para establecer los precios de los servicios colaterales, aplicables por EMAPA PASCO S.A. favorece, por un lado, a la empresa; y por el otro, a la poblacion atendida. A la EPS, debido a que su aplicacion debe coadyuvar a su sostenibilidad economica y viabilidad financiera; y a la poblacion, que se beneficiara del compromiso de la empresa reflejado en las metas de gestion, cuyo cumplimiento debe traer consigo una mejora en la calidad y continuidad de los servicios.

El Peruano Miercoles 13 de noviembre de 2013

como inversiones de EMAPA PASCO S.A.; y el MORDAZA, de 24.7% para cubrir los costos energia electrica e insumos quimicos necesarios para el tratamiento del agua. Consecuentemente, si el Gobierno Regional de Pasco cumpliera con transferir dichos recursos a EMAPA PASCO S.A. dentro del plazo senalado, el incremento tarifario del primer ano sera 54.3%. En cuanto al incremento tarifario base del tercer ano regulatorio de 22%, este se aplicara en caso el Gobierno Regional de Pasco no transfiera recursos adicionales a EMAPA PASCO S.A. para cubrir los costos de los tres ultimos anos regulatorios a los que se refiere el parrafo anterior. De lo contrario, no se aplicara incremento tarifario en dicho ano regulatorio. A.2 LOCALIDAD DE VICCO
1. Por el Servicio de Agua Potable 2. Por el Servicio de Alcantarillado T1 = To (1 + 0,000) (1 + ) T2 = T1 (1 + 0,790) (1 + ) T3 = T2 (1 + 0,000) (1 + ) T4 = T3 (1 + 0,000) (1 + ) T5 = T4 (1 + 0,000) (1 + ) T1 = To (1 + 0,000) (1 + ) T2 = T1 (1 + 0,790) (1 + ) T3 = T2 (1 + 0,000) (1 + ) T4 = T3 (1 + 0,000) (1 + ) T5 = T4 (1 + 0,000) (1 + )

Donde:
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Ley General de Servicios de Saneamiento. Aprobado por Decreto Supremo Nº 023-2005-VIVIENDA.

ANEXO Nº 2 FORMULA TARIFARIA DE EMAPA PASCO S.A. PARA EL QUINQUENIO REGULATORIO 2013-2018, MEDIANTE INCREMENTOS TARIFARIOS BASE Y CONDICIONADOS Y SUS CONDICIONES DE APLICACION A. INCREMENTOS TARIFARIOS BASE A.1 LOCALIDAD DE PASCO La formula tarifaria, que contiene los incrementos tarifarios base, es la siguiente: Incrementos Tarifarios Base: Sin transferencia de recursos del Gobierno Regional de Pasco
1. Por el Servicio de Agua Potable 2. Por el Servicio de Alcantarillado T1 = To (1 + 0,790) (1 + ) T2 = T1 (1 + 0,000) (1 + ) T3 = T2 (1 + 0,220) (1 + ) T4 = T3 (1 + 0,000) (1 + ) T5 = T4 (1 + 0,000) (1 + ) T1 = To (1 + 0,790) (1 + ) T2 = T1 (1 + 0,000) (1 + ) T3 = T2 (1 + 0,220) (1 + ) T4 = T3 (1 + 0,000) (1 + ) T5 = T4 (1 + 0,000) (1 + )

To T1 T2 T3 T4 T5

: Tarifa media de la estructura tarifaria vigente : Tarifa media que corresponde al ano 1 : Tarifa media que corresponde al ano 2 : Tarifa media que corresponde al ano 3 : Tarifa media que corresponde al ano 4 : Tarifa media que corresponde al ano 5 : Tasa de crecimiento del Indice de Precios al por Mayor

El incremento tarifario base previsto en la formula tarifaria para el MORDAZA ano regulatorio esta sujeto a la entrada en funcionamiento de una oficina descentralizada para atencion al usuario2, en la localidad de Vicco. B. INCREMENTOS TARIFARIOS CONDICIONADOS Los incrementos tarifarios condicionados son adicionales a los previstos en el literal A del presente anexo y estan relacionados a los costos de operacion y mantenimiento que permitiran la sostenibilidad de las inversiones. Dichos incrementos son los siguientes: Incrementos Tarifarios Condicionados
Modulo Concepto Operacion y Mantenimiento Lineas de conduccion, aduccion y el mejoramiento de los reservorios MORDAZA MORDAZA y MORDAZA 140 conexiones de agua potable y 105 conexiones de alcantarillado. Por el Por el Servicio de Servicio de Agua Potable Alcantarillado 1.84% 2.8% 2.8%

I II

Donde: To T1 T2 T3 T4 T5 : Tarifa media de la estructura tarifaria vigente : Tarifa media que corresponde al ano 1 : Tarifa media que corresponde al ano 2 : Tarifa media que corresponde al ano 3 : Tarifa media que corresponde al ano 4 : Tarifa media que corresponde al ano 5 : Tasa de crecimiento del Indice de Precios al por Mayor

* Los modulos corresponden a los siguientes proyectos: Modulo I: Proyecto Mejoramiento, Rehabilitacion y Ampliacion del Sistema de Agua Potable en los Sectores AA.HH. Tahuantinsuyo y MORDAZA Amaru". Modulo II: Proyecto "Ampliacion y Mejoramiento de los Sistemas de Agua y Desague del AA.HH. Columna Pasco II Etapa".

La formula tarifaria considera para el primer ano regulatorio un incremento tarifario base de 79%, que se aplicara en caso el Gobierno Regional de Pasco no cumpla, hasta culminado el MORDAZA mes del primer ano regulatorio1, con transferir a EMAPA PASCO S.A. S/. 1 millon (para cubrir los costos de energia electrica e insumos quimicos necesarios para el tratamiento del agua, durante los dos primeros anos regulatorios). El incremento tarifario base de 79% esta compuesto, a su vez, de dos incrementos tarifarios: el primero, de 54.3% para cubrir los costos de operacion y mantenimiento, asi

1

2

Mediante Acta de Trabajo del 17 de MORDAZA de 2013 suscrita por el Presidente del Gobierno Regional de Pasco, el MORDAZA de la Municipalidad Provincial de Pasco y el Gerente General de EMAPA PASCO, el Gobierno Regional de Pasco se compromete a transferir a la referida empresa durante los dos primeros anos del quinquenio regulatorio S/. 1 millon, que la empresa debera destinar a cubrir los costos de energia electrica e insumos quimicos necesarios para el tratamiento del agua. El mencionado compromiso debera formalizarse a traves de los mecanismos previstos por la normatividad vigente. Entiendase por una oficina descentralizada en funcionamiento para atencion al usuario, aquella que brinda una atencion mayor o igual a 20 horas a la semana (no menor a 4 horas por dia).

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